La Teoria Del Derecho Natural
Enviado por Byron2424 • 12 de Noviembre de 2012 • 1.568 Palabras (7 Páginas) • 659 Visitas
LA TEORÍA DEL DERECHO NATURAL EN EL TIEMPO POSMODERNO
Se nos ha solicitado(*) que abordemos sintéticamente el tema de la teoría del derecho en los tiempos posmodernos y, en especial, el del cometido de la teoría del derecho natural en ese contexto. En otras palabras, de lo que se trata aquí es de intentar una respuesta a estas dos preguntas: i) ¿en qué situación ha quedado la teoría del derecho una vez colapsado el paradigma jurídico moderno y aparecidos los llamados "posmodernismos", que han ensayado la aplicación al derecho de nuevos paradigmas?; y, ii) ¿frente a esa situación, tiene alguna tarea relevante que cumplir la teoría - o teorías - del derecho natural?; y en caso afirmativo: ¿en qué consiste fundamentalmente esa nueva tarea del iusnaturalismo en los tiempos posmodernos?
Las notas de la modernidad
Para comprender la situación actual de la teoría del derecho, resulta conveniente, como en casi todas las materias, hacer un poco de historia. En este caso vamos a remontarnos sólo hasta la edad moderna, ya que, como dice bien Daniel Innerarity, "la filosofía contemporánea se ha convertido en una reflexión sobre la modernidad"(1). Esquematizando mucho por elementales razones de brevedad, podemos afirmar que es posible distinguir en la filosofía moderna tres razgos centrales, en torno a los cuales giran las ideas e ideales de esa etapa del pensamiento; estos razgos son, esbozados esquemáticamente, los siguientes:
a) pérdida de la noción teleológica de naturaleza: en este sentido, la noción clásica del mundo como naturaleza dotada de un sentido intrínseco, entró en crisis fundamentalmente a partir de la captación de la realidad por parte de las modernas ciencias naturales las que, por un lado, la concibieron como una mera materia objetivable, mensurable y cuantificable y, por otro, como el objeto de un dominio, por parte del hombre, progresivo y manipulador. "Con el nacimiento de la ciencia moderna - escribe Robert Spaemann - se produjo el abandono de la teleología. Este abandono no fué forzado por el fenómeno; detrás de él se escondía un poderoso interés. El fenómeno se opone incluso a una interpretación no teleológica. Por eso fuerza un equivalente provisional. Uno de estos equivalentes es la doctrina de los dos mundos en sus distintas formas: reino de las causas y reino de los fines, ser y deber, hechos y valores. La misma teoría de los valores es uno de estos equivalentes. Hechos desprovistos de valor y reino de valores opuesto a estos hechos es el producto de la desintegración de la entelequia (la naturaleza en cuanto fin; CIMC) precedente"(2).
Esta desintegración de la naturaleza como entelequia, no fue sino una parte coherente del proceso que Max Weber llamó de "desencantamiento del mundo", y por el cual este mundo pasó de ser un "kosmos" ordenado en sí mismo, a desempeñar el papel de una mera "res extensa", apta sólo para los cálculos y mediciones de un conocimiento reducido deliberadamente a ciencia físico-matemática y ordenado intrínsecamente a su ulterior utilización técnica. Por supuesto que del mundo así concebido, no puede extraerse significación ni directiva alguna para la conducta humana, la que queda librada a la autonomía de la razón entendida como constructora de sus objetos. Entra en crisis, por lo tanto, la noción clásica de "ley natural", en el sentido de una normatividad del obrar humano que podía ser descubierta, en sus líneas generales, a través de una interpretación de la realidad natural(3).
b) aparición de la concepción moderna del sujeto: a ese mundo mudo y sin sentido intrínseco se le opondrá en la edad moderna un sujeto configurador de sus objetos de conocimiento y de voluntad. Para este sujeto, "conocer es poder"(Bacon) y se encuentra lanzado a la búsqueda de una ciencia que lo haga "dueño y señor de la naturaleza"(Descartes). Escribe a este respecto Gómez Robledo, que "en un mundo, en efecto, que se ha reducido a materia y a movimiento, a relaciones físico-matemáticas conociendo las cuales puede el hombre, dentro de ciertos límites, actuar y dominarlo, la acción tiene un valor incomparablemente mayor que la contemplación. Lo tiene porque el hombre es, a su vez, de mucho mayor dignidad que ese mundo, y a quien es superior corresponde mas bien actuar en lo que es inferior, que limitarse a adoptar la actitud pasiva del espectador"(4). Este sujeto es, entonces, el donador del sentido de la realidad a través de una función constructiva, ya no contemplativa, de la conciencia razonante y de la voluntad. Y esta conciencia no puede ser sino constructiva, en razón de que, al haber dejado de ser receptiva, sus contenidos pueden obtenerse solamente a través de un proceso metódicamente controlado de elaboración o construcción. Como consecuencia, todo lo existente cobrará sentido con referencia al sujeto, y en especial los contenidos de la eticidad, sea esta personal
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