ACTOS Y OBLIGACIOENS DEL COMERCIANTE
Enviado por Eileen Andrade • 20 de Febrero de 2017 • Ensayo • 632 Palabras (3 Páginas) • 137 Visitas
UNIVERSIDAD DE LA COSTA – CUC
ACTOS Y OBLIGACIOENS DEL COMERCIANTE
EILEEN ANDRADE POLO
MERCADEO Y PUBLCIDAD
LEGISLACION COMERCIAL
BARRANQUILLA
FEB- 2017
*JANICE COTES HEREIRA
Se puede decir que la clasificación de comerciantes se da de 2 maneras: Lo subjetivos que son personas naturales ya sea que posea un establecimiento o no, que casualmente realicen actividades comerciales y que por esta razón ya se encuentren debajo de las leyes que rigen a los comerciantes. Por otro lado se tienen a los objetivos que son aquellos que se encuentran formalizados que de manera legal se encuentran en la capacidad de contratar y ejercer obligaciones ligadas al acto comercial y que por esta razón esta profesión hace parte de su vida ordinaria. Si bien es cierto que para ser comerciante se debe cumplir con el requisito de que: las labores comerciales hagan partes de sus actividades ordinarias, que se encuentre dentro del margen legal y que ejerza el comercio como tal.
El artículo 9 de la ley 256 dice que se considera ilegal realizar acciones que desorganicen internamente a una empresa, como sus operaciones, entre otras variables sin embargo en mi opinión actualmente nos encontramos en un mercado cambiante con más libertades donde se halla una constante competencia, en el que cada quien vela por sus propios intereses, en el cual se puede atentar con la organización interna de la empresa con correctas estrategias que permitan que el mejor postor sea el que obtenga mejores beneficios, en la actualidad las personas, consumidores se dejan llevar por muchas tendencias en el mercado, por lo tanto se debería re definir el concepto de competencia desleal debido a que se puede tergiversar con acciones que no incurrirían o no hagan parte de este tipo pero sin embargo se toman como desleales dependiendo de la perspectiva en la que sean percibidas.
Por otro lado el artículo 16 de la ley 256 de 1996 expone que:
“ARTICULO. 16. Violación de secretos. Se considera desleal la divulgación o explotación, sin autorización de su titular, de secretos industriales o de cualquiera otra clase de secretos empresariales a los que se haya tenido acceso legítimamente pero con deber de reserva, o ilegítimamente, a consecuencia de algunas de las conductas previstas en el inciso siguiente o en el artículo 18 de esta ley."
Sin embargo es posible que un trabajador pueda poner en práctica en otra organización los conocimiento que adquirió previamente por medio de la experiencia en algún puesto en el que se haya desempeñado, pero no necesariamente significa que este revele material confidencial a la competencia o a la nueva empresa en la que pretende laboral, por lo tanto este articulo debería hacer énfasis en el hecho del que el trabajador no puede divulgar material estrictamente secreto de la empresa que solo sea manejado por esta, sin embargo este puede ofrecer ideas y crear propuestas en una nueva entidad basado en la experiencia ya adquirida en otro lugar.
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