Características de la protección civil
Enviado por aaa4 • 9 de Febrero de 2013 • Trabajo • 505 Palabras (3 Páginas) • 703 Visitas
Introducción:
La prevención ante los desastres y preparativos ante emergencias, así como la concepción del desarrollo sostenible a través de la participación ciudadana , implican un tipo de desarrollo en todos los campos productivos y sociales, que satisfaga las necesidades básicas de la actual generación humana, sin poner en peligro de las posibilidades de las sociedades venideras, requieren de voluntades, decisiones y la puesta en práctica de acciones políticas y económicas, científicas y educativas, entre las que se encuentran la educación sobre los desastres.
Parte del mejoramiento de las condiciones de vida del ser humano es lograr un mayor nivel de seguridad y supervivencia en relación con las acciones y reacciones del medio ambiente , lo cual se logra a través de la comprensión de la interacción del mismo , como sociedad organizada y a través de la participación ciudadana, podemos crear cultura y fomentar las leyes y normas en cuanto a protección civil y administración de desastres, de modo que, llegado el momento de ponerlas en práctica, se garantice la estabilidad de la nación.
Características de la protección civil:
En rasgos generales podemos concretar que la protección civil es la gestión de los servicios de emergencias de un país, extendida a todos los niveles, e involucrando a todas las partes.
Sin embargo, se entiende como protección civil en el sentido estricto a los cuerpos específicos encargados de proteger a los ciudadanos de un país ante catástrofes de cualquier tipo, sean de proveniencia humana o natural.
Los organismos que regulan la protección civil suelen, además, definir una forma de participación ciudadana por la que se tenga a un grupo de personas preparadas para actuar ante catástrofes, en apoyo a los servicios de emergencias asalariados, y que sirvan como responsables en la organización de la ayuda ciudadana. En España estos colectivos se estructuran como Agrupaciones Municipales de Voluntarios de Protección Civil, gestionadas por los respectivos ayuntamientos
Basamento Legal de Protección Civil en Venezuela
Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela:
Capítulo III
De los Derechos Civiles
Artículo 55.
Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.
Capítulo IV
De los Órganos de Seguridad Ciudadana
Artículo 332.
El Ejecutivo Nacional, para mantener y restablecer el orden público, proteger al ciudadano o ciudadana,
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