Glosario De Etica Profecional
Enviado por nayomicarrillo • 30 de Noviembre de 2014 • 334 Palabras (2 Páginas) • 327 Visitas
1. Contraprestación: El psicólogo/a presta un servicio profesional a su cliente, a cambio
de lo cual es retribuido por los honorarios que éste paga al profesional.
2. Secreto Profesional: Las confidencias, antecedentes diagnósticos, antecedentes
clínicos, pronósticos, terapéuticas y otros antecedentes significativos relacionados con
el paciente en la atención profesional del Psicólogo/a, están protegidos por el
SECRETO PROFESIONAL el cual constituye un DERECHO para el paciente y un
deber para el psicólogo/a. El secreto Profesional perdura para siempre salvo las
excepciones taxativas del Código de Etica.
3. Confidencialidad: Se refiere al cuidado y resguardo en el registro de los antecedentes
de un paciente o cliente: informes psicológicos, fichas clínicas, certificados u otros, que
pueden ser conocidos por terceros por razones administrativas o profesionales.
4. Derivación Profesional: Es el acto de referir un paciente o cliente a otro profesional o
psicólogo/a atendida su especialidad o especial formación y destreza en un campo
específico, necesario en la atención y/o tratamiento del paciente o cliente. Este acto
también puede denominarse Referencia.
5. Interconsulta: Es el acto por el cual se requiere la opinión de otro especialista en el
diagnóstico o tratamiento de un paciente.
6. Supervisión: Es la actividad profesional y/o docente en que alumnos o colegas ponen
en consulta sus dudas sobre su actuación profesional respecto a una persona o grupo,
frente a otro que para estos efectos desempeñan el rol de supervisor.
7. Relación profesional: Es la que tiene lugar entre el psicólogo/a y su paciente/s o
cliente/s a partir de un convenio de atención profesional.
8. Consentimiento Informado: Es la libre expresión de la voluntad del paciente o cliente
para aceptar el uso de instrumentos de diagnóstico o tratamiento en fase experimental,
previa información veraz, precisa y detallada, por parte del profesional
correspondiente, respecto de la naturaleza de dicha atención profesional y de sus
consecuencias, alcances y riesgos.
9. Información Privilegiada: Es la información que el psicólogo/a sólo ha podido
obtener como consecuencia de la atención profesional a quién o quiénes por su
especial ubicación en una fuente de información, tengan acceso y hayan revelado
al profesional, antecedentes reservados que de otra forma éste no abría podido
obtener, y cuya utilización pudiera provocar daños a terceros
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