HISTORIA BREVE DE LA EDUCACIÓN EN VENEZUELA)
Enviado por adelfocagua • 21 de Octubre de 2011 • 345 Palabras (2 Páginas) • 952 Visitas
Ley de Universidades
TITULO I
DISPOSICIONES FUNDAMENTALES
Artículo 1. La Universidad es fundamentalmente una comunidad de intereses espirituales que reúne a
profesores y estudiantes en la tarea de buscar la verdad y afianzar los valores trascendentales del
hombre.
Artículo 2. Las Universidades son Instituciones al servicio de la Nación y a ellas corresponde
colaborar en la orientación de la vida del país mediante su contribución doctrinaria en el
esclarecimiento de los problemas nacionales.
Artículo 3. Las Universidades deben realizar una función rectora en la educación, la cultura y la
ciencia. Para cumplir esta misión, sus actividades se dirigirán a crear, asimilar y difundir el saber
mediante la investigación y la enseñanza; a completar la formación integral iniciada en los ciclos
educacionales anteriores; y a formar los equipos profesionales y técnicos que necesita la Nación para
su desarrollo y progreso.
Artículo 4. La enseñanza universitaria se inspirará en un definido espíritu de democracia, de justicia
social y de solidaridad humana, y estará abierta a todas las corrientes del pensamiento universal, las
cuales se expondrán y analizarán de manera rigurosamente científica.
Artículo 5. Como parte integral del sistema educativo, especialmente del área de estudios superiores,
las Universidades se organizarán y funcionarán dentro de una estrecha coordinación con dicho
sistema.
Artículo 6. La finalidad de la Universidad, tal como se define en los artículos anteriores, es una en
toda la Nación. Dentro de este concepto se atenderá a las necesidades del medio donde cada
Universidad funcione y se respetará la libertad de iniciativa de cada Institución.
Artículo 7. El recinto de las Universidades es inviolable. Su vigilancia y el mantenimiento del orden
son de la competencia y responsabilidad de las autoridades universitarias; solo podrá ser allanado
para impedir la consumación de un delito o para cumplir las decisiones de los Tribunales de Justicia.
Se entiende por recinto universitario el espacio precisamente delimitado y previamente destinado a la
realización de funciones docentes, de investigación, académicas, de extensión o administrativas,
propias de la Institución.
Corresponde a las autoridades nacionales y locales la vigilancia de las avenidas, calles y otros sitios
abiertos al libre acceso y circulación, y la protección y seguridad de los edificios y construcciones
situados dentro de las áreas donde funcionen las universidades, y las demás medidas que fueren
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