Historia De Derecho En Mexico
Enviado por rommelmelo1984 • 30 de Julio de 2013 • 3.337 Palabras (14 Páginas) • 405 Visitas
Introducción
En este trabajo de investigación se hablara acerca del derecho Mexicano desde su inicio ya que es importante conocer como se inicia el Estado de derecho aquí en México es por eso que en esta investigación se explicara cómo es que se había venido desarrollando el Estado de derecho . Se hablara de cuáles eran los principales derechos que se manejaban en las diferentes culturas Mexicanas como los mayas, aztecas, olmecas y puré pechas y cuáles de estos derechos que se manejaban hace cientos de años actualmente siguen vivos en nuestra constitución. También se explicara acerca de la conquista de México y que trajo consigo esta conquista y cuáles fueron las consecuencias de esta así como que dejo esta conquista en el territorio Mexicano. Se hablara acerca de las diferentes constituciones que tubo México y los diferentes sistemas de gobierno del país. Es por eso que se te invita a leer esta investigación y ser un testigo más de esta reseña histórica del Estado de derecho Mexicano.
Desarrollo
1. LA NORMA JURIDICA EN LAS CULTURAS PREHISPANICAS
1.1 EL MEXICO INDIGENA
Desde el siglo XVI, los pueblos indígenas no habían figurado como sujetos del Derecho internacional; la conquista y la colonización que soportaron los sumergió en el olvido, la pobreza, la discriminación, la explotación y otras prácticas abyectas que por siglos han padecido. Prejuiciosamente, quizá con la intención de justificar la marginación que dichos pueblos han resistido con estoicismo, se ha dicho con insistencia que la miseria, el atraso tecnológico y los bajos niveles de vida de los pueblos indígenas se deben a causas internas de los propios pueblos, tales como la falta de organización, la ignorancia, el desinterés o alguna causa innata de incapacidad que les impide el progreso personal o de grupo.
Históricamente, en México la legislación no hace referencia al derecho indígena; fue la legislación española la que entró incipientemente en la materia merced a “las Leyes de Indias”, ordenamiento que establece un criterio para distinguir al indígena, aclara que es aquel natural hijo de padres naturales, es decir, se concibe al indígena a partir del nacimiento en un lugar determinado.
La Constitución de Cádiz omite toda referencia en materia étnica; lo mismo aconteció con las Constituciones mexicanas de 1836 y 1857; la única que hace mención de los indígenas o indios es la de 1824, exactamente en el artículo 50, que establecía las facultades excesivas del Congreso General; la fracción XI disponía: “Arreglar el comercio con las naciones extranjeras y entre los distintos Estados de la federación y tribus de los indios”.
Existe un alto grado de probabilidad que este precepto constitucional se deba a la imitación de otro similar en la Constitución norteamericana, en el cual se basó el legislador mexicano; el contenido semántico de la palabra “indios” no corresponde al esquema sociológico que tenemos del indígena en este país, podrá haber semejanza pero no identidad.
En la original Constitución mexicana de 1917 tampoco se hace referencia al etnicismo, entre otros motivos por su contenido social, mediante el cual se trató de integrar a los pueblos indígenas al desarrollo nacional, imponiéndoles un modelo económico y un proyecto nacional, en ocasiones incompatible con sus peculiares tradiciones o creencias idiosincráticas.
El artículo 1º de la Carta Magna establece que todo individuo gozará de las garantías que ella otorga, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que la misma establece.
En este principio se fundamenta la tesis integracionista, cuya pretensión es la integración de los grupos étnicos a la nación, sin considerar que el auténtico espíritu de justicia y equidad debe basarse en el reconocimiento y el respeto del derecho a la diferencia cultural.
En México diversos ordenamientos jurídicos e instituciones públicas han intentado la reivindicación de los derechos de los pueblos indígenas; figuran entre ellos la Ley de Desamortización de Bienes de Manos Muertas de 1856, cuyo objeto era resolver uno de los problemas más lacerantes de las comunidades indígenas, el problema de la tenencia de la tierra; la Ley Agraria de 1915 dio continuidad a la anterior. Se estableció la Procuraduría de Pueblos, institución que data del año de 1921, cuyo cometido era patrocinar a dichas comunidades en el latente problema agrario; en 1925 se estableció la Casa del Estudiante Indígena y en 1936 el Departamento Autónomo de Asuntos Indígenas.
1.2 LAS CULTURAS ARIDOAMERICAS
En la zona norte de la actual República Mexicana y en el sur de los Estados Unidos, entre las cordilleras occidental y oriental de la Sierra Madre, las condiciones ambientales determinaron en gran medida la vida de sus pobladores. En estas regiones extremadamente áridas, con lluvias escasas e irregulares, con grandes llanuras y serranías semidesérticas, era prácticamente imposible cultivar, por lo que la mayoría de sus habitantes fueron nómadas, excelentes conocedores de su fauna y flora.
Los pueblos de Aridoamérica habitaban cuevas y se alimentaban con nopales, agaves y bellotas; sobrevivían consumiendo la fauna y flora del desierto, en lo referente a instrumentos, utilizaban hachas, metates de laja, martillos de piedra; y arcos con flechas para cazar. Existen evidencias de que practicaron el comercio intercambiando pescado que se obtenía de alta mar, pescaban con botes de madera y se establecieron en aldeas sobre todo durante el invierno.
Aquellos grupos humanos mantuvieron contacto con los pueblos de Mesoamérica, por lo que algunos practicaron durante breves periodos de tiempo formas primitivas de agricultura. La dura vida en el paisaje desértico no les permitió dedicarse a actividades refinadas como la escritura, la construcción de pirámides y una cultura urbana. La permanencia de esos grupos nómadas de cazadores-recolectores, en un entorno difícil debe verse sin embargo como un notable logro cultural.
México fue el asentamiento de algunas de las civilizaciones más antiguas y desarrolladas del hemisferio occidental. Existe evidencia de que una población dedicada a la caza habitó el área hacia el año 21000 a.C. o incluso antes. La agricultura comenzó alrededor del año 5000 a.C.; entre los primeros cultivos estuvieron la calabaza, el maíz, el frijol y el chile. La primera civilización mesoamericana importante fue
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