Concepto De Derecho Económico
Enviado por 230478 • 15 de Octubre de 2012 • 1.775 Palabras (8 Páginas) • 758 Visitas
UNIVERSIDAD AUTONOMA DEL ESTADO DE MEXICO
CENTRO UNIVERSITARIO AMECAMECA
DERECHO ECONOMICO
LIC. GREGORIO NERIA GARCIA
PRESENTAN:
KAREN JAZMIN BAUTISTA RODRIGUEZ
NATALY CORONA VELAZQUEZ
BRENDA CORAL GARNICA ATEMIZ
DIANA JEZABET MEJIA GALICIA
AMECAMECA, MEX A 17 DE AGOSTO DEL 20011
DERECHO ECONÓMICO
CONCEPTO DE ECONOMÍA
Ciencia que se ocupa de la manera que se administran recursos escasos, con objeto de producir bienes y servicios y distribuirlos para su consumo entre los miembros de la sociedad.
CONCEPTO DE DERECHO ECONOMICO
Rama del derecho que regula la actividad económica y trata de mantener el control de la economía del estado. Es una forma de ejercer el derecho basado en el objeto de las normas jurídicas que tienen encomendados los trabajos de agentes y personas particulares en el ramo económico de la sociedad.
Conjunto de valores, principios, normas y procedimientos jurídicos tendientes a requerir, posibilitar y controlar la intervención directa o indirecta e imperativa del Estado en todos los aspectos macro y microscópicos de la economía, a través de medidas y actividades coactivas y persuasivas, estimulantes y disuasivas, a fin de proveer y garantizar las condiciones y de los objetivos de implantación, estructuración, funcionamiento, producción, crecimiento y desarrollo de dicha economía y, por lo tanto , la producción , distribución y uso o consumo de bienes, servicios e ingresos.
FINALIDAD
Tiene como finalidad regular las relaciones jurídicas de inversión, producción, circulación, consumo, distribución y aprovechamiento de la riqueza.
1.- Organizar la economía macro jurídica a nivel zonal.
2.- Asignar al Estado un poder regulador eficiente.
3.- Fomentar los mecanismos del mercado.
4.- Buscar canalizar intereses generales con los privados nacionales o extranjeros.
5.- Sancionar las prácticas desleales y restrictivas o monopólicas.
6.- Las normas tienen más carácter zonal e internacional que internas o nacionales.
OBJETOS
Tiene como objeto las normas jurídicas que enmarcan los comportamientos económicos de agentes y operadores esencialmente privados, tutelando intereses generales con criterios de economicidad y simplificación.
SUJETOS
Son los que tienen como centro de imputación de derechos y obligaciones para el derecho económico. Son los agentes económicos en general, sea cual fuere su forma jurídica o naturaleza patrimonial, que actúen en la producción, distribución, circulación y consumo de los bienes y servicios. Es decir, las personas jurídicas estatales, las personas jurídicas privadas y los particulares en cuanto a productores y distribuidores para el mercado; así como toda persona, natural o jurídica, capaz de realizar actos jurídicos que intervienen en el proceso económico independientemente de su naturaleza y condición.
DIFERENCIA
La diferencia entre el derecho económico entre el derecho de la economía y el análisis del derecho económico, es evidente. Pues en los dos primeros hay relación con la presencia del estado en la actividad económica dotada de solidaridad y proyectos sociales o públicos, en el tercero hay un claro individualismo conductual y pragmático, lejos de valores y compromis nacionales y sociales.
CARACTERISTICAS
Humanista: por que los principios en los cuales descansa dan prioridad a la salvaguarda de los intereses generales, a los intereses colectivos; así, los intereses individuales quedan relegados a segundo lugar. Si el Derecho solo protegiera determinados intereses, como el derecho de propiedad privada o el derecho de libre contratación, este dejaría de ser humanista.
Dinámico: por que experimenta los cambios que la sociedad le impone, por que la sociedad esta en constante transformación. Lo que hoy es mañana puede no serlo.
Complejo: por que en su formación participan diversas ramas del Derecho, tanto público como privado, que pueden ser administrativos, mercantiles o fiscales.
Nacional e internacional: pura y llanamente, es nacional; por que cada nación tiene sus propias características. Así sucedía antes de la segunda guerra mundial, cuando se discutía si era preferible llamar desenvolvimiento o desarrollo al avance económico, al puro crecimiento de la economía, o sea a la mayor producción de unidades industriales. Pronto los países se dieron cuenta-sobre todos aquellos en desarrollo, que no era suficiente con que la economía creciera, si no que era menester la participación en los beneficios de la misma, de quien ayudaba a crearla: el trabajador. Por eso ahora se dice que el desarrollo económico y social, y por tanto, Derecho económico y social.
Concreto: debido a que sus normas se refieren a la naturaleza concreta de una actividad económica; es decir, ellos no hacen mención a generalidades, si no que se refieren a ramas particulares del quehacer económico, tales como la agricultura, industria, minería, hidrocarburos, transportes, etc., y además,
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