Organizacion Territorial Del Estado
Enviado por kjencalada • 23 de Octubre de 2013 • 1.207 Palabras (5 Páginas) • 464 Visitas
TÍTULO V
ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO
Capítulo primero
Principios generales
Art. 238.- Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera, y se regirán por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana. En ningún caso el ejercicio de la autonomía permitirá la secesión del territorio nacional.
Constituyen gobiernos autónomos descentralizados las juntas parroquiales rurales, los concejos municipales, los concejos metropolitanos, los consejos provinciales y los consejos regionales.
Art. 239.- El régimen de gobiernos autónomos descentralizados se regirá por la ley correspondiente, que establecerá un sistema nacional de competencias de carácter obligatorio y progresivo y definirá las políticas y mecanismos para compensar los desequilibrios territoriales en el proceso de desarrollo.
Art. 240.- Los gobiernos autónomos descentralizados de las regiones, distritos metropolitanos, provincias y cantones tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales. Las juntas parroquiales rurales tendrán facultades reglamentarias. Todos los gobiernos autónomos descentralizados ejercerán facultades ejecutivas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales.
Art. 241.- La planificación garantizará el ordenamiento territorial y será obligatoria en todos los gobiernos autónomos descentralizados.
La concepción del territorio va mucho más allá de la simple descripción del espacio geográfico de un Estado; su concepto está vinculado con las relaciones sociales existentes dentro de dicho espacio. Esto implica que el análisis del territorio es indispensable para la comprensión de la interacción entre lo espacial y lo social, la misma que se caracteriza por una transformación constante. “El territorio es el escenario de las relaciones sociales y no solamente el marco espacial que delimita el dominio soberano de un Estado. El territorio es un espacio de poder, de gestión y de dominio del Estado, de individuos, de grupos y organizaciones y de empresas locales, nacionales y multinacionales”.
La autonomía territorial implica la distribución del poder político en el territorio, problemática que, necesariamente, nos conduce al debate sobre las particularidades del Estado unitario, del Estado federado y de sus variantes. Efraín Pérez señala: “Según la doctrina tradicional, los Estados pueden ser unitarios o federales. Las realidades políticas del siglo XX añaden a esta clasificación: El Estado regional (italiano) y el Estado autonómico (España).”
El asunto planteado no es fácil; si bien puede resultar más simple establecer las características y diferencias entre el Estado unitario y el Estado federado, resulta una tarea complicada establecer las fronteras entre el Estado unitario, o el Estado federado, y un Estado organizado bajo el régimen de regiones o autonomías.
Los conceptos de descentralización y autonomía están estrechamente vinculados, a tal punto que a determinadas formas de descentralización corresponden similares formas de autonomía. En este sentido, cuando enfocamos la descentralización administrativa y fiscal estamos en el ámbito de la autonomía administrativa y fiscal; de igual forma, cuando enfocamos el tema de la descentralización política nos ubicamos en el marco de la autonomía política, que incluye los ámbitos administrativo y fiscal. “Cuando se habla de descentralización se pone énfasis en la transferencia tanto de competencias (descentralización administrativa) como de recursos (descentralización fiscal), donde se evidencia que el contenido se concentra en la descentralización administrativa y donde la descentralización fiscal contribuye a la concreción de la primera, en tanto provee de los recursos para el ejercicio de las competencias en el territorio. Más, cuando se habla de descentralización política, ya entra en discusión otro elemento, el tema de la capacidad de autogobierno en el territorio...”
Es importante profundizar en el concepto de autonomía, que tiene varios matices entre los diversos tratadistas.
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