La periodización de la época romana. Cuadro de doble entrada
Enviado por Angélica Avilés • 18 de Marzo de 2021 • Trabajo • 733 Palabras (3 Páginas) • 1.361 Visitas
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Universidad Interamericana para el Desarrollo.
Materia: Derecho Romano.
Maestro: Mtra. María Magdalena de la Torre Rodríguez.
Tarea: Cuadro Comparativo: Personas Físicas y Morales.
Alumna: Lic. Norma Angélica Avilés Ramírez.
Fecha: 17 de febrero del 2021.
San Francisco de Campeche, Campeche a 17 de febrero del 2021.
“Personas Físicas y Morales”.
Al sujeto se le denominaba persona, término que derivaba de la palabra personae (voz latina que significa máscara de actores). No todos los hombres eran personas o sujetos de derecho en la sociedad romana. La persona era el hombre que reunía ciertas condiciones:1. Ser libre, 2. Ser ciudadano romano, y 3. Paterfamilias o sui iuris.
La palabra persona es resultado de dos categorías gramaticales; una preposición: PER y un verbo: SONARE. Lo que podría traducirse como: lo que suena a través de o lo que suena por medio de. PERSONA, fue la máscara que usaron los actores en sus representaciones teatrales para impostar la voz, cambiar la voz o hacer que esa misma voz fuera más intensa y que contribuía a destacar el papel que representaba.
Persona, o sujeto de derecho, era el hombre que a esa calidad agregaba otras condiciones esenciales exigidas por la ley, a saber: ser libre y no esclavo (status libertatis), ciudadano romano (status civitatis) y jefe de familia (status familiae). La posesión de esos tres estatus daba al ser humano plena capacidad jurídica y la calidad de persona, por lo cual a la capacidad jurídica se le suele denominar también personalidad.
Personas | Físicas | Morales |
Conceptos | El ser humano en las condiciones exigidas por el ordenamiento normativo romano. Las que presentan signos característicos de humanidad. | Aquella representada por tres o más personas físicas, colectivamente considerada. Creaciones ideales y a las cuales la ley les reconoce capacidad de derecho. Las personas morales son una creación jurídica que responde a un ordenamiento legal y estatal. |
Características | Las personas físicas poseen una existencia visible, real, física o natural. Deben cumplir con ciertos requisitos. Mientras el feto se halla dentro de su cámara vital no existe como persona, es sencillamente una parte de la mujer, un órgano o porción de la madre, una portiomulieris. El fin de la persona se concretará con la muerte o desaparición del individuo. | No son personas de existencia visible o corporal. Unos responden a un interés público o general, como el Estado, las ciudades, los municipios, los colegios sacerdotales, las sociedades de publicanos (arrendadores de los impuestos o rentas públicas y de las minas del Estado) y las asociaciones de artesanos; en tanto que otros de esos entes están dirigidos exclusivamente a satisfacer intereses de algunas personas, como los relacionados con dioses, templos o iglesias, hospitales y establecimientos de beneficencia en general. El fin de las personas morales se efectivizará con la disolución legal de la entidad constitutiva. |
Diferencias | Existencia: El nacimiento marca la existencia de la persona física. La Legislación romana exigía en lo relativo al nacimiento la concurrencia de ciertos requisitos: Que estuvieran efectivamente separados del claustro materno. Que el nacimiento se hubiera producido con vida: a. Que haya respirado b. Que gritara. Que tuviera apariencia humana. Derechos: Toda persona al ser concebida y al nacer va a poseer una personalidad jurídica y adquirirá derechos que podrá ejercer libremente. Denominación: Las personas requieren obligatoriamente de un nombre que designará a una persona determinada, cada sujeto poseerá de este modo una identificación personal. | Existencia: Las corporaciones se crean desde la Ley de las XII Tablas, conformadas por mínimo 3 personas, con el fin de constituir un bien lícito, por otro lado, se conforman las primeras fundaciones con fines de alimentar y mantener a niños pobres. Derechos: Las personas morales podrán ejercer todos los derechos que sean precisos para ejecutar el objetivo de su establecimiento. Denominación: En las personas morales existirá una denominación (Razón Social), que constituya, básicamente, un medio de identificación indispensable para ejecutar sus relaciones jurídicas. |
Similitudes |
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