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Origen del Cabildo


Enviado por   •  1 de Mayo de 2012  •  Tesis  •  1.230 Palabras (5 Páginas)  •  1.303 Visitas

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Origen del Cabildo

La institucion del cabildo provino de España,donde los habitantes de cada ciudad elegian a sus regidores y alcaldes para que administraran y reglamentaran sus comunidades. Para el momento de la llegada de los conquistadores a America,los cabildos españoles habian perdido parte de su poder,ya que muchas de sus atribuciones habian sido asumidas por la monarquia. Las primeras leyes pretendieron someter enteramente los cabildos a la autoridad colonial nombrada desde España, intentando colocar a los cabildos coloniales en la misma situación de los ayuntamientos peninsulares, los cuales en el siglo XVI ya habían perdido gran parte de su autonomía. No obstante, los reyes terminaron por reconocer que esta situación no se podían extender a las lejanas e inmensas colonias, de modo que admitieron que los cabildos adquiriesen una gran autarquía (no eran autónomos, pues la legislación era potestad exclusiva del rey).n. 1 En efecto, los cabildos asumieron amplias atribuciones de gobierno y justicia, llegando en algunos casos a nombrar directamente al gobernador.

Funciones del cabildo

Las sesiones del cabildo podían ser de dos tipos: ordinarias y extraordinarias. Entre estas últimas se cuentan los cabildos abiertos.

[editar]Ordinarias

Eran cerradas y sólo participaban los integrantes de la corporación, podían ser:

Electorales: pues el cabildo se renovaba por sí mismo.

Deliberantes: reglamentaba todo lo concerniente a la vida local, administración de los bienes comunales, policía e higiene de las poblaciones, milicias, enseñanza primaria, abasto de la ciudad, fijación de precios, rentas, fijaba los precios de venta de artículos y servicios, reguló el funcionamiento de los distintos oficios urbanos, estableció los pesos y medidas, etc.

Administrativas: pues aplicaba y hacía efectivos los reglamentos sancionados.

Judiciales: porque intervenía en la acción de la justicia.

[editar]Extraordinarias

Se convocaba a todos los vecinos calificados de la ciudad, y se realizaban cuando:

convocaban al vecindario a cabildo abierto (ver más adelante).

asumían el gobierno político de la ciudad por ausencia o impedimento del funcionario a quien correspondía: virrey, gobernador, etc.

[editar]Cabildo abierto

Artículo principal: Cabildo abierto.

Consistía en la reunión de la parte más "sana" y principal de cada población, convocada por el cabildo ordinario, que la presidía, para tratar asuntos de grave importancia. La reunión solía celebrarse en el recinto del cabildo o en alguna iglesia.

Los cabildos abiertos atribuían a la parte representativa de la ciudad el derecho a deliberar sobre cuestiones que por su naturaleza requerían una solución extraordinaria. Las personas convocadas eran designadas por el cabildo invitante sin intervención del pueblo y constituían la aristocracia local; pero, con todo, la circunstancia de llamarlas para deliberar con el cabildo ordinario daba a estas asambleas un carácter más democrático.

Durante los primeros siglos de la dominación española los cabildos abiertos no tuvieron importancia política y fueron convocados con fines diversos, entre ellos:

Acordar donativos.

Adoptar medidas contra los indios.

Contratar los servicios de un médico.

Escuchar la lectura de una cédula real.

Aunque en los años de la conquista abundaron los cabildos abiertos, esta manifestación de soberanía popular se hizo cada vez menos frecuente, en la medida que las corporaciones se burocratizaron y pasaron a ser controladas de manera monopólica por la aristocracia criolla. La vieja tradición de los cabildos abiertos volvió a ser recuperada en 1810, con motivo del arresto en Francia, por parte de Napoleón, del monarca español Fernando VII, tuvo lugar el nombramiento de juntas de gobierno para gobernar en ausencia del monarca, desencadenando de esta manera el proceso de independencia.

Real Audiencia:

Fue el más alto tribunal de justicia en Chile, además de ser el máximo organismo político-administrativo de nuestro país. Eran tribunales reales, que estaban integrados por un numero variable de ministros y un fiscal, los cuales eran presididos por el virrey o gobernador.

Tenia además de atribuciones judiciales, funciones

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