Papiniano
Enviado por yutjhg • 4 de Julio de 2013 • 310 Palabras (2 Páginas) • 469 Visitas
Célebre jurisconsulto romano; nacido en 142 y muerto en 212. Fue condiscípulo y amigo de Séptimo Severo, a quien sucedió en el cargo de abogado del fisco; en tiempo de Commodo fue asesor del prefecto del Pretorio, y cuando Séptimo Severo fue elevado al imperio, le nombró su consejero, con el título de Magister libelorum, cargo reducido a aclarar las dudas de los gobernadores, y contestar a las súplicas de los particulares. Sugirió a Severo varias reformas, entre ellas la anulación de la ley Papia contra el adulterio y la renovación de la ley Julia.
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Laura Juliana Pineda Triana
Fue después nombrado prefecto del Pretorio; reconcilió a Severo con Caracalla, cuando éste atentó contra la vida de su padre; fue nombrado director y consejero de Caracalla y Geta, siendo éste último su preferido. Después de que Caracalla hiciera asesinar a su hermano, hizo llamar a Papiniano, a quien tenía desterrado en Gran Bretaña, y le exigió que justificase ante el Senado aquel fratricidio; pero como Papiniano se negase, le hizo decapitar. Sus principales obras son: treinta y siete libros deCuestiones, especie de disertaciones o desarrollo de doctrina sobre diversas materias; diecinueve de Respuestas, que comprendían en breves palabras, diferentes soluciones para los casos propuestos;
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Laura Juliana Pineda Triana
Dos Definiciones, que contenían reglas y máximas generales de Derecho; uno en que se designaban las obligaciones de los ediles de los municipios. También escribió sobre la ley hipotecaria, y dotó el Derecho romano con precisas ideas sobre los fideicomisos.
EN LATIN: Papinianus Libro ll. Quaestionum- Ius Publicum privatorum pactis mutari non poetest.
EN ESPAÑOL: Papiniano Cuestiones, Libro ll - el derecho público no puede ser alterado por actos de particulares
DERECHO PUBLICO: (IUS PUBLICUM). Comprende al Gobierno del Estado la organización de las Magistraturas y aquella parte referente al Culto y Sacerdocio, es llamado también "IUS SACRUM", finalmente regula las relaciones de los ciudadanos con los Poderes Públicos.
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