EL CONCUBNATO
Enviado por lorena2222 • 23 de Septiembre de 2013 • 369 Palabras (2 Páginas) • 289 Visitas
CODIGO CIVIL ESTADO JALISCO
Artículo 513. Se presumen hijos del concubinario y de la concubina:
I. Los nacidos después de ciento ochenta días contados desde que comenzó el concubinato; y
II. Los nacidos dentro de trescientos días siguientes al día en que cesó la vida en común entre el concubinario y la concubina.
Artículo 778. El patrimonio de familia puede ser constituido por cualesquiera de los miembros de ésta, entendiéndose por familia para los efectos de este capítulo a todo grupo de personas que habitan una misma casa, se encuentren unidos por vínculo de matrimonio o concubinato o lazos de parentesco consanguíneo y que por la ley o voluntariamente, tengan unidad en la administración del hogar.
Para los efectos de este artículo, se entiende por concubinato el estado por el cual un hombre y una mujer solteros viven como si fueran cónyuges, durante cinco años o más. Se considera también concubinato cuando transcurridos tres años de iniciada esa unión, hubieren procreado entre sí algún hijo.
Se considerará que existe el concubinato, siempre y cuando la pareja se haya establecido en un mismo domicilio, a partir de ese momento no se den separaciones físicas por un tiempo mayor de seis meses y hayan transcurrido los plazos del párrafo anterior.
Artículo 2675. En todo testamento, el testador deberá expresar cuando los hubiere, los siguientes datos: sus generales, documento con que se identifica, los nombres completos de sus progenitores, el de sus hijos, el o los matrimonios contraídos, bajo qué régimen y en su caso, si vive en concubinato.
CAPÍTULO II
De la capacidad para testar
CAPÍTULO VI
De la sucesión de los concubinos
Artículo 2941. Tendrá derecho a heredar, aplicándose las disposiciones relativas a la sucesión del cónyuge, la persona con quien el autor de la herencia vivió en el mismo domicilio como si fuera su cónyuge durante los 3 años si tuvieron hijos en común o durante 5 años si no los hubieren tenido, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato, en ambos casos se deberá entender los años que precedieron inmediatamente a su muerte. Si fueron varias las personas que vivieron con el autor de la sucesión como si éste fuere su cónyuge, ninguna de ellas heredará.
ANTECEDENTES DEL CONCUBINATO
...