Monografia
Enviado por NefiSk8 • 5 de Agosto de 2014 • 366 Palabras (2 Páginas) • 232 Visitas
La Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta (que en lo sucesivo lo abreviaremos como NCJF), regulada por el articulo 178 del Código Procesal Civil Peruano de 1993, como una de las innovaciones importantes que ha puesto en vigencia este Código, constituye nuestra Unidad de Investigación en torno a la cual iniciamos el desarrollo del presente trabajo de investigación jurídica.
La NCJF es de por si una institución compleja, conformada a su vez por tres instituciones procesales de es especialísima importancia en el terreno de Derecho Procesal nos referimos a La cosa juzgada, el Fraude Procesal y la Revisión Civil.
La Cosa Juzgada conforme la doctrina, no es una noción de orden lógico, sino un concepto de naturaleza procesal consistente en el efecto que produce una resolución judicial que concluyendo el proceso pasa a ser indiscutible e inmutable después de ser emitida. Debido al influjo de las ideas liberales ha adquirido gran importancia y tiene rango constitucional en el régimen jurídico de los diferentes Estados; es mas, su sistematización ha significado notables esfuerzos doctrinarios y legislativos para convertirlo en el pilar de la “seguridad jurídica”.
El fin natural del proceso, según Camelutti es la “decisión de la litis en justicia, es decir su justa composición”.Sin embargo, no siempre se cumple esta finalidad, ya que no pocas veces se advierte una serie de desviación debido a la injerencia de un elemento ajeno, maléfico: el Fraude Procesal, que da origen
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a una decisión jurisdiccional injusta en desmedro o perjucio de una de las partes o un tercero. En este caso, la “Inmutabilidad” de la cosa juzgada se pone en tela de jucio y su elevada posición parece desmoronarse.
El problema es serio porque hay que poner en la balanza a dos importantísimos valores del Derecho, por un lado la seguridad jurídica y por otro la justicia, como siempre, la solución debemos encontrarlo en un camino intermedio.
Concluido el proceso con resolución firme, la injusticia que introdujo el fraude procesal, no podría ser ya materia de discusión por lo que, de no existir la revisión, se produciría una situación de indefensión. La Revisión Civil por Fraude o NCJF, es uno de los remedios puestos en vigencia por el Derecho Procesal Moderno contra el fraude procesal.
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