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Principios de contabilidad generalmente aceptados y normas de información financiera


Enviado por   •  12 de Agosto de 2013  •  1.965 Palabras (8 Páginas)  •  489 Visitas

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rmidad con los artículos 35 del Código Fiscal de la Federación y 22, fracción II del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, que otorgan a esta Administración General Jurídica la facultad de establecer el criterio de interpretación que las unidades administrativas de este órgano desconcentrado deberán seguir, se hacen de su conocimiento los nuevos criterios normativos aprobados por el Comité de Normatividad del Servicio de Administración Tributaria, durante el primer trimestre de 2013:

1. “00/2013/CFF Principios de contabilidad generalmente aceptados y normas de

información financiera. Su aplicación.

Los artículos 60, fracción II, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación y 32,

fracción XXVI, quinto párrafo; 89, segundo párrafo; 91, fracción III, inciso b), 216, último

párrafo y 216-Bis, fracción II, inciso b), primer párrafo y numerales 3 y 5 de la Ley del

Impuesto sobre la Renta remiten a los principios de contabilidad generalmente aceptados;

los artículos 3, fracción II, tercer párrafo de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única,

rmidad con los artículos 35 del Código Fiscal de la Federación y 22, fracción II del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, que otorgan a esta Administración General Jurídica la facultad de establecer el criterio de interpretación que las unidades administrativas de este órgano desconcentrado deberán seguir, se hacen de su conocimiento los nuevos criterios normativos aprobados por el Comité de Normatividad del Servicio de Administración Tributaria, durante el primer trimestre de 2013:

1. “00/2013/CFF Principios de contabilidad generalmente aceptados y normas de

información financiera. Su aplicación.

Los artículos 60, fracción II, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación y 32,

fracción XXVI, quinto párrafo; 89, segundo párrafo; 91, fracción III, inciso b), 216, último

párrafo y 216-Bis, fracción II, inciso b), primer párrafo y numerales 3 y 5 de la Ley del

Impuesto sobre la Renta remiten a los principios de contabilidad generalmente aceptados;

los artículos 3, fracción II, tercer párrafo de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única,

así como 72, fracciones I y II y 73, fracciones I, rmidad con los artículos 35 del Código Fiscal de la Federación y 22, fracción II del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, que otorgan a esta Administración General Jurídica la facultad de establecer el criterio de interpretación que las unidades administrativas de este órgano desconcentrado deberán seguir, se hacen de su conocimiento los nuevos criterios normativos aprobados por el Comité de Normatividad del Servicio de Administración Tributaria, durante el primer trimestre de 2013:

1. “00/2013/CFF Principios de contabilidad generalmente aceptados y normas de

información financiera. Su aplicación.

Los artículos 60, fracción II, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación y 32,

fracción XXVI, quinto párrafo; 89, segundo párrafo; 91, fracción III, inciso b), 216, último

párrafo y 216-Bis, fracción II, inciso b), primer párrafo y numerales 3 y 5 de la Ley del

Impuesto sobre la Renta remiten a los principios de contabilidad generalmente aceptados;

los artículos 3, fracción II, tercer párrafo de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única,

así como 72, fracciones I y II y 73, fracciones I, rmidad con los artículos 35 del Código Fiscal de la Federación y 22, fracción II del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, que otorgan a esta Administración General Jurídica la facultad de establecer el criterio de interpretación que las unidades administrativas de este órgano desconcentrado deberán seguir, se hacen de su conocimiento los nuevos criterios normativos aprobados por el Comité de Normatividad del Servicio de Administración Tributaria, durante el primer trimestre de 2013:

1. “00/2013/CFF Principios de contabilidad generalmente aceptados y normas de

información financiera. Su aplicación.

Los artículos 60, fracción II, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación y 32,

fracción XXVI, quinto párrafo; 89, segundo párrafo; 91, fracción III, inciso b), 216, último

párrafo y 216-Bis, fracción II, inciso b), primer párrafo y numerales 3 y 5 de la Ley del

Impuesto sobre la Renta remiten a los principios de contabilidad generalmente aceptados;

los artículos 3, fracción II, tercer párrafo de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única,

así como 72, fracciones I y II y 73, fracciones I, rmidad con los artículos 35 del Código Fiscal de la Federación y 22, fracción II del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, que otorgan a esta Administración General Jurídica la facultad de establecer el criterio de interpretación que las unidades administrativas de este órgano desconcentrado deberán seguir, se hacen de su conocimiento los nuevos criterios normativos aprobados por el Comité de Normatividad del Servicio de Administración Tributaria, durante el primer trimestre de 2013:

1. “00/2013/CFF Principios de contabilidad generalmente aceptados y normas de

información financiera. Su aplicación.

Los artículos 60, fracción II, segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación y 32,

fracción XXVI, quinto párrafo; 89, segundo párrafo; 91, fracción III, inciso b), 216, último

párrafo y 216-Bis, fracción II, inciso b), primer párrafo y numerales 3 y 5 de la Ley del

Impuesto sobre la Renta remiten a los principios de contabilidad generalmente aceptados;

los artículos 3, fracción II, tercer párrafo de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única,

así como 72, fracciones I y II y 73, fracciones I, rmidad con los artículos 35 del Código Fiscal de la Federación y 22, fracción II del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, que otorgan a esta Administración General Jurídica la facultad de establecer el criterio de interpretación que las unidades administrativas de este órgano desconcentrado deberán seguir, se hacen de su conocimiento los nuevos criterios normativos aprobados por el Comité de Normatividad del Servicio de Administración Tributaria, durante

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