CARTA MAGNA
Enviado por Diana_yanis10 • 22 de Octubre de 2012 • 535 Palabras (3 Páginas) • 677 Visitas
Para comenzar a hablar de este ensayo diremos principalmente como esta estructurada esta carta magna la cual da origen el 5 de junio de 1215, consagrada en base a Dios, la santa iglesia romana, obispos, leales vasallos y nuestros antepasados.
De igual manera nos presenta una serie de puntos relacionados básicamente con la herencia, tierras, dinero y libertados.
La carta magna ha confirmado que se debe conservar derechos y libertados por parte de la iglesia eclesiástica y por parte de los herederos y los papas.
Nos habla allí que los herederos principales tienen facultades respecto de sus herencias o legados para proteger sus bienes o derechos reales sin importar si son menores de edad.
Existe el caso en que al morir una persona que posea determinadas tierras y a su muerte el heredero fuese mayor de edad pagara una cierta cantidad a la corona.
Caso opuesto para los herederos menores, para ellos no aplica este régimen.
Por otro lado la persona, que tiene el bien del heredero, podrá solo beneficiarse de los frutos y servicios.
Dado el caso que se le haya confundido a una persona determinados bienes inmuebles y ocasionaría daños y perjuicios, se le exigiría compensación y el bien o la tierra se le asignara a personas responsables y deberán producir la tierra.
Los herederos podrán ser dados en matrimonio pero si llega al fallecer el conyugue toda viuda podrá entrar en posesión sin ningún tipo de impedimento, ni a contraer matrimonio de nuevo.
En cuanto al dinero se estipula que los fiadores no serán molestados mientras el sujeto pasivo (deudor) obtenga la capacidad de cumplir con la prestación. Si por otras razones el sujeto pasivo (deudor) no tuviera la capacidad, la responsabilidad recae sobre los fiadores y si lo desean pueden luego incautarle las tierras hasta que haya reembolsado.
Siguiendo con el tema de sumas de dinero, si una persona tomase dinero prestado a otra y aquella falleciera antes de haber cumplido con la prestación los herederos no están obligados a cubrirla si son menores de edad.
Si hablamos de faltas por parte de particulares o de hombres libres solo puede ser multado mediante cierta proporcionalidad en cuanto a faltas graves y no se le privara su medio de subsistencia ej: en el caso que sea ganadero no se le confiscara el ganado.
Si hablamos del patrimonio ya sea las casas o aldeas conservaran el mismo valor de la renta antigua, o sea no se le harán incrementos de ninguna índole.
Para continuar hablando del testimonio se dice que si un hombre libre falleciera y no alcanzara a manifestar su voluntad o deseo de heredar a alguien la iglesia se comprende a repartir sus bienes muebles a los familiares.
Los hombres libres se dice que no serán detenidos ni privados de sus bienes o derechos este articulo de la carta magna lo podemos relacionar con el art. 29 de nuestra constitución de 1991 el cual
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