INTRODUCCIÓN GENERAL AL TRABAJO DE INVESTIGACION
Enviado por • 7 de Noviembre de 2013 • 3.449 Palabras (14 Páginas) • 377 Visitas
INDICE DE ABREVIATURAS
De C.: Antes de Cristo
Art.: Articulo.
AS.: Auto Supremo.
BOE.: Boletín Oficial del Ejército.
C.E.E.: Comunidad Económica Europea.
CADH.: Convención Americana de los Derechos Humanos.
CE.: Constitución Española.
CICC: Convención Interamericana Contra la Corrupción.
CIDOB: Centrales Indígena del Oriente Boliviano.
Coord.: Coordinador/a.
CP.: Código Penal.
CPE.: Constitución Política del Estado
CPN: Código Penal Nacional.
CPPM.; Código de Procedimiento Penal Militar.
d. de C.: Después de Cristo.
D.F.: Distrito Federal.
D.N.: Distrito Nacional.
Dir.: Director/a.
Dr. Doctor.
Ed. Editorial, Edición, Ediciones.
Et. Lit.: Existen otros Literatos y/o Literatura.
FESENTEL. Federación Sindical de ENTEL.
INRA.: Instituto Nacional de Reforma Agraria.
LEC: Ley de Enjuiciamiento Civil.
Pág.: Pagina.
N°: Numero.
Mcal: Mariscal.
S.: San.
S.A. Sociedad Anónima
S.C. Sentencia Constitucional.
S.L.: Sociedad Limitada.
SAFCO: Administración Financiera y Control Gubernamental.
TC.: Tribunal Constitucional.
TEDH: Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
TPJM: Tribunal Permanente de Justicia Militar.
TS.: Tribunal Supremo.
UNAM: Universidad Nacional Autónoma de México.
UNED: Universidad Nacional de Educación a Distancia.
Vol.: Volumen.
INTRODUCCIÓN GENERAL AL TRABAJO DE INVESTIGACION
La expropiación es una Institución de Derecho Público en virtud de la cual la administración, con fines de utilidad pública o social, adquiere coactivamente bienes pertenecientes a los administrados, conforme al procedimiento determinado en las leyes y mediante el pago de una justa indemnización.
La expropiación es un modo de perder la propiedad de un bien, por no cumplir una función o cuando es requerida por el interés colectivo, ya sobre este tema hace la referencia en la declaración de los Derechos del Hombre y del ciudadano de 2 de Octubre de 1789 emitida por la Convención de Francia mencionando que “siendo la propiedad un Derecho inalienable y sagrado nadie puede ser privado de ella sino cuando la necesidad publica legalmente comprobada lo exige y a condición de una justa y previa indemnización”.
Como también hace referencia sobre este tema nuestra Constitución política del estado en su Art. 57. Y en nuestro precepto legal Código Civil en su Art. 108. Los cuales parten de un principio de una indemnización justa al Expropiado, debido a esta causa me llama la atención realizar la investigación y asi identificar los tipos de expropiación, la función que cumple en la sociedad y su legislación no solo en nuestro ordenamiento jurídico sino hacer una comparación con otras legislaciones y llegar a una conclusión clara sobre si se esta cumpliendo con el derecho de propiedad, la justa indemnización y sobre todo si la expropiación cumple con la ley de tal forma que podamos hacerles llegar esta investigación a todos los lectores de la materia aportando también a la doctrina..
CAPÍTULO – I
HISTORIA DE LA FUNCION JURISDICCIONAL EN EL ESTADO MODERNO PRINCIPÌOS CONSTITUCIONALES DE LA EXPROPIACION POR UTILIDAD PUBLICA
1.- INTRODUCCION
La expropiación moviliza de manera simultánea el poder estatal y la propiedad privada. Al estudiarla, podemos explorar algunas de las transformaciones de los estados contemporáneos en el contexto de la globalización. Una visión panorámica de las tendencias mundiales en el régimen de la expropiación deja ver que no se trata de un proceso homogéneo.
La expropiación aparece en los manuales jurídicos como una "figura jurídica" y entre las políticas públicas como "un instrumento". Pero no es ni una figura jurídica ni un instrumento cualquiera: es un poder en más de un sentido excepcional del estado. Por eso llama la atención que hoy en día esté sometida a un profundo cuestionamiento. La expropiación es uno de los poderes fundamentales de todo estado: el de suprimir legítimamente la propiedad a nombre de un interés que se considera superior, desde una perspectiva constitucional, la expropiación es parte esencial de lo que Carl Schmitt llamó el nomos de la tierra, es decir, del arreglo territorial primordial que es consustancial a todo estado (Schmitt, 1979). Desde donde se le mire, la expropiación tiene un carácter (re)fundacional y de ahí la importancia de comprender cabalmente sus transformaciones.
Aquí nos proponemos analizar las causas de la expropiación, los tramites correspondientes como parte de una problemática más general: la relativa a las transformaciones de los estados nacionales en el marco de la globalización. Creemos que lo que ocurre con el régimen expropiatorio es un indicador fuerte de lo que ocurre con el poder estatal en general.
2. CAUSAS DE LA EXPROPIACION
2.1 Expropiación por causa de utilidad pública
La expropiación es la apropiación de bienes que hace el estado para atender una necesidad del pueblo y mediante indemnización, generalmente se trata de una compra forzosa que realiza el gobierno cuando los particulares se resisten a no venderle, le ponen condiciones inaceptables o se niegan a tratar con él, entonces el estado tiene que hacer uso de su autoridad utilizando dicha figura jurídica, sobre todo cuando es necesario adquirir el bien o los bienes que demanda la sociedad para cubrir una causa de utilidad pública.
Tiene significado variable, pero según Bielsa son los intereses colectivos los que determinan la necesidad y utilidad que se tenga acerca de un propiedad.
2.2 No cumplir una función social
L a segunda causa es cuando la propiedad no cumple una función social.
Sabemos que la función social es un deber impuesto por ley, entonces cuando una propiedad no cumple esa condición, no produce beneficio para la colectividad, sea por negligencia o abandono del propietario, procede la expropiación.
La C.P.E. garantiza y protege la propiedad privada cuando cumple la función social, caso contrario se aplica la expropiación .
3. FUNDAMENTOS DE LA EXPROPIACION
3.1 teoria de la venta forzosa
Considera que la expropiacion es una venta forzosa.
3.2 Teoria del dominio eminente del estado.
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