Integracion Latinoamericana
Enviado por ysbri • 11 de Noviembre de 2014 • 2.336 Palabras (10 Páginas) • 199 Visitas
Una Organización Comunitaria, es aquella organización con personalidad
jurídica y sin fines de lucro, que tiene por objeto representar y promover valores e intereses específicos de la comunidad, deberá
respetar la libertad religiosa y política de sus integrantes, quedándoles prohibida toda propaganda, campaña o acto proselitista por estas materias.
Según: la constitución de la republica bolivariana de Venezuela; articulo 62:
"Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas, la participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública, siendo necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo”.
En lo refiere el articulo anterior, todos y todas somos iguales ante la ley con deberes y derechos que cumplir.
Sin embargo esto no se cumple a cabalidad debido a diferentes dificultades que presenta cada uno de esas políticas implementadas por el gobierno actual.
Caracas, Domingo, 24 de marzo de 2013
Retos de la Organización comunitaria para el fortalecimiento de una sociedad democrática
Miguel González Marregot
Lunes, 6 de junio de 2011
La sociedad venezolana se encuentra sumergida en un amplio proceso de debate y redefinición del paradigma socio-político, que la han venido sustentando en búsqueda de un nuevo modelo de organización política para el país. En realidad, han entrado en serio cuestionamiento los partidos, los mecanismos tradicionales de representación popular y los modelos tradicionales de gobierno. En ese contexto y, como consecuencia de ello, las organizaciones comunitarias y sociales han venido cobrando mayor relevancia durante los últimos años; llenando espacios que incluso correspondían a otros actores tradicionales. De la misma manera, se han hecho presentes tendencias hacia la cooptación y el clientelismo de los movimientos sociales y comunitarios; bajo una visión hegemónica de las relaciones entre el binomio Estado-sociedad.
Las organizaciones comunitarias
Las organizaciones comunitarias son asociaciones voluntarias de ciudadanos y ciudadanas de carácter no estatal con autonomía de gestión y de carácter diverso y plural. Las organizaciones comunitarias implican actividad e interés social en manifestación de apoyo o no, a un tema de manera temporal o permanente. Surgen debido a la pérdida de eficacia del sistema político, para procesar las demandas sociales. En términos generales, las organizaciones comunitarias desarrollan su actividad social en ámbitos territoriales específicos (tales como; el barrio, el caserío y las parroquias); aunque también y según su área temática, su gestión puede trascender a nivel nacional.
Las organizaciones comunitarias son expresiones de organización y participación ciudadana; por lo tanto son parte de la sociedad civil. En su actividad diaria establecen relaciones con su propia comunidad, con otras organizaciones de su entorno inmediato o área temática, con entidades estatales y con organizaciones empresariales. Además, las organizaciones comunitarias se encuentran reguladas; tanto por el marco constitucional como por leyes especiales y ordinarias específicas, además de sus propias normas.
Las organizaciones comunitarias son también expresión del ejercicio legítimo de los derechos humanos a la libre asociación y participación. De allí que, se constituyen al margen del Estado y de los partidos políticos; adoptando en algunos casos relaciones conflictivas con ellos, por la defensa de sus intereses específicos. La acción de estas organizaciones ciudadanas alcanza la promoción e implementación de reformas dentro del sistema político; utilizando para ello instrumentos legales y medios de movilización compatibles con su propósito.
Organizaciones Comunitarias y Empoderamiento
El empoderamiento ciudadano -en términos sencillos y útiles-, es el proceso a través del cual tanto individuos como comunidades obtienen conciencia y control sobre los procesos que inciden o pueden incidir en su calidad de vida inmediata. En los procesos de empoderamiento ciudadano, individuos y comunidades se movilizan en los ámbitos político y social, para obtener beneficios que redunden en sus condiciones de existencia. El empoderamiento popular requiere de comunidades y colectivos fuertes mediante, al menos: i) el desarrollo de modelos de organización interna de naturaleza democrática; ii) la capacidad para emprender procesos de diagnóstico y planificación, autónomos y participativos; iii) la capacidad de negociación y concertación con otros colectivos y con las autoridades públicas y, iv) el desarrollo de la corresponsabilidad y de control social de la gestión gubernamental y de su propia operatividad.
El empoderamiento ciudadano es una actitud reivindicativa que persigue la inclusión de aquellas comunidades menos favorecidas en la construcción de una sociedad más democrática, equitativa y justa. Aquellas organizaciones comunitarias capaces de desarrollar las características señaladas en áreas tales como: la educación comunitaria, la cultura, el tratamiento del medio ambiente, la salud, la defensa de los derechos humanos de sectores poblacionales específicos (adolescencia y niñez, discapacitados, mujeres, tercera edad; entre otras), se convertirán en referentes legítimos de sus integrantes, de sus comunidades (territoriales o temáticas) y de todos aquellos que no tienen voz.
Necesidad de fortalecimiento y reconocimiento institucional entre la sociedad civil y el Estado.
La actividad de las organizaciones comunitarias es una expresión sustantiva de la relación Estado-sociedad. En el caso venezolano, la Constitución Bolivariana contiene en su texto mandatos precisos en la relación que debe existir entre las comunidades organizadas y el Estado. El llamado protagonismo, la participación en la formación y ejecución de los asuntos públicos, la corresponsabilidad y el control de la gestión pública, son algunos de los aspectos que están establecidos como derechos en nuestra Carta Magna.
Sobre el protagonismo en la gestión de gobierno de las organizaciones comunitarias y sociales, el artículo 184 de la CRBV, establece las siguientes oportunidades: i) descentralización y transferencia de programas a comunidades y grupos vecinales organizados; ii) participación de comunidades y ciudadanos (as), asociaciones vecinales y organizaciones sociales en la formulación de propuestas de inversión, en los planes de inversión y el control de obras y programas sociales; iii) impulso de nuevas formas de organización
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