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Antecedentes policiales.


Enviado por   •  19 de Octubre de 2013  •  Tesis  •  2.667 Palabras (11 Páginas)  •  297 Visitas

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Antecedentes policiales.

Teniendo como referencia los hechos históricos que han marcado la vida de los peruanos, y en especial por el estudio de la actividad policial en nuestro país, como en las diversas ciencias sociales, la actividad policial nació de la interacción del hombre y sus semejantes.

En América del Sur, esta actividad se desarrolla de manera más notoria desde la época incaica ya que el Inca Pachacútec, para mantener el desarrollo social del imperio, así como la armonía de sus súbditos, contaba con la participación plena y activa de los Tucuyrrycus (que todo lo ven y todo lo oyen), que tenían a cargo la supervigilancia del orden público y el cumplimiento de las leyes del Inca (Ver Figura 01).

Producida la conquista del imperio incaico, e iniciada la administración de territorios americanos por los españoles, fueron los cabildos quienes sintetizaron las funciones de los poderes públicos modernos, éstos fueron el centro de todas las actividades sociales y el motor de todos los iniciales esfuerzos en la actividad creadora de un orden nuevo. Sus múltiples y variadas atribuciones y facultades que abarcaban desde el gobierno de la ciudad y sus distritos, hasta la administración de justicia y organización de los cuerpos militares en el territorio de su jurisdicción, hicieron de los cabildos la fuente y el centro del movimiento político y administrativo de aquel entonces. La función policial aparece como una actividad comunal.

Figura 01.

Según refiere Humberto Ugolotti (1963, pp. 117-118), "Las ordenanzas de policía emanaban de los cabildos: son ellos los que nombran e invisten de autoridad a los funcionarios que con el nombre de alguaciles fueron los encargados de vigilar el orden público, velar por la prevención de los delitos y aprehensión de los delincuentes en ciudades y campos"[3]

Con los diferentes datos obtenidos sobre la policía en este periodo de tiempo donde la organización, control y funcionamiento de las autoridades policiales de la época virreinal se encontraban a cargo de autoridades civiles, en este caso los cabildos (Ver Figura 02), pero la mayor autoridad de estas organizaciones la tenían los virreyes ya que conforme se fueron sucediendo los gobiernos se les establecieron términos como "veedores" (versión española de los Tucuyricus), "guardia de alabanderos" ; quienes en diferentes turnos cumplían la misión encomendada por las autoridades locales y que igualmente no se realizaban de manera eficiente porque en la ciudad capital muchos criollos no aceptaban responsabilidades por diversos motivos como el pago de sus haberes, que en un determinado momento se tuvo que recurrir a los ingresos de la lotería pública que se realizaba en aquellos años. Jhon FISCHER, (1981, p. 204) lo describe de la siguiente manera:

La élite criolla estaba ansiosa por acertar privilegios y puestos de honor, pero menos dispuesta a asumir responsabilidades, sin embargo Escobedo preservó y bajo su constante presión se logró una mejora considerable. Después de recibir la aprobación real para el establecimiento de los alcaldes de barrio, procedió a preparar un nuevo reglamento para la policía de Lima, estableciendo alguaciles pagados con los ingresos de la lotería pública, para ayudar a los alcaldes. Más aún en un intento radical de dar una dirección central decidió nombrar a uno de los más distinguidos alcaldes de barrio José María Egaña, al nuevo cargo de teniente de policía con los honores de un regidor y un salario de 3.000 pesos al año.[4]

Posteriormente en los gobiernos de Don Gabriel de Avilés 1801-1806, se estableció un servicio de celadores nocturnos a serenos, efectuándose el primer ensayo en el barrio de Montserrat. Finalmente y en el periodo de Don José Fernando Alonso de Abascal 1806 - 1816, correspondió el aumento y el cuerpo de serenos generalizando su servicio a toda la ciudad y dictando un nuevo reglamento.

2.1. Horizontes policiales.

El Estatuto Provisorio del 08 de octubre de 1821, elaborado posterior a la proclamación de la independencia, en cuyo artículo cuatro de la sección segunda establece que se crearán reglamentos para el mejor servicio y organización de las fuerzas navales y terrestres, comprendiendo en ellos la milicia del Estado y en su artículo tres de la sección quinta señala que los presidentes (que en los departamentos serán ejecutores de las órdenes del gobierno), son los jueces de policía que velarán por la observancia de la moral pública y todo lo que tenga relación con el adelantamiento de los pueblos.[5]

Como podemos notar, en este estatuto provisorio, practicante se delimitaba la función de la policía a cargo de los jueces de policía, sin embargo sólo era "provisorio", siendo necesario tener un respaldo jurídico mucho mayor para su aplicación, es por ello que en la primera Constitución Política de 1823, en su Sección Tercera, De los Medios de Conservar el Gobierno, Capitulo II, artículo 165 correspondiente a la Fuerza Armada señala, que constituyen la fuerza armada de tierra: el Ejército de Línea, la Milicia Cívica y Guardia de Policía, así mismo en su articulo 171 y 179 aclara que el objeto de la Guardia de Policía es proteger la seguridad privada, purgando los caminos de malhechores, y persiguiendo a los delincuentes con sujeción a las ordenes de la autoridad respectiva; Habría colegios o escuelas militares. Todo militar no debía ser, sino un ciudadano armado en defensa de la República.[6]

Es claro que después de la declaratoria de independencia realizada por el libertador don José de San Martín el 28 de Julio de 1821, la calma no estaba asegurada, por un lado los enfrentamientos entre las fuerzas libertadoras y las realistas continuaban, y por el otro, los problemas internos propios de un nuevo Estado con nuevas estructuras gubernamentales generaban una actitud de desconcierto, es por ello que la actividad policial en estos primeros años de vida republicana, no tiene destacada relevancia, ya sea por la falta de organización, delimitación funcional o simplemente por que en esos momentos las fuerzas armadas tenían el control territorial contrarrestando las fuerzas realistas que aún se encontraban en nuestro territorio.

La participación de ejército en las diferentes batallas por la consolidación de la independencia de la patria era indudable, sin embargo la policía que ya se encontraba reconocida por la Constitución de 1823, no logró notoriedad en las acciones bélicas o militares realizadas en las batallas de Junín o Ayacucho, ya sea por falta de organización, recursos o naturalmente, porque la independencia total de nuestro territorio era más importante. Esto se puede corroborar en la lectura de la moderna Constitución Vitalicia realizada en el mes de diciembre 1826,

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