Historia Medieval Final
Enviado por noemir09 • 12 de Febrero de 2018 • Resumen • 2.355 Palabras (10 Páginas) • 109 Visitas
Autor Ganshof F-El feudalismo Barcelona 1963
El feudalismo es como un tipo de sociedad cuyo caracteres determinante son: un desarrollo elevado a lazos de dependencia de hombres a hombres, con una clase de guerrero especializado que ocupan los peldaños superiores de dicha jerarquía, una fragmentación extremada del derecho de propiedad ,una jerarquía de los derechos sobre la tierra nacida de dicha fragmentación ,jerarquía que corresponde a la misma jerarquía en los lazos de dependencia personal que acabamos de mencionar; uña fragmentación del poder público que crea en cada país una jerarquía de instituciones ,autónomas ,en las cuales ejercen un poder propio de acuerdo a los poderes atribuidos normalmente al estado y a menudo , la misma fuerza afectaba de este en una época anterior .
Este tipo de sociedades que a veces se llama también “el régimen feudal”, es el que conoció la Europa occidental en los siglos X,XI y XII.es propio de los estados que surgieron a través de la desintegración del imperio carolingio tales como Francia , Alemania , el reino de borgoña –Provenza la Italia de la época y también de los países la influencia de dichos estados ,como ingletear ,como los reinos cristianos de España y los estados latinos del próximo oriente . Sin embargo en otros lugares y época han existido otros tipos de sociedad que presentan analogías feudales con el feudalismo de la edad media occidental.
Joseph Calmatte y March Bloc, han preferido el termo de feudalismos para la expresión de sociedad feudal .esta distinción tiene las ventajas de poder limitado el uso de la palabra “feudalismo” a los casos en que se daban admitirse la otra acepción de la misma .
De acuerdo con la segunda acepción puede diferenciarse el feudalismo como un conjunto de instituciones que crean y rigen obligaciones de obediencias y servicios principalmente militar , por parte de un hombre libre llamado” vasallo” hacia un hombre libre llamado “señor “y obligaciones de protección y sostenimiento por parte del señor respecto del vasallo dándose el caso de que las obligaciones de sostenimiento tuviera la mayoría de las veces como efecto la concepción , por parte del señor al vasallo , de un bien llamado “feudo” concepción que puede calificarse de jurídico mientas que la primera es sobre todo social y política.
Según el autor las dos opciones, están por otra parte, unidas tanto si se habla de “feudalismo” como de regiones feudales, el tipo de sociedades que hemos intentando definir es aquel en que el feudo constituye la pieza clave de la jerarquía de derechos sobre la tierra que comporta este tipo de sociedad.
El feudalismo, es decir el sistema de instituciones feudo vasallatica, es también y aún más que el feudalismo en sentido amplio, propio de los estados nacionales de la desintegración del imperio carolingio y de los países. Influenciados por dicho estado.
Autores: Lister K,Littles H.Rosensuein: La edad media debates .
¿Qué significa feudalismo? ¿Qué periodo circunscribe? ¿Es un término apropiado?
En 1940, March Bloch consideraba la palabra “feudal “en un sentido tan amplio que llegaban a ser, sus conexiones con la palabra feudo de lo que en un principio había derivado. Bloch para él , el elemento clave de esta sociedad feudal era su sistema de dependencias jerárquicas , en el que unos hombres se subordina a otros.
La esclavitud que adquiere el termino en manos de Bloch le permite hablar de dos épocas feudales definidos .La primera había comenzado con el quiebre del mundo carolingio y los asaltos de húngaros, escandinavos y musulmanes dejaron atrás de si una Europa desplomada y ruralizada,y la segunda comienza a mediado del siglo XI, con el crecimiento de las ciudades y de una nueva economía monetaria.
Mientras que George Duby propuso una confiscación fundamental del esquema de Bloch .En primer lugar tomando como base el material regional argumentando que las instituciones carolingia habían persistido hasta bien entrado en los siglos X de esta manera elimina la primera hipótesis de March época feudal de Bloch y en el segundo lugar apunto a la importancia excepcional de los primeros treintas años del siglo XI , como el momento en el que “el sistema simple y coherente de los carolingio deja paso a una concepción muy confusa de la función judicial enteramente a merced de las relaciones y las consideraciones domésticas.
Duby antes del año 1000 había instituciones “publicas”. Después de esta fecha pasaron a ser “privadas” y “casi familiares”, antes del año mil el conde, rodeado de los grandes hombres de la región tenía verdaderas “jurisdicciones territorial” y se sentaba en el tribunal en tanto que juez , con el poder de hacer cumplir sus decisiones después de este año ,el conde paso a ser el centro de las relaciones personales y empieza a presentarse como “arbitro y conciliador”, sin más poder el que acompaña a las maldiciones y la expresión de buenas intenciones ; y únicamente acudía a su tribunal quienes eran un grupo reducido de hombres , los militares armados (caballeros), mientras que los grandes señores , protegidos por sus castillo, tenían sus propios tribunales y judiriccion.
Por otro lado “alrededor del año 1000 surgieron los primeros protestas contra la imposición de usos injustos sobre las tierras de otras. Duby se refiera aquí a una modificación en la naturaleza de los impuestos .Sostenía que los impuestos habían sido públicos antes de estas fechas y la imposición había corrido a cargo de los reyes o sus agentes .pero así también alrededor del año 1000 el vocabulario sufrió una trasformación: Los impuestos comenzaron a recibir nombres de “usos” y a menudos de usos “malos” o “injustos”. Según el autor estos cambios en los vocabulario lo vínculo con el de desarrollo social y político :señores privados como los castellanos quienes establecieron sus propios impuestos sobre la población de los alrededores , ya fueran campesinos independientes que poseían sus propias tierras (es decir campesinos que poseían sus propios aladios) o gente que vivía en tierras de la iglesia que el señor consideraba parte de su “señorío banal”. De este modo el señorío se convirtió en el núcleo político del nuevo orden .ya que el señor imponía su poder de “ben”, es decir, su derecho de mantener, obligar, juzgar. e imponer sanciones , no solo sobre los hombres y las mujeres que habitaban en sus propiedades , sino también sobre quienes cedían más allá de estos o en sus intenticos. Ojo no es lo mismo el señorío banal que el señorío territorial ya que se trata de una forma de señoríos sobre las personas.
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