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Los orígenes de las Cortes (1188-1252)


Enviado por   •  14 de Febrero de 2020  •  Ensayo  •  3.533 Palabras (15 Páginas)  •  221 Visitas

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Los orígenes de las Cortes (1188-1252)

La España Medieval tuvo un peculiar desarrollo porque estuvo ocupada durante siglos por los musulmanes. Esto explica la temprana aparición de las Cortes de Castilla y León en la vida pública. Las causas de su aparición fueron:

  • La reconquista.
  • Lucha contra el Islam.
  • Repoblación.

La península ibérica estaba casi en su totalidad bajo dominio musulmán desde el 711 hasta mediados del s.XIII, solo el reino de Granada dependía de Castilla y León. Más tarde, la existencia de una frontera que se expandía continuamente ayudó a que la monarquía castellano-leonesa se fortaleciera. La competencia del rey en esta época era de carácter militar y consistía en expulsar a los moros y reconquistar la monarquía visigoda.

La Iglesia ostentaba también un papel importante, ya que consiguió reconstituir la organización eclesiástica que había sido desecha con la invasión musulmana, aunque estaba bajo el poder del rey que como había proclamado el Cristianismo frente al Islam, se proclamaba con derecho a controlar los recursos de la Iglesia.

En las fases iniciales de la reconquista, la monarquía coartó también el poder de los miembros de la nobleza, pero con la expansión del reino estos fueron ganando autoridad ininterrumpidamente. Con las ideas feudales, los nobles se fueron vinculando al rey por una relación de vasallaje, además los nobles más importantes también tenían vasallos para sí. La nobleza castellana veía compensados sus servicios con tierras concedidas en propiedad plena o estipendios pagados por los tributos que cobraban a los moros. La nobleza de aquel entonces se podía dividir en tres grupos: los poderosos, conocidos en el siglo XIII como hombres ricos, los infanzones, los hombres de alta cuna que no eran tan ricos y los caballeros. La nobleza estaba bien diferenciada porque los miembros de esta tenían el derecho a ser juzgados por sus iguales.

En tema de colonización, en el XII la población aumentó, tanto en las regiones más antiguas y asentadas en el norte del Duero como en Extremadura, y la estructura municipal se hizo más compleja. Los colonos se enriquecieron a base de botines de guerra e incursiones en el territorio musulmán, al tiempo que las ciudades del Golfo de Vizcaya dieron el primer paso en el desarrollo del comercio marítimo.

Por razones administrativas, la región que se extendía al norte del Duero estaba dividida en municipios, cada uno constituido por un centro urbano y una extensa área rural que dependía de él. El municipio dependía de la corona y disfrutaba de autonomía administrativa, con lo que tenía sus propias leyes, instituciones, funcionarios y privilegios. Estos últimos, junto con las obligaciones y los derechos de los habitantes estaban recogidos en fueros concedidos por el rey, que regulaban el pago de tributos, los deberes militares, la administración de justicia, etc. En muchas ciudades el rey estaba representado por un noble (alcaide). El órgano principal de gobierno era el concejo, una asamblea de vecinos (varones adultos propietarios que disfrutaban de la ciudadanía). El concejo se reunía los domingos después de la misa al toque de campana o del cuerno. La cabeza política era el juez, elegido por el concejo durante un año. En la administración de justicia le asistían varios alcaldes elegidos anualmente de entre los habitantes de las parroquias.

En las fases incipientes del desarrollo municipal las distinciones sociales eran imprecisas. Aquellos que obtuvieron caballos se convirtieron en caballeros villanos, diferenciándose así de los peones. Quienes podían marchar a caballo a la guerra disfrutaban de prestigio, mientras los que Vivian en la villa se reservaban los cargos públicos.

En General, las ciudades de Castilla y León alcanzaron su mayoría de edad a finales del siglo XII y comienzos del siglo XIII, cuando el rey les hizo un llamamiento para que enviaran representantes a su consejo, que posteriormente se conocerían como Cortes.

