La Ley Nº 26834 - Ley de Áreas Naturales Protegidas
Enviado por nelson844 • 22 de Octubre de 2012 • Reseña • 2.157 Palabras (9 Páginas) • 941 Visitas
Descripcion
La Ley Nº 26834 - Ley de Áreas Naturales Protegidas del 4-JUL-1997, en su articulo 22º define a los Parques Nacionales como áreas que constituyen muestras representativas de la diversidad natural del país y de sus grandes unidades ecológicas. En ellos se protege con carácter intangible la integridad ecológica de uno o más ecosistemas, las asociaciones de la flora y fauna silvestre y los procesos sucesionales y evolutivos, así como otras características, paisajísticas y culturales que resulten asociadas.
Carateristicas
• Varios ecosistemas. Diversidad biológica relevante.
• Procesos sucesionales, ecológicos y evolutivos.
• Características estéticas y paisajísticas relevantes.
• Usos indirectos: investigación, educación, turismo y recreación.
• No intervenido.
Lista de Parques Nacionales
Los Parques Nacionales en el territorio peruano son:
Cutervo (Cajamarca, 1961)
Tíngo María (Huánuco, 1965)
Manu (Madre de Dios - Cuzco, 1973)
Huascarán (Ancash, 1975)
La Ley Nº 26834 - Ley de Áreas Naturales Protegidas del 4-JUL-1997, en su articulo 22º define a las Reservas Nacionales como áreas destinadas a la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos de flora y fauna silvestre, acuática o terrestre. En ellas se permite el aprovechamiento comercial de los recursos naturales bajo planes de manejo, aprobados, supervisados y controlados por la autoridad nacional competente.
Caracterisricas
• Varios ecosistemas. Diversidad biológica relevante.
• Prácticas de manejo, desarrollo de alternativas sostenibles de uso.
• Uso directo de recursos silvestres: flora, fauna, recursos hidrobiológicos, no aprovechamiento forestal
Paracas (Ica, 1975)
Pampa Galeras (Arequipa, 1967)
Salinas y Aguada Blanca (Arequipa y Moquegua, 1979)
Titicaca (Puno, 1978)
Allpahuayo-Mishana (Iquitos, 2004)
Tumbes (Tumbes, 2006)
Descripcion
La Ley Nº 26834 - Ley de Áreas Naturales Protegidas del 4-JUL-1997, en su articulo 22º define a los Santuarios Nacionales como áreas donde se protege con carácter intangible el hábitat de una especie o una comunidad de la flora y fauna, así como las formaciones naturales de interés científico y paisajístico.
Caracteristicas
• Una o varias comunidades bióticas. Diversidad biológica relevante.
• Especies endémicas, varias o de distribución restringida.
• Formaciones geológicas, naturales únicas (interés científico o paisajístico).
• Usos indirectos: investigación, educación, turismo y recreación.
• No intervenido o mínimamente.
Lagunas de Mejía (Arequipa, 1984)
Ampay (Apurímac, 1987)
Tabaconas Namballe (Cajamarca, 1988)
Manglares de Tumbes (Tumbes, 1988)
Megantoni (Cuzco, 2004)
Descripcion
La Ley Nº 26834 - Ley de Áreas Naturales Protegidas del 4-JUL-1997, en su articulo 22º define a los Santuarios Historicos como áreas que protegen con carácter de intangible espacios que contienen valores naturales relevantes y constituyen el entorno de sitios de especial significación nacional, por contener muestras del patrimonio monumental y arqueológico o por ser lugares donde se desarrollaron hechos sobresalientes de la historia del país.
Caracteristicas
• Una o varias comunidades bióticas.
• Bienes monumentales con alto valor arqueológico o histórico.
• Escenario de acontecimientos históricos relevantes.
• Usos indirectos: turismo, recreación, investigación y educación.
• No intervenido.
Chacamarca (Junín, 1974)
Pampas de Ayacucho (Ayacucho, 1980)
Machu Picchu (Cuzco, 1981)
Bosque de Pomac (Lambayeque, 2001)
Descripcion
La Ley Nº 26834 - Ley de Áreas Naturales Protegidas del 4-JUL-1997, en su articulo 22º define a los Bosques de Proteccion como áreas que se establecen con el objeto de garantizar la protección de las cuencas altas o colectoras, las riberas de los ríos y de otros cursos de agua y en general, para proteger contra la erosión a las tierras frágiles que así lo requieran. En ellos se permite el uso de recursos y el desarrollo de aquellas actividades que no pongan en riesgo la cobertura vegetal del área.
Caracteristicas
• Uno o más ecosistemas, generalmente cuencas altas, mantenimiento de la cobertura vegetal.
• Prácticas de manejo, desarrollo de alternativas sostenibles de uso.
• Uso directo de recursos silvestres: flora, fauna, recursos hidrobiológicos.
• Usos indirectos: turismo, recreación, investigación y educación.
• Manejo de suelos y agua.
• Permitido el uso y aprovechamiento de la fauna silvestre y de productos forestales diferentes a la madera.
Puquio Santa Rosa (La Libertad, 1982)
Pui Pui (Junín, 1985)
San Matías-San Carlos (Pasco, 1987)
Pagaibamba (Cajamarca, 1987)
Alto Mayo (San Martín, 1987)
Descripcion
La Ley Nº 26834 - Ley de Áreas Naturales Protegidas del 4-JUL-1997, en su articulo 22º define a los Cotos de Caza como áreas destinadas al aprovechamiento de la fauna silvestre a través de la práctica regulada de la caza deportiva.
Caracteristicas
• Una o más comunidades bióticas.
• Planes de manejo para el aprovechamiento de la fauna silvestre y cinegética.
Listado de Cotos de Caza
El Angolo (Piura, 1975)
Sunchubamba (Cajamarca, 1977)
Descripcion
La Ley Nº 26834 - Ley de Áreas Naturales Protegidas del 4-JUL-1997, en su articulo 22º define a las Reservas Comunales como áreas destinadas a la conservación de la flora y fauna silvestre, en beneficio de las poblaciones rurales vecinas. El uso y comercialización de recursos se hará bajo planes de manejo, aprobados y supervisados por la autoridad y conducidos por los mismos beneficiarios. Pueden ser establecidas sobre suelos de capacidad de uso mayor agrícola, pecuario, forestal o de protección y sobre humedades.
Caracteristicas
• Varios ecosistemas. Diversidad biológica relevante.
• Prácticas de manejo, desarrollo de alternativas sostenibles de uso.
• Uso directo de recursos silvestres: flora, fauna, recursos hidrobiológicos, no aprovechamiento forestal maderero.
• Usos tradicionales según planes de manejo.
• Prohibido el establecimiento de nuevos asentamientos,
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