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Etapas Históricas Del Derecho Del Trabajo


Enviado por   •  15 de Enero de 2012  •  2.464 Palabras (10 Páginas)  •  3.694 Visitas

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2-. REGULACIÓN DEL TRABAJO A TRAVÉS DE LA HISTORIA

La aparición de la legislación laboral fue la respuesta al conjunto de problemas socioeconómicos planteados a partir de la Revolución industrial, respuesta que surge de una compleja conjunción de fuerzas políticas y sociales, de acciones y reacciones cuyos protagonistas básicos son, junto con el poder público y las elites intelectuales reformistas, los trabajadores y patronos y sus respectivas organizaciones

2.1-. Sociedades Preindustriales

En las sociedades preindustriales no existe una legislación laboral en sentido propio.

En la antigüedad y medievo, el trabajo que suele identificarse sin más con el trabajo manual, es regulado de modo incidental y accesorio, cuando se dictan normas dirigidas básicamente a ordenar otras realidades.

En tal sentido, el régimen jurídico del esclavo en Roma se inscribe en el contexto de las relaciones dominicales o de propiedad, así como el régimen del siervo medieval queda absorbido en el marco de las relaciones señoriales

Para resumir de forma sintética el carácter del trabajo durante las épocas anteriores a la Revolución Industrial hay que establecer una doble afirmación:

• En primer lugar, habría que decir que en esta larga etapa histórica el trabajo es considerado como actividad vil o, al menos desprovista de nobleza.

El hombre superior se estima llamado a la vida del pensamiento, de la política, milicia…y se entiende que el trabajo manual es exclusivo de seres inferiores a los que, en los casos extremos se niega incluso la condición de persona (esa fue la situación del esclavo en Grecia y Roma).

• En segundo lugar, el tipo de trabajo generalizado hasta la Revolución industrial es el trabajo no libre, el trabajo de esclavos y siervos, cuya ínfima condición social es congruente con la escasa valoración que se da a su esfuerzo

Estas dos notas del trabajo pre-industrial (ausencia de mérito social y forzosidad) van atenuándose progresivamente hasta desembocar, en plenos tiempos modernos, en el reconocimiento de la dignidad de todo trabajo, incluido el manual, y en la reducción del trabajo forzoso, a favor de la ampliación del trabajo libre o voluntario

2.2-. La Sociedad Industrial. Aparición del Derecho del Trabajo

El dº del trabajo en sentido propio aparece tras la generalización de un tipo específico de trabajo: el trabajo voluntario, dependiente y por cuenta ajena, que desplaza definitivamente las relaciones laborales forzosas, que habían servido de base a la economía antigua y se habían prolongado, si bien muy debilitadas, hasta la Edad Contemporánea.

Es necesario pues que quiebre la estructura del Antiguo Régimen, y que se inaugure un nuevo modelo de vida socioeconómica basado en la tecnología y en la economía, para que se sienta la necesidad de dotar de una nueva ordenación jurídica al trabajo humano.

El derecho del trabajo surge, de este modo, como una respuesta al reto de la sociedad industrial, caracterizada tanto por la acumulación y circulación de capitales y la estructuración de la vida económica en torno al eje producción-consumo, como por el aumento y concentración de los trabajadores en centros fabriles, la creciente división del trabajo y el nacimiento de la conciencia obrera.

Los inicios de la Revolución Industrial suelen situarse hacia 1760, en Gran Bretaña, y van acompañados de diversas circunstancias, cuya concurrencia hizo posible el transito del Antiguo Régimen a la sociedad contemporánea.

Como el aumento de la población, el rápido crecimiento del capital, la movilidad y concentración de capitales, la aplicación del maquinismo a la producción industrial y la división y movilidad del trabajo, liberado definitivamente de las opresivas trabas del corporativismo gremial. Pero junto a estos acontecimientos demográficos, económicos y tecnológicos, es preciso reconocer la extraordinaria importancia de las nuevas ideas que venían abriéndose paso desde la Edad Moderna. La Revolución Industrial fue así el resultado histórico de una conjunción de acontecimientos: hechos nuevos por unan parte, e ideas nuevas por otra; ideas que se inscriben en la filosofía liberal, empirista y utilitarista de la época

Aspectos Jurídicos del Trabajo. Condiciones Laborales:

La nueva organización técnica del trabajo, basada en la concentración de los trabajadores en fábricas industriales y en la creciente división y especialización del trabajo, dio lugar a la difusión de un nuevo tipo de trabajador-el proletario.

Las legislaciones liberales reconocen al trabajador la libertad de contratar; pero el cambio de libertades entre contratantes, había de traducirse en el establecimiento de unas condiciones laborales impuestas por el empresario a una población obrera abundante y desunida

Con el triunfo de la Revolución francesa, la exaltación de la libertad que venían haciendo los filósofos ilustrados se convierte en dogma constitucional .

Sin embargo, en la práctica la libertad jurídica del trabajador estaba perjudicada por la necesidad que el obrero tenia de aceptar las condiciones contractuales que le fijaba el empresario, sin otra alternativa que la del paro.

La situación real del trabajador durante los años de la Revolución Industrial fue extremadamente dura; la tan alabada libertad de contratación se traducía en la fijación de periodos de prestación excesivamente dilatados, en la prolongación de las jornadas de trabajo hasta limites inhumanos, en la falta de atención patronal hacia la seguridad y la higiene de los locales y medios de trabajo…a estas limitaciones reales de la libertad teórica del trabajador se hace referencia seguidamente, no sin advertir que fue básicamente la denuncia de estos males la que condujo a la promulgación de las primeras normas de Derecho del Trabajo en sentido estricto.

Vamos a ver una por una las condiciones laborales a las que se veían sometidos:

A) La Duración de los Contratos de Trabajo: El derecho liberal mostró su oposición a la contratación de por vida, que sumía al trabajador en una situación próxima a la esclavitud

A esta limitación de la libertad contractual, encubierta aparentemente por el dogma de la autonomía de la voluntad de las partes-venía a sumarse una segunda limitación de un signo contrario: el trabajador carecía de un derecho a la estabilidad en su empleo, ya que se partía de la contratación temporal como supuesto habitual; y respecto de los contratos indefinidos se reconocía a ambos contratantes (trabajador y empresario) idéntica facultad de resolver unilateralmente el contrato

B) La Prolongación de las Jornadas

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