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RELIGION EN LA CONSTITUCION DE 1837


Enviado por   •  8 de Septiembre de 2013  •  244 Palabras (1 Páginas)  •  2.049 Visitas

El artículo 11 de la Constitución de 18 de junio, de 1837 está, al menos implícitamente, reconociendo a la religión católica, la que sociológicamente profesan los españoles, en la medida en que se impone a la Nación la obligación, de mantener su culto y los ministros; carga que no se da a favor de ninguna otra confesión religiosa, que la Constitución considera institucionalmente inexistente. A la vez se está, también implícitamente, admitiendo la intolerancia para los demás cultos. El artículo 11 de la Constitución de 1837 es una consecuencia, plasmada constitucionalmente, de la desamortización.

Junto a la Constitución de 1837 se aprueban otras leyes, que permiten seguir la opresión de la Iglesia, con la supresión de conventos y venta de bienes. Por ello, puede afirmarse que la carga de mantener el culto católico y sus ministros, es tan sólo la compensación expropiadora Aun así, el artículo 11 de la Constitución de 1837, implícitamente, contiene el reconocimiento del servicio, que los ministros encargados de mantener el culto católico, prestan, al sentir religioso unánime del Pueblo, que el Estado mismo, sigue considerando factor decisivo para la unidad política nacional. En realidad, las subvenciones, en sentido moderno, aparecen históricamente, consecuencia de las leyes desamortizadoras -por la filosofía de la Ilustración y doctrinas económicas fisiográficas, entre las que destacan Jovellanos, Campo mames y Floridablanca-. Nuestro primer texto legal, que obliga al Estado, a amparar económicamente, a la Iglesia es, precisamente, el artículo 11 de la Constitución española de 1837.

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