Introduccion Al Derecho Romano
Enviado por elhijodeperra • 6 de Septiembre de 2012 • 2.118 Palabras (9 Páginas) • 523 Visitas
UNIDAD I.
Introducción al Derecho Romano
1.1.1 Concepto de Derecho Romano
En un país cuya legislación a menuda es rebasada por la realidad, cuya saturación de códigos y reglamentos complica, en lugar de facilitar que los ciudadanos cumplan con sus obligaciones, resulta necesario que aquellas personas que tienen la delicada tarea de impartir clases en las universidades traten de exponer sus argumentos con claridad, y que no solo le proporcionen al alumno conceptos abstractos, sino que todo lo que se vierte en clase cuente con un marco teórico útil para facilitar el proceso de enseñanza aprendizaje.
Un hecho que resulta evidente en el mundo contemporáneo, es que el ser humano depende en gran medida de sus semejantes para sobrevivir; la obtención de los bienes de consumo que llegan hasta nuestros hogares no sería posible sin la participación de toda una cadena de individuos que, mediante distintas labores, facilitan la obtención de dichos satisfactores.
Semejante estado de dependencia no solo se da entre las personas, también las naciones han tenido que aprender a convivir y comerciar independientemente de sus discrepancias ideológicas. Por otra parte, los países aislados encuentran cada vez mayores dificultades para hacer que su población tenga niveles de vida satisfactorios. En otras palabras, al hombre no le es posible elegir entre la convivencia y el aislamiento, es decir, forzosamente debe de establecer relaciones con aquellos que le rodean, ello en función de hacer posible la subsistencia.
De este modo, el primer elemento clave en la búsqueda de un concepto válido de Derecho Romano es sin lugar a dudas "convivencia", porque, como ya advertimos, los individuos de todas las regiones del hemisferio y de todas las épocas han tenido que hacer de este vocablo un objeto de uso cotidiano. No está en duda que hayan existido personas que trataron de llevar una vida aislada, pero todas las culturas que alcanzaron un desarrollo mínimo basaron su éxito en el trabajo conjunto. Nuevas investigaciones nos permiten saber la existencia de tribus que hasta ahora nos eran desconocidas en el margen del Río Amazonas, pero nuevamente se trata de comunidades, nunca de individuos aislados.
Un agregado humano que convive en un determinado territorio, pero privado de la más elemental organización no sería nunca una sociedad
Sería ingenuo pensar que por sí misma la necesidad de sobrevivir bastaría para mantener unido a un grupo. En una época remota puede haber ocurrido este fenómeno, pero a medida que el grupo humano se hace màs numeroso y la autoridad deja de girar en torno a la figura paterna y en algunos casos materna, indudablemente se producen conflictos, desacuerdos sobre la propiedad, en este momento el hombre recurre a un elemento externo que encontramos en su forma embrionaria: dicho elemento no es otro que la Costumbre.
La costumbre es, sin duda, la más antigua de las fuentes del derecho y la primera en el orden histórico.
La costumbre se forma de manera casi imperceptible, por la repetición continua de actos o conductas que, poco a poco, van adquiriendo carácter obligatorio en la conciencia social, y por ende se convierten en exigencias colectivas. De esta forma, es la propia comunidad la que establece el tipo de prácticas consideradas como válidas o tolerables en una sociedad, diferenciándolas de aquellas que resultan contrarias al conglomerado humano.
Cuando una costumbre logra imponerse en una sociedad y llega a ser considerada como una necesidad jurídica (es decir de cumplimiento obligatorio) se transforma en derecho consuetudinario.
Sin embargo, es preciso distinguir entre la costumbre como fuente del derecho, como fuente de obligaciones cuyo cumplimiento la sociedad puede exigir al individuo y los usos o convencionalismos sociales, que en caso de transgresión no generan otra cosa màs que la desaprobación y el rechazo social.
Las sociedades modernas han legislado la mayor parte de los aspectos que consideran relevantes para la subsistencia de la entidad colectiva, esto nos ha hecho subestimar la importancia que tiene la costumbre dentro del ámbito jurídico, sin embargo, no está en duda que se trata de una de las fuentes màs relevantes de que disponemos, y que constituye la piedra angular del Derecho en cualquier país.
Podemos caer en el error de pensar que la costumbre por sí misma permitirá mantener la cohesión del grupo social, sin embargo es necesario analizar los elementos que integran la costumbre a fin de determinar cómo esta llegar a establecerse como obligatoria en el imaginario colectivo.
Nos encontramos en aptitud de proporcionar un concepto de Costumbre mismo que nos será de utilidad no solo en el estudio de nuestra materia de Derecho Romano sino a lo largo de nuestra formación como abogados:
La costumbre es el conjunto de normas jurídicas que se practican constantemente en una sociedad sin haber sido sancionadas en forma expresa y que se consideran jurídicamente obligatorias.
Dos son los elementos centrales de la costumbre así definida:
1. Un elemento objetivo o material; que consiste en la práctica repetida de una determinada conducta por parte de los miembros de una comunidad que, reiterada de manera uniforme y extendida por un largo periodo de tiempo permite apreciar su aceptación general por el conjunto social.
Un elemento subjetivo o psicológico, que es la opinión o el convencimiento social de que esa forma de obrar es obligatoria. En otros términos, la costumbre se transforma en derecho consuetudinario cuando su práctica habitual y repetida en una comunidad llega a ser considerada como de uso obligatorio, ya sea porque existe la convicción de que es necesaria cumplirla, ya sea porque su cumplimiento puede ser coactivamente reclamado.
La necesidad de subsistir obliga a las personas a relacionarse, estableciendo una convivencia que se da en distintos ámbitos, pero estos vínculos serían precarios si no se establecieran poco a poco límites aceptados por el grupo humano, de esta manera la costumbre es un elemento natural que rige y acompaña el desarrollo de nuestra cultura, se trata de una especie de derecho no legislado.
Ya sea que hablemos de una entidad donde se cuente con un marco jurídico legislado o donde lo que impere sea la costumbre, indistintamente se requiere el reconocimiento de un conjunto de reglas, de normas de conducta que hagan posible la vida pacífica, el desenvolvimiento normal de la actividad de los asociados, con el convencimiento de parte de ellos que la violación de tales normas trae consigo una sanción, un castigo; Estas reglas obligatorias cuyo incumplimiento da lugar a una sanción son las normas jurídicas, las cuales constituyen
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