IMPUTABILIDIDAD
Enviado por LICMILLO • 8 de Julio de 2014 • 1.259 Palabras (6 Páginas) • 182 Visitas
“PRINCIPIOS QUE RIGEN EL PROCESO PENAL”
“Igualdad ante la Ley”:Todas las personas, en igualdad de circunstancias, deben tener la posibilidad de actuar o ser juzgadas ante los mismos jueces con iguales poderes, sujeciones, facultades, formalidades.
Suspensión de Fueros y Privilegios: “No hay prerrogativas de sangre ni de nacimiento; ni hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza”, en razón de lo cual nadie puede invocar privilegios o prerrogativas para ser juzgados si no que todos los ciudadanos deben ser juzgados ante los jueces comunes acorde al sistema judicial establecido. (Articulo 12° Constitucional, Articulo 13°).
“Juicio Previo”: Que ningún habitante de la nación será penado sin juicio previo fundado en la ley anterior al hecho del proceso.
“Defensa en Juicio”: Prevéla inviolabilidad de la defensa en juicio de las personas y de sus derechos, vulnerado cuando se impide a las partes el ser oídas durante el proceso o se les niega algún derecho procesal como el de producir prueb
“Arresto por Autoridad Competente”: Dispone que nadie puede ser arrestado si no en virtud de orden escrita de autoridad competente.
“Principio de Inocencia”: Nadiepodrá ser “considerado culpable mientras
una sentencia firme no desvirtúe la presunción de inocencia de que todo imputado goza”.
ARTICULOS DE REFERENECIA
Artículo 13. Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. Ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar más emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley. Subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar; pero los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército. Cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda.
Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.
Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.
En los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía, y aún por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.
En los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en los principios generales del derecho.
Artículo 15. No se autoriza la celebración de tratados para la extradición de reos políticos, ni para la de aquellos delincuentes del orden común que hayan tenido en el país donde cometieron el delito, la condición de esclavos; ni de convenios o tratados en virtud de los que se alteren los derechos humanos reconocidos por esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.
Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.
No podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, sancionado con pena privativa de libertad y obren datos que establezcan que se ha
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