Declaración Universal de los Derechos Humanos 1948 |
Convención Americana de los Derechos Humanos (Pacto San José) |
Constitución de la República del Ecuador |
Derecho a la vida - De acuerdo al artículo 3 todos los seres humanos tenemos derecho a la vida, a la libertad, seguridad e integridad.
Derecho a la Libertad - De acuerdo al artículo 1 todos los seres humanos nacemos libres e iguales en dignidad de derechos al igual que en el artículo 2 todos tenemos derecho y libertades sin distinción alguna, es decir todos tenemos derecho a la libertad de derecho sin discriminación alguna.
- De acuerdo al artículo 4 ningún ser humano estará sometido a la esclavitud, esta misma esta prohibidas en todas sus formas.
Derecho a la libertad de expresión - De acuerdo al artículo 19 todo ser humano tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.
Derecho al Trabajo - De acuerdo al artículo 23 toda persona tiene derecho al trabajo, sin discriminación alguna, tener su remuneración justa de manera equitativa, tiene derecho a formar o pertenecer a un sindicato, también tiene derecho a protección del mismo.
Derecho a la salud y alimentación - De acuerdo al artículo 25 toda persona tiene derecho a su bienestar, a la salud y en especial a la alimentación, asistencia médica y a los servicios sociales necesarios que requiera su bienestar.
Derecho a la Educación - De acuerdo al artículo 26 toda persona tiene derecho a la educación, esta a su vez debe ser gratuita con respeto a su instrucción elemental y fundamental.
Derecho a la Nacionalidad - De acuerdo al artículo 15 toda persona tiene derecho a una nacionalidad, nadie puede privar de ese derecho e inclusive cambiar de nacionalidad de manera arbitraria.
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Derecho a la vida - De acuerdo al artículo 4 todas las personas tenemos derecho a que se nos respete la vida y por lo tanto nadie nos puede privar de ella.
Derecho a la Libertad - De acuerdo al artículo 7 toda persona tiene derecho a su libertad y seguridad personal y de acuerdo al artículo 1 toda persona es libre de ejercer su jurisdicción sin discriminación de ninguna índole.
- De acuerdo al artículo 12 las personas tienen libertad de conciencia y religión, esto quiere decir que todas las personas son libres en tener sus creencias y de escoger su religión.
- De acuerdo al artículo 6 está prohibido toda forma de esclavitud y servidumbre.
Derecho a la libertad de Expresión - De acuerdo al artículo 13 todas las personas tenemos libertad de pensamiento y de expresión.
Derecho al Trabajo - De acuerdo al artículo 6 literal 2 ninguna persona está obligada a ejecutar un trabajo obligatorio excepto si es privado de su libertad por algún delito siempre y cuando no afecte a su capacidad física e intelectual al recluido.
- Toda persona tiene derecho y obligación de trabajar.
Derecho a la Nacionalidad - De acuerdo al artículo 20 toda persona tiene derecho a una nacionalidad aquí hace un hincapié de que toda persona que nace en un territorio tiene derecho a adquirir la nacionalidad de ese territorio. Nadie tiene derecho de privar de manera arbitraria la nacionalidad de los ciudadanos o cambiarla.
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Derecho a la vida - De acuerdo a la Constitución de la República del Ecuador en el artículo 66 literal 1 todos los ciudadanos tenemos derecho a la inviolabilidad de la vida por lo tanto en nuestro país no hay pena de muerte y también de acuerdo artículo 45 el estado garantizara la vida de los ciudadanos desde la concepción incluyendo su cuidado y protección.
Derecho a la Libertad - De acuerdo al artículo 66 literal 29 todos los ciudadanos tenemos derecho a la libertad, todos nacemos libres, todo tipo de esclavitud está prohibida, ninguna persona puede ser privada de su libertad por deudas excepto por pensión alimenticia eso es lo que diferencia a los 2 tratados anteriores debido a que es por protección de los niños y adolescentes en caso que se le priven del derecho a alimentarse.
- De acuerdo al artículo 66 literal 8 todo ciudadano es libre tener sus creencias y libertad de religión y profesarla libremente.
Derecho a la libertad de Expresión - De acuerdo al artículo 66 literal 6 todo ciudadano tiene derecho a opinar y expresarse libremente en todas sus formas y manifestaciones.
Derecho al Trabajo - De acuerdo al artículo 33 el trabajo es un derecho y deber social, económico del ciudadano.
- De acuerdo al artículo 34 todo trabajador tiene derecho a la seguridad social por lo cual es un derecho irrenunciable.
- De acuerdo al artículo 326 literal 4 el trabajador tiene derecho a recibir su remuneración justa y equitativa a su trabajo, el literal 7 los trabajadores tienen derecho a formar su sindicato y pertenecer a ello.
Derecho a la salud y alimentación - De acuerdo al artículo 13 todas las personas tenemos derecho al acceso de alimentos sanos para asegurar nuestra salud alimenticia, el estado garantiza la soberanía alimentaria.
- De acuerdo al artículo 32 el estado garantizara la salud de sus ciudadanos y dentro de la misma tenemos derecho al agua, a la alimentación, al trabajo, a la seguridad social todo lo que contribuya al buen vivir.
- De acuerdo al artículo 66 literal 2 todos tenemos derecho a tener una vida digna que nos asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, vivienda, vivienda, saneamiento etc. todo lo que garantice el bienestar y la vida digna del ciudadano.
Derecho a la Educación - De acuerdo al artículo 26 la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y es un deber ineludible e inexcusable del Estado. A diferencia de otros países en nuestro país la educación es gratuita inclusive en educación superior. Todos tenemos derecho a acceder a ella sin ningún tipo de discriminación.
Derecho a la Nacionalidad - De acuerdo al artículo 7 Todo ciudadano tiene derecho a la nacionalidad ecuatoriana cuando hayan nacido en territorio ecuatoriano, persona extranjeras cuyos padres son ecuatorianos.
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