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Trabajo Profesoa Carmen


Enviado por   •  3 de Abril de 2013  •  626 Palabras (3 Páginas)  •  436 Visitas

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REGIMEN ESPECIAL DEL TRABAJO DE ÁRTISTAS , ACTORES,MÚSICOS.CANTANTES Y DEMAS TRABAJADORES INTELECTUALES Y CULTURALES

LAS CONDICIONES DE TRABAJO ESPECIALES DE ESTE IMPORTANTE NÚCLEO DE TRABAD ORES SERAN FIJADOS POR EL EJECUTIVO NACIONAL, MEDIANTE DECRETOS Y RESOLUCIONES.

CON LA CREACIÓN DE LA LEY DE PROTECCION DIRIGIDA AL PROFESIONA LDE L A MÚSICA QUIÉN DA ESPARCIMIENTO, ALEGRÍA Y BIENESTAR A LA POBLACIÓN , ENMARCADA EN EL DESARROLLO

HUMANO, SIN DISTINGOS DE SEXO,RELIGIÓN, NI CONDICIÓN SOCIAL- Y POLITICA QUE LE DARÍA

LA CATEGORÍA DE TRABAJADOR Y SERÁ PROTEGIDO POR EL ESTADO, A TRAVÉS DE UN SISTEMA DE SEGURIDAD CONFIABLE , QUE LE DIGNIFIQUE Y LE BRINDE ACCESO A LOS BENEFICIOS QUE EN FORMA DIRECTA RECIBEN .AMPARADOS POR L LEY ÓRGANICA DEL TRABAJO, QUE ESTABLECECRÁ LAS CONDICIONES Y MODALIDADES ESPECIALES DE PROTECCIÓN DE LOS MUSICOS, ACTORES, ARTISTAS, FOLKLORISTAS Y DEMÁS TRABAJADORES INTELECTUALES Y CULTURALES EN RAZON DE SU ESPECIALIDAD SEGÚN LOS ARTICULOS: 287 Y 288 DE LA LEY DEL TRABAJO LOS TRANBAJADORES Y TRABAJADORAS.

DENTRO DE ESTA CATEGORIA DEBEN INCLUIRSE LOS TRABAJADORES QUE DESARROLLAN UNA ACTIVIDAD PROPIA DE LAS LABORES DE LOS MEDIOS DE ESPECTACULOS DE LA DIFUSION CULTURAL Y\O DEL ESPARCIMIENTO COMO SON LOS ACTORES DE TEATRO, RADIO, CINE, INTERNET Y LA TELEVISION, LOS ANIMADORES, CANTANTES, INTERPRETES DE LA DANZA U OTROS BAILES, DIRECTORES Y EJECUTANTES MUSICALES, TECNICOS, ASISTENTES, CINEMATOGRÁFICOS, AUDIOVISUALES DE ARTES ESCÉNICAS, DE DISEÑO Y MONTAJE, GUIONISTAS, LIBRETISTAS, COMPOSITORES ENTRE OTROS.

IGUALMENTE QUIENES TRABAJAN EN CIRCOS, SALA DE GRABACIÓN DONDE REALICEN ACTIVIDADES CON LA MUSICA, EL CANTO, EL BAILE, EL TEATRO, ESCENOGRAFIA, ETC. DONDE LA ACTIVIDAD SEA CULTURAL, DE ENTRETENIMIENTO, PUBLICITARIO O ARTISTICO.

RÉGIMEN ESPECIAL PARA LOS(AS) MINUSVALIDOS(AS).

LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD CONSIDERAMOS ACLARAR: MINUSVALIDA: ES AQUELLA PERSONA CUYAS POSIBILIDADES DE APRENDIZAJE Y DE OBTENER Y CONSERVAR UN EMPLEO ADECUADO Y DE PROGRESAR EN SI MISMO ESTA SUJETO A UNA DEFICIENCIA FISICA O MENTAL.

DISCAPACIDAD: ES UNA CONDICION COMPLEJA DEL SER HUMANO, CONSTITUIDA POR FACTORES BIOPSICOSOCIALES QUE EVIDENCIAN UNA DISMINUCIÓN O SUPRESIÓN TEMPORAL Y/O PERMANENTE, DE ALGUNA DE SUS CAPACIDADES SENSORIALES, MOTRICES E INTELECTUALES Y QUE PUEDAN MANIFESTARSE EN: AUSENCIA, DEFECTOS, PERDIDA O DIFICULTAD PARA PERCIBIR Y DESPLAZARSE SIN APOYO, VER U OIR O INTEGRARSE A CUALQUIER ACTIVIDAD DE EDUCACIÓN, DE TRABAJO, EN LA FAMILIA, EN ACTIVIDADES LABORALES, EN LA COMUNIDAD Y QUE LIMITAN EL EJERCICIO DE SUS DERECHOS Y PARTICIPACION SOCIAL, EL DISFRUTE DE UNA BUENA CALIDAD DE VIDA, LE IMPIDE LA PARTICIPACION FAMILIAR, SOCIAL Y COMUNITARIA.

EL OBJETO DE ESTA LEY ES ESTABLECER DISPOSICIONES CON PRECEPTOS DE OREN PÚBLICOS PARA EL

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