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POLICIA NACIONAL CIVIL, GUATEMALA


Enviado por   •  3 de Mayo de 2012  •  1.630 Palabras (7 Páginas)  •  2.437 Visitas

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Policía Nacional Civil de Guatemala

Activa 1997

País Guatemala

Fidelidad Constitución Política de la República de Guatemala

Rama Ministerio de Gobernación.

Tipo Fuerzas del Orden Público

Función Seguridad Nacional

Tamaño Más de 20,000 efictivos activos

Parte de Jerarquía

Acuartelamiento Dirección General de la Policía Nacional Civil

Equipamiento Arma, grilletes, charreteras, botas, gorra, chaleco anti-balas, etc.

Comandantes

Comandante actual Jaime Otzín

Jefe ceremonial Ing. Álvaro Colom, Presidente de la República de Guatemala

Comandantes

notables Marlene Blaco Lapola (Primera Mujer Director)

Insignias

Símbolo de

identificación Escudo de la PNC

Cultura e historia

Colores Negro

Mascota Quetzal

Aniversarios 17 de julio

La Policía Nacional Civil es la fuerza armada de seguridad de Guatemala, que esta a cargo de resguardar el orden público, así como de la seguridad civil de la población. Junto al Ejército de Guatemala resguardan la seguridad del territorio nacional. Fue fundada en 1997.

Contenido

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• 1 Objeto

• 2 Definición Jurídica

• 3 Mando Supremo

• 4 Historia

• 5 Funciones

• 6 Principios Básicos de Actuación

• 7 Escalafon Policial

o 7.1 Escala Jerárquica de Dirección

o 7.2 Escala Jerárquica de Oficiales Superiores

o 7.3 Escala Jerárquica de Oficiales Subalternos

o 7.4 Escala Jerárquica Básica

• 8 Organización de la Policía Nacional Civil (PNC)

o 8.1 Dirección General

o 8.2 Dirección General Adjunta

o 8.3 Subdirecciones

o 8.4 Subdirección General de Operaciones

o 8.5 Subdirección General de Investigación Criminal

o 8.6 Subdirección General de Personal

o 8.7 Subdirección General de Apoyo y Logística

• 9 Armamento

• 10 Véase también

• 11 Referencias

• 12 Enlaces externos

[editar]Objeto

Según el Art. 1 del Dto. 11-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de la PNC dice:

La seguridad pública es un servicio esencial de competencia exclusiva del Estado y para ese fin se crea la Policía Nacional Civil.

[editar]Definición Jurídica

La Policía Nacional Civil es una institución profesional armada, ajena a toda actividad política. Su organización es de naturaleza jerárquica y su funcionamiento se rige por la más estricta disciplina. La Policía Nacional Civil ejerce sus funciones durante la veinticuatro horas del día en todo el territorio de la república. Para efectos de su operatividad estará dividida en distritos y su número y demarcación serán fijados por su Dirección General. Esta integrada por los miembros de la carrera policial y de la carrera administrativa.

En el reclutamiento selección, capacitación, y despliegue de su personal debe tenerse presente el carácter multiétnico y pluricultural de Guatemala. (Art. 2 de la Ley de la PNC).

[editar]Mando Supremo

El mando supremo de la Policía Nacional Civil será ejercido por el Presidente de la República, a través del Ministro de Gobernación.

El funcionamiento de la Policía Nacional Civil estará a cargo de su Director General, bajo la inmediata y exclusiva autoridad del Ministro de Gobernación. (Art. 3 de la Ley de al PNC).

En lo referente a cada departamento y con sujeción a las directrices del Ministerio de Gobernación, el Gobernador supervisará la actuación de la Policía Nacional Civil, sin perjuicio de la dependencia orgánica, funcional y operativa de las fuerzas de la Policía Nacional Civil del Departamento ante los mandos de ésta. (Art. 4 de la Ley de la PNC).

[editar]Historia

Su historia inicia a partir de la firma de los Acuerdos De Paz suscritos en 1996, la Policía Nacional y la Guardia de Hacienda cesaron en operaciones y surge la Policía Nacional Civil. El despliegue territorial de la PNC, que comenzó a mediados de 1997, logró cubrir los 22 departamentos del país en agosto de 1999. Hasta el momento se han desplegado 6 Jefaturas de Distrito, 27 Comisarías, 127 Estaciones y 343 Subestaciones, y además cuenta con 8 unidades móviles (serenazgos) que se desplazan en puntos críticos de la ciudad capital. Nacen varios cuerpos especiales de la policía encargados de distintos rubros de la seguridad.

El Gobierno decidió integrar la nueva fuerza policial formando personal nuevo y reeducando parte de los miembros de la Policía Nacional y de la Guardia de Hacienda. La formación policial fue asumida por la Unión Europea (UE) y desarrollada por el “Programa de Apoyo a la Política Nacional de Seguridad” a través de la Guardia Civil Española (GCE) en 1997. En materia de investigación criminal, la Academia recibió apoyo de ICITAP (International Criminal Investigative Training Assistance Program), y la instrucción y formación en derechos humanos estuvieron a cargo del programa de fortalecimiento de la PNC de MINUGUA.

Recientemente en 2006 se crea una fuerza policial llamada GPC (Guardia De Protección Civil), cuya función es la de proteger a la ciudadanía y velar por el orden público en las zonas de alto riesgo criminal. Funge como apoyo a la Policía Nacional Civil en esas tareas.

[editar]Funciones

Según el Art. 10 de la Ley de la PNC, son funciones de la Polícia Nacional Civil, las siguientes:

a) Por iniciativa propia por denuncia o por orden del Ministerio Público:

1) Investigar los hechos punibles perseguibles de oficio e impedir que estos sean llevados a consecuencias ulteriores;

2) Reunir los elementos de investigación útiles para dar base a la acusación en proceso penal;

b) Auxiliar y proteger a las personas y velar por la conservación y custodia de los bienes que se encuentren en situación de peligro por cualquier causa.

c) Mantener y restablecer, en su caso el orden y la seguridad publica.

d) Prevenir la comisión de hechos delictivos, e impedir que estos sean llevados a consecuencias ulteriores.

e) Aprehender a las personas por orden judicial o en los casos de flagrante delito y ponerlas a disposición de las autoridades competentes dentro del plazo legal.

f) Captar, recibir y analizar cuantos datos tengan interés para la seguridad pública, estudiar, planificar y ejecutar métodos y técnicas de prevención y combate de la delincuencia y requerir directamente a los señores jueces, en casos de extrema urgencia, la realización de actos

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