En épocas anteriores, los historiadores situaban directamente el origen de las cortes en los concilios de Toledo de los visigodos. Se trataba de asambleas esencialmente eclesiásticas reunidas por cánones. Para los asuntos normales el rey delegaba el oficio a funcionarios de la corte y a miembros del comité real, que juntos formaban el aula regia (modelo de corte real de la alta edad media). Durante los siglos X y XI se reunieron numerosas asambleas leonesas controladas por el rey, un ejemplo importante es el Concilio que Alfonso V (999-1028) celebró en León en el año 1017.

Al final del siglo XI el reino de Castilla y León fue cambiando, aunque la tradición de los concilios de Toledo continuó, siendo el Concilio de Coyanza, convocado por Fernando I (1035-1065) el precedente para la Reforma Gregoriana en España. Con la convocatoria de los concilios por parte de los legados papales se desarrolló una distinción entre asambleas y asuntos seculares y eclesiásticos donde los reyes asistían habitualmente. Se empezó a usar la palabra curia  para nombrar al cortejo del rey. La estructura formal se desarrolló en torno a tres personas:

  • El mayordomo: Era un noble importante que supervisaba de forma general la corte.
  • El alférez: También era un noble importante, aunque no tanto. Su función era estar al mando de los ejércitos reales.
  • El canciller: Este título se les otorgó a los arzobispos de Compostela y Toledo.

La función principal de esta corte era la de guiar y aconsejar al rey sobre diversos temas que en ella se trataran. Además de actuar como testigos de las donaciones que se hacían a la Iglesia y otros estamentos, la corte hacia también las funciones del tribunal judicial. Habitualmente los municipios movían pleitos, en estas disputas la corte era la audiencia que oía las partes contendientes. Los reyes de León reclamaron jurisdicción para castigar los delitos de violación, robo, traición y destrucción de caminos. El derecho romano propició el recurso de apelar a la corte. Cuando los motivos del juicio eran muy importantes, el rey aumentaba su curia convocando a todos los obispos y administradores territoriales.

Por este momento los concilios de las iglesias ya se habían separado de las asambleas reales. Existían tres motivos por los que los reyes de Castilla y León llamaron a los representantes de las ciudades y villas a la corte real:

  1. Gracias al control que ejercían sobre grandes extensiones territoriales, las ciudades eran elementos fundamentales en la estructura administrativa.
  2. El rey necesitaba estas ciudades para conquistar y defender territorios más allá del rio Tajo en el siglo XII y del Guadalquivir en el siglo XII. Cuando ya no hubo necesidad de conquistar territorios, estas ciudades siguieron sirviendo como protección frente a la amenaza granadina y marroquí.
  3. Como las rentas que se pagaban a la corona eran insuficientes para cubrir los gastos de guerra, los reyes descubrieron la riqueza creciente de las ciudades, derivada sobre todo de los botines de guerra.

En cuanto a temas más jurídicos. El derecho romano se convirtió en el principal punto de estudio de las Universidades de Palencia y Salamanca, fundadas respectivamente por Alfonso VIII de Castilla y Alfonso IX de León. El principio de derecho romano privado aplicado al derecho público hizo que los miembros de la corona aconsejasen a todos aquellos afectados por algún problema, pero era difícil cuando eran miles las personas afectadas por el inconveniente. La solución fue la creación de una corporación, un grupo de individuos que recibía el mismo tratamiento que una entidad jurídica. Podía intervenir en cualquier caso con carácter jurídico, sirviéndose de un representante. Por lo menos, en el siglo XIII las ciudades y villas de Castilla y León estuvieron representadas en la corte real por procuradores pertenecientes a estas corporaciones. Existe constancia de la presencia de los ciudadanos corrientes en tres asambleas convocadas por Alfonso IX de León en 1188, 1202 y 1208. Este rey también convocó una curia en 1188, que es la principal prueba de la participación de las ciudades en una reunión extraordinaria convocada por la corte real. En Castilla es probable que Alfonso VIII convocara solo a hombres importantes a sus curias. Unas de las asambleas más importantes convocadas fue la organizada por Fernando III como rey de Castilla. Este rey también impulsó con ahínco la reconquista de Andalucía y Murcia, convocando durante esos años a todos los ciudadanos, obispos y personas de importancia para tratar los asuntos relacionados con esta estrategia militar. El rey finalmente clausuró su reinado y esta etapa de formación de las Cortes.

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