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El Derecho Como Unión De Reglas Primarias Y Secundarias


Enviado por   •  17 de Octubre de 2013  •  Ensayo  •  1.368 Palabras (6 Páginas)  •  601 Visitas

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“EL DERECHO COMO UNIÓN DE REGLAS PRIMARIAS Y SECUNDARIAS.”

En la presente lectura de Hart hace énfasis en las reglas primarias (órdenes o mandatos de carácter general respaldados por una amenaza de sanción producidos por un soberano o autoridad legítima lo quieran o no y habitualmente obedecidos por unos súbditos o destinatarios y las reglas secundarias que evitan la falta de certeza, de estaticidad y de organización de la fuerza de las reglas primarias y que otorgan potestades públicas o privadas y no deberes.

Hart Sustituye el modelo antiguo utilizado de "órdenes respaldadas por amenazas", por el de reglas primarias y secundarias, las cuales, las primeras imponen deberes y las segundas, confieren potestades, públicas o privadas.

En su libro Hart clasifico las reglas secundarias en tres tipos:

Reglas de reconocimiento que tiene como finalidad reconocer las reglas primarias o secundarias que forman parte del sistema jurídico y que puede ser un catálogo escrito de leyes, las normas que dicte un soberano, las que apruebe un cuerpo legislativo, las normas consuetudinarias seguidas conjuntamente o dictadas en una sentencias por el juez, la cuales son reconocidas en una determinada sociedad, es decir que son normas existentes o válidas y deben ser cumplidas. Esta regla evita la falta de certeza de las reglas primarias, ya que es una indicación afirmativa e indiscutible de es una regla que debe ser obedecida por el grupo.

Hart dice: En un sistema jurídico desarrollado las reglas de reconocimiento son, por supuesto, más complejas; en lugar de identificar las reglas exclusivamente por referencia a un texto o lista, ellas lo hacen por referencia a alguna característica general poseída por las reglas primarias. Esta puede ser el hecho de haber sido sancionado por un cuerpo específico, o su larga vigencia consuetudinaria, o su relación con la las decisiones judiciales" (pp. 118); Esta forma de expresarlo es una clara manera de identificar que una determinada regla pertenece a un sistema jurídico (penal, civil, laboral etc...)

Reglas de cambio o modificación y de derogación. Remedian el carácter estático de las reglas primarias. La forma más común es cuando se faculta a un individuo o cuerpo de personas (Poder Legislativo) a introducir nuevas reglas primarias para la conducción de la vida del grupo, o de alguna clase de hombres que forman parten de él, y a dejar sin efecto las reglas anteriores.

Hart dice que: “Tales reglas de cambio y de derogación pueden ser simples o complejas; las potestades conferidas pueden ser ilimitadas o limitadas de diversas maneras; y las reglas, además de especificar las personas que han de legislar, pueden definir en forma más o menos rígida el procedimiento a ser seguido para llevar a cabo esta modificación, cambio o derogación en la legislación (p. 119)“; Es simplemente cuando los legisladores a través de su actividad legislativa se encargan de modificar o crear las leyes.

Reglas de autorización / reglas de adjudicación: Son las que facultan a los sujetos privados o públicos para crear reglas. Por ejemplo, las reglas que facultan a los sujetos privados de contratar, otorgar testamentos o en general realizar negocios jurídicos y obligaciones. Así mismo están las reglas que autorizan o facultan a determinadas autoridades públicas para ejercer alguna potestad como por ejemplo dictar leyes en un procedimiento debido, en el caso del legislador, o de dictar una sentencia en el caso del juez.

Hart dice en su escrito "El tercer complemento del régimen simple de reglas primarias, usado para remediar la insuficiencia de la presión social difusa que aquél ejerce, consiste en reglas secundarias que facultan a determinar, en forma revestida de autoridad, si en una ocasión particular se ha transgredido una regla primaria. La forma mínima de adjudicación consiste en tales determinaciones, y llamaremos a las reglas secundarias que confieren potestad de hacerlas 'reglas de adjudicación'" (p. 120). Es simplemente cuando el juez adjudica a través de un juicio una determinada sanción por medio de una sentencia.

Hart dice que la combinación de reglas primarias (reglas de mandato mas amenaza

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