Conceptos y características del tributo
Enviado por Paola_j • 15 de Mayo de 2013 • Trabajo • 3.207 Palabras (13 Páginas) • 817 Visitas
TABLA DE CONTENIDO
1. Conceptos y características del tributo
2. Reseña Histórica de los impuestos
3. Clasificación de los tributos
a. Los impuestos
b. Las tasas
c. Contribuciones especiales
d. Aportes parafiscales
4. Principios constitucionales y gerenciales del derecho tributario.
1. CONCEPTO Y CARACTERISTICAS DEL TRIBUTO
Los tributos son una manera de ingreso para los gobiernos los cuales se cobran a todos los ciudadanos y tienen carácter obligatorio. Todas las legislaturas dictaminan como una obligación el aportar tributo al gobierno, el modo de hacerlo cambia de Estado en Estado, peor la forma más común es a través de impuestos.
Los tributos cobrados durante un periodo vienen a conformar el fondo para el gasto público del mismo periodo. Como la mayor parte del gasto público se destina a atender necesidades públicas, se puede afirmar que los tributos traen beneficios indirectos a sus contribuyentes.
• Los tributos guardan siempre tres características:
Son Coactivos. Es decir, los tributos se imponen de una forma unilateral. Se imponen por parte de una institución pública y se respaldan bajo bases legales.
Son Pecuniarios. Los tributos hoy en día se pagan con dinero metálico (o su equivalente directo). De antaño se podían pagar tributos con bienes de consumo o similares, lo que sería un pago en especie.
Con Contributivos. Representa el hecho de que contribuyen a financiar el gasto público y dar cobertura a las necesidades de la sociedad.
2. RESEÑA HISTORICA DE LOS IMPUESTOS EN COLOMBIA
La historia de los impuestos en Colombia se remonta al período fiscalista, el cual inicia con la aparición del impuesto de renta en 1918. En las primeras décadas del siglo XX la contabilidad en Colombia se enfrentó a un contexto económico cambiante y dinámico que estimulaba el desarrollo de nuevas aplicaciones. Un aspecto importante de este período consiste en la consolidación del intervencionismo del Estado en los diferentes asuntos de la sociedad nacional, en particular, en los temas económicos. Esta función del Estado exige el fortalecimiento de la tributación directa, por medio de la cual se consigue una mayor eficiencia administrativa en el recaudo de los impuestos porque se tiene mayor control a través de la
Fiscalización de la contabilidad de los contribuyentes.
Terminada la Primera Guerra Mundial, y con la formación de un mercado interior originado por la bonanza de las exportaciones cafeteras de comienzo de siglo, Colombia presentaba
las condiciones necesarias para la implantación de un impuesto directo de renta. De modo que en 1918, mediante la Ley 56 de este año, se establece –por primera vez en Colombia– el impuesto directo de renta. Si bien es cierto que esta ley se diseñó fundamentalmente como solución a los desequilibrios fiscales de la época, ocasionados por la sensible reducción del comercio internacional ante la Primera Guerra Mundial, también lo es que esta ley amplía enormemente el espectro de la información contable de los contribuyentes hacia el Estado.
Hacia 1935 comienza a manifestarse una serie de cambios estructurales en la economía colombiana, que conlleva la adopción de un nuevo modelo de desarrollo que se denominó “hacia adentro” en tanto fortalecía y protegía la incipiente industria nacional para abastecer el mercado interno, mas no para competir a nivel internacional. Este esquema exigió un nuevo concepto en la tributación y fortaleció los impuestos directos especialmente el de renta que, aunque establecido en 1918, sólo vino a consolidarse con la reforma tributaria de 1935, la cual buscaba fortalecer la industria nacional y obligaba a los comerciantes a llevar libros de contabilidad conforme a la ley. Sin embargo, es con la reforma constitucional de 1936 que se cristalizó la intervención del Estado al permitir la inspección de documentos privados con fines tributarios.
Durante la década de 1950 se hicieron reformas tributarias a partir de un modelo rígidamente proteccionista; estas reformas condujeron a que Colombia adoptara el impuesto sobre la renta
más progresivo y productivo en América Latina, a pesar de una fuerte oposición de los grupos de más altos ingresos y de los gremios económicos más representativos.
Por su parte, el Decreto 377 de 1965 que reglamenta el Decreto Ley 3288 de 1963 mantiene su carácter fiscalista y hace referencia al impuesto sobre las ventas; se permite a las personas obligadas al pago del impuesto llevar en su contabilidad cuentas o subcuentas especiales para cada uno de los grupos gravados y se exige la conservación, por parte de los vendedores, de los registros de contabilidad y las copias de las facturas. Con la Ley 63 de 1967 se dictan normas contra la evasión y el fraude a los impuestos sobre la renta, complementarios y sucesorales, también se introduce en forma definitiva el sistema de retención en la fuente para los asalariados y anticipos para los contribuyentes no sujetos a retención, dichas transacciones deben estar registradas en la contabilidad para la aceptación, en un futuro, de posibles devoluciones por mayores pagos en los impuestos.
La función del Estado de otorgar mecanismos que aseguren la labor de recaudo y posterior distribución de los ingresos no cesa. Para 1974 se promulga una nueva reforma tributaria dando un vuelco a la tendencia liberal: se elimina un gran número de deducciones y exenciones y se elevan las tasas impositivas.
Durante los primeros años de la década de 1980 el recaudo por concepto de impuestos no fue concurrente con el incremento del gasto público. Sin embargo, a raíz de la Ley 75 de 1986 esta brecha empezó a disminuir. Es importante resaltar que desde 1986 hasta la actualidad se han emitido normas tributarias de carácter contable, pero que con la aparición de la primera norma autónoma en el ámbito contable (Decreto 2160 de 1986) se comienzan a manifestar ciertas ambivalencias e incompatibilidades entre la norma fiscal y la norma contable. Esto último dio origen a dos corrientes fundamentales que aún permanecen y que dividen la
Opinión de los profesionales de la contabilidad: la primera, que el sistema contable tiene que adecuarse a las condiciones impuestas por la legislación tributaria, y la segunda que establece la separación entre la base contable y tributaria y asume que Existen objetivos claramente diferenciados (Sierra, 2001).
Ahora bien, en la década de 1990 con la integración del país a la economía global a raíz de la adopción del modelo de desarrollo de “apertura económica”,
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