Normas de ética que deben regular el ejercicio de la profesión del Psicólogo
Enviado por alexandraorebu • 18 de Marzo de 2015 • Apuntes • 341 Palabras (2 Páginas) • 177 Visitas
El presente Código tiene por fin, determinar las normas de ética que deben regular el ejercicio de la profesión del Psicólogo y la conducta del mismo, en su relación con los clientes, con los colegas y con la sociedad en general, según el Artículo 38. De la ley. Artículo 1. El Psicólogo en el ejercicio de su profesión actúa dentro de una sociedad que posee normas éticas explícitas o implícitas, que deben respetar y reconocer, y que cualquier violación de ellas por su parte, puede envolver a sus clientes, discípulos o colegas en serios problemas y conflictos personales, además de perjudicar su propio nombre y la reputación de su profesión. Artículo 2. El Psicólogo, cualquiera que sea su especialidad (investigación, docencia, clínica, industrial, social, etc.) debe informarse continuamente de los progresos concernientes a su disciplina. Artículo 3. Cuando el Psicólogo de informaciones sobre los procedimientos y técnicas específicas de la Psicología, debe aclarar enfáticamente que estos solos pueden ser manejados por Psicólogos. Artículo 4. Como científico, el Psicólogo procurará enriquecer el campo de su profesión con aportes originales producto de investigaciones realizadas con el rigor científico necesario.
Artículo 5. Como profesor, el Psicólogo debe reconocer su obligación esencial de ayudar a los demás a adquirir conocimientos y habilidades y de mantener un elevado nivel de enseñanza. Artículo 6. Como clínico el Psicólogo, debe procurar mantenerse permanente informado de las técnicas de diagnóstico y tratamiento para poder ofrecer un servicio eficiente a la sociedad. Artículo 7. Como empleado, el Psicólogo debe regirse por los principios éticos que regulan su ejercicio profesional. Artículo 8. En la industria, educación u otras situaciones en las cuales puedan surgir conflictos de interés entre varias partes el Psicólogo definirá por sí mismo la naturaleza y
dirección de su lealtad y responsabilidad y mantendrá a las partes debidamente informadas de ello Artículo 9. Cuando surjan conflictos en un grupo interdisciplinario de trabajo el Psicólogo debe hacer un análisis global objetivo antes de llegar a una conclusión definitiva. Artículo 10. Para la aplicación del Código de ética, queda constituido un Tribunal
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