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Importancia De La Libertad De Expresión En Venezuela


Enviado por   •  18 de Agosto de 2013  •  2.344 Palabras (10 Páginas)  •  483 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD JOSE ANTONIO PAEZ

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO

DERECHOS HUMANOS

IMPORTANCIA DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN LA DEMOCRACIA

INTEGRANTES:

FABIANO CLAUDIA 24.553.969

FRANCO KELLYS 23.414.296

GUERRA CARLOS 200.949.780

TORTOLERO ADRIANA 24.553.957

UZCATEGUI PAOLA 22.225.260

SAN DIEGO, MAYO DE 2013

Los derechos humanos son lo más propio que puede tener una persona, que nacen con ellos, que no se compran o adquieren con el transcurrir del tiempo sino que al nacer ya los posee, estos derechos humanos son la barrera o freno que tiene el estado al momento de ejercer su poder sobre los ciudadanos, de tal forma que no se cometan injusticias, o atropellos que puedan afectar seriamente a los ciudadanos, entre el amplio catálogo de derechos humanos podremos encontrar: Derecho a la vida, Derecho a la salud, Derecho a la educación, derecho a una vivienda digna, derecho a la libertad de expresión, todos con el mayor grado de importancia, ninguno superior a otro.

Actualmente uno de los derechos humanos que ha sido vulnerado con frecuencia es el derecho a la libertad de expresión, donde el estado comete atropellos continuos hacia canales de televisión, periódicos y otros medios de comunicación, que forman parte de un país, que cumplen con lo establecido en nuestra carta magna, la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y aun así, en nuestra historia se marca que cuando los detentadores del poder creen que un medio de comunicación habla cosas no favorables de su gobierno es necesario actuar de inmediato, y las medidas son, aunque muchas veces no lo admiten, violar el derecho a la libertad de expresión.

Incluso es tanta la vulneración que este derecho ha sufrido que quienes detentan el poder han restringido el derecho de palabra a diputados que representan a un pueblo en el parlamento, tal es el caso de los diputados de la bancada opositora en la Asamblea Nacional de Venezuela, quienes por no reconocer como legitimo al gobierno fueron cohibidos del derecho a palabra, es ese preciso momento donde de manera descarada se viola el derecho a la libertad de expresión, remontándonos a años anteriores (2007) encontraremos el caso de RCTV (Radio Caracas Televisión) donde por diferentes motivos no le fue renovada la concesión, saliendo del aire casi que de inmediato, y así podríamos seguir citando casos donde el derecho a la libertad de expresión ha sufrido un duro golpe.

En nuestra constitución actual (1999) encontraremos el basamento legal de este derecho a la libertad de expresión, donde claramente se nos muestra cual es el deber ser, que al momento de compararlo con la realidad es algo totalmente diferente.

Artículo 57. Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura. Quien haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa.

Se prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades.

El abogado Juan Garay en sus comentarios realizados a la constitución establece lo siguiente: “La libertad de expresión es una de las más famosas conquistas civiles del hombre, consagrada en todas las constituciones del mundo civilizado y reprimida a menudo con cárcel.”

Artículo 58. La comunicación es libre y plural, y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral.

El articulo 58 utiliza un término que con frecuencia es utilizado por los medios de comunicación que intentan regirse por las limitaciones que establece el estado al momento de difundir alguna información, tal termino es “Imparcial”, la imparcialidad es algo difícil de aquilatar pues todos tenemos juicios y parcialidades en uno u otro sentido. Y respecto a la veracidad, muchas veces lo que se publica, aun siendo cierto no es comprobable.

Al darle una definición concreta a libertad de expresión tendríamos que La libertad de expresión es una piedra angular y derecho fundamental en la existencia misma de una sociedad democrática. Es indispensable para la formación de la opinión pública.

Para filósofos como Montesquieu, Voltaire y Rousseau la posibilidad de opinar fomenta el avance de las artes y las ciencias y la auténtica participación política, no solo en estos tres aspectos sino en el desarrollo general de un estado, en donde todos los aspectos que lo conforman deben ir concatenados y de esta forma poder marchar perfectamente, además de ser un trabajo conjunto donde pueblo y estado puedan participar libremente.

Estos autores han establecido sus distintas teorías y opiniones, donde cada uno por su parte nos muestra como la libertad de expresión es pieza principal en el desarrollo de un gobierno democrático, con pluralidad de pensamientos e ideales.

Podemos observar claramente que tal derecho va mezclado a lo que significa “Democracia” y ciertamente es porque sin libertad de expresión, no existe un régimen democrático, es decir, no se puede hablar de democracia donde es prohibida la pluralidad de pensamientos, ideales y opiniones, siendo esta una de las características fundamentales de los regímenes democráticos, y democracia es aquel sistema de gobierno, en el cual la soberanía del poder reside y está sustentada, en el pueblo, donde prevalecen los principios rectores del ordenamiento jurídico del estado y la sociedad, la igualdad social, la justicia social, la no exclusión,

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