Primeros documentos del derecho publico mexicano.
Enviado por yazareth1 • 15 de Octubre de 2016 • Documentos de Investigación • 2.143 Palabras (9 Páginas) • 593 Visitas
Primeros documentos del Derecho Público Mexicano
Representación del ayuntamiento de México al Virrey Iturrigaray
En la Nueva España, el virrey José de Iturrigaray y Aróstegui aceptó la propuesta del Ayuntamiento de la Ciudad de México para reunir una junta general del reino que convocará a un Congreso nacional desconociendo a las juntas españolas. Sin embargo, algunos miembros del llamado partido europeo encabezados por el comerciante español Gabriel Joaquín de Yermo depusieron al virrey el 15 de septiembre de 1808, nombraron en su lugar al mariscal Pedro Garibay y persiguieron y encarcelaron o desterraron a numerosos criollos acusándolos de deslealtad al rey, entre ellos al Lic. Francisco Primo de Verdad y Ramos, síndico del Ayuntamiento y quien había propuesto el principio de la soberanía popular.
En los gobiernos del Virrey Garibay y de sus sucesores, el arzobispo de México Lizana y Beaumont y el teniente general Francisco Xavier Venegas de Saavedra, se continuó en mayor o menor medida el acoso al partido americano y a la difusión de las ideas independentistas de quienes veían en esto tanto la seguridad del reino frente a una posible invasión francesa como el fin del gobierno arbitrario del partido español.
Entre las reacciones a esta situación destaca, entre otras, la conspiración que en la ciudad de Querétaro había reunido a distinguidos criollos de la región y que se organizó en torno al párroco del pueblo de Dolores, Miguel Hidalgo y Costilla, el corregidor de Querétaro, Miguel Domínguez Trujillo, su esposa, Josefa Ortiz de Domínguez y los militares Ignacio Allende y Unzaga, Juan Aldama y Mariano Abasolo.
Bando de Hidalgo
Hidalgo y sus compañeros llamaron a la rebelión en la noche del 15 de septiembre de 1810 y marcharon hacia la ciudad de Guanajuato.
De Guanajuato Hidalgo y su ejército se dirigieron a Valladolid (Morelia) y luego a[pic 1]
Toluca y la Ciudad de México, a cuyos alrededores llegaron en octubre, venciendo el día 30 a las fuerzas realistas en la batalla del Monte de las Cruces, mientras en todo el reino se iniciaban levantamientos y proclamas a favor de la independencia.
Hidalgo llegó a Guadalajara el 26 de noviembre donde se le unieron los demás líderes del movimiento, y ahí publicó el Bando por el que declaraba, entre otras medidas, abolida la esclavitud y el impuesto que pagaban las castas e indios. Además, en esta ciudad inició la impresión del periódico de los insurgentes, El Despertador Americano, editado por Francisco Severo Maldonado y José Ángel de la Sierra.
El Bando de abolición de la esclavitud, de 6 de diciembre de 1810, contiene los principios fundamentales del movimiento de independencia y las bases de lo que en lo sucesivo sería una de las mayores reivindicaciones del pueblo mexicano ya como nación independiente: la libertad, la igualdad frente a la ley y la justicia equitativa y al alcance de todos.
Este documento consta de un preámbulo donde se justifica la necesidad de las medidas que contiene, como “remedio urgente” para extinguir “tantas gabelas con que (la Nación Americana) no podía adelantar su fortuna”, 3 artículos, uno sobre la abolición de la esclavitud, otro para el cese de ciertos tributos y exacciones, y el último para el uso de papel común en las controversias judiciales, firmado por Miguel Hidalgo como Generalísimo de América.
Constitución de Cádiz
Antecedente fundamental del constitucionalismo mexicano, la también llamada Constitución de Cádiz es la primera norma que con carácter supremo reguló la estructura y el funcionamiento del Estado español en Europa, América y Asia concibiéndolo como una unidad política denominada “La Nación española”, integrada por la “reunión de los españoles de ambos hemisferios”. Si bien esta Constitución consolidaba a la monarquía como la forma de gobierno, eliminó su ejercicio absoluto y la limitó a una función ejecutiva y administrativa con rigurosos supuestos para la designación del Rey, determinación de su esfera de competencia y una reducida discrecionalidad en su actividad pública a partir de la reorganización política del reino. Inclusive aspectos privados como el matrimonio, la descendencia y la sucesión al trono fueron previstos en el texto constitucional y por ello quedaron como parte del Estado de Derecho que con éste se establecía. Su texto consagró también un ámbito garantizado jurídicamente para la libertad individual con igualdad frente a la ley y mecanismos constitucionales de control de la actuación de los poderes públicos, tales como la sujeción a responsabilidad de las funciones públicas y el principio de legalidad como requisito de validez para todo acto de gobierno.[pic 2]
La gran aportación de la Constitución de Cádiz es que arraigó en la conciencia jurídica mexicana el principio de la soberanía popular, al radicar el poder supremo del Estado en el pueblo y consagrar que “La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo, pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales”. De igual manera, se afirmó que el gobierno no es un fin en sí mismo, sino el medio que tiene el Estado para realizar el bien común: “El objeto del Gobierno es la felicidad de la Nación, puesto que el fin de toda sociedad política no es otro que el bienestar de los individuos que la componen”, aspectos permanentes en nuestra propia visión como país independiente.
Sentimientos de la Nación[pic 3]
Afines de 1810 José María Morelos y Pavón encabezaba el movimiento insurgente en los territorios del sur de la Nueva España como lugarteniente de Miguel Hidalgo.
El 19 de agosto de 1811 se había constituido en Zitácuaro, una Suprema Junta Nacional Americana para concentrar y organizar el esfuerzo de la lucha insurgente de la cual se derivó el 14 de septiembre de 1813 el primer Congreso (Congreso de Chilpancingo) en sesión del día 15 nombró a Morelos Primer Jefe del ejército y depositario del Poder Ejecutivo, pero éste sólo se reconoció como “Siervo de la Nación”.
Fue en el acto de constitución del Congreso, celebrado en la población de Técpan, cuando Morelos dio a conocer su ideario político a los diputados en el documento llamado “Sentimientos de la Nación” leído por su secretario Juan Nepomuceno Rosains.
En los “Sentimientos de la Nación” se integran las ideas políticas, económicas y sociales básicas para la organización y fines de un país independiente, así como los mecanismos fundamentales de su estructura gubernativa y los principios libertarios, de igualdad, legalidad y justicia equitativa que habrían de orientarlo.
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