Justicia Penal Militar Vs. DIH
Enviado por marce1627 • 6 de Marzo de 2013 • 1.225 Palabras (5 Páginas) • 655 Visitas
JUSTICIA PENAL MILITAR Y DIH Vs. JUSTICIA ORDINARIA ¿DE LA MANO O EN CONTRA?
A través de los años Colombia ha tenido que vivir épocas de violencia, en la que se ven afectados la gran mayoría de la población, estos han sido ultrajados, alejados de sus hogares, es decir, desplazados, de igual manera algunos han sido privados de su derecho a la libertad, mutilados, victimas de campos minados y en casos más extremos privados de su derecho a la vida; Lo anterior debido a que existen grupos al margen de la ley que se han encargado de perjudicar a la población civil, en lugar de cómo lo hacían en sus nacimientos en los cuales luchaban por esta, por alcanzar sus ideales, tenían ideologías, cambiar el país y que fuera un país del pueblo y para el pueblo, pero todo eso quedo en palabras y a pesar que justifican su manera de actuar en ellas son simples frases para alimentar la violencia.
Al tiempo del surgimiento de los grupos al margen de la ley, han existido quienes los combatan e intentan frenar sus actuaciones violentas, estos son las fuerzas armadas de Colombia, estas con su grupo de militares planean y realizan estrategias para proteger a la población civil de los actos que estos delincuentes comenten; Estos militares a pesar que son quienes los enfrentan también incurren en faltas que son tipificadas por el código penal militar el cual es dictado por la justicia penal militar que es la responsable de hacer cumplir esta ley y en el cual se establece lo denominado fuero militar “ De los delitos cometidos por los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo, y en relación con el mismo servicio, conocerán las Cortes Marciales o los Tribunales Militares(…)”, así bien para entender este concepto es necesario entender que son delitos relacionados con el servicio los cuales son “aquellos cometidos por los miembros de la Fuerza Pública derivados del ejercicio de la función militar o policial que le es propia” y de igual manera entender los no relacionados con el servicio “en ningún caso podrán considerarse como relacionados con el servicio los delitos de tortura, el genocidio y la desaparición forzada, entendidos en los términos definidos en convenios y tratados internacionales ratificados por Colombia”.
Ahora bien entendiendo un poco esto, se puede observar que la justicia penal militar conoce de todos los delitos exceptuando los anteriormente mencionados, actualmente se está cursando en el congreso de la república un proyecto de ley que espera hacer una reforma a la justicia penal militar y dentro del cual se plantea entre otras cosas que se aplique el Derecho Internacional Humanitario en todas las actuaciones militares que se den; entramos a analizar varios aspectos, en primer lugar al implementar dentro de las actuaciones militares el DIH estaríamos reconociendo de manera implícita en Colombia un conflicto armado interno o como lo dice el artículo tercero común de los cuatro convenios de Ginebra y el protocolo adicional II un conflicto armado sin carácter internacional y la propia constitución entraría a reconocerlo.
En segundo lugar debemos observar que “En ningún caso la Justicia Penal Militar conocerá de los crímenes de lesa humanidad, ni de los delitos de genocidio, desaparición forzada, tortura, ejecución extrajudicial, desplazamiento forzado, violación y abusos sexuales, actos de terror contra la población civil y reclutamiento o uso de menores. Salvo los delitos anteriores, las infracciones al Derecho Internacional Humanitario cometidas por miembros de la Fuerza Pública serán conocidas exclusivamente por las cortes marciales o tribunales Militares” es decir, que dentro de la reforma a la justicia penal militar que se plantea hacer se establece que solamente las operaciones militares que se hagan bajo el amparo del Derecho Internacional Humanitario serán de conocimiento de la justicia penal militar ,así bien es claro que hace referencia
...