“ROL E IMPORTANCIA DE LOS INQUILINOS EN LOS SIGLOS XVII Y XVIII”
Enviado por paula0997 • 2 de Diciembre de 2017 • Ensayo • 1.096 Palabras (5 Páginas) • 286 Visitas
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FACULTAD DE EDUCACIÓN Y HUMANIDADES
DEPARTAMENTO DE CIENCIAS SOCIALES
ESCUELA DE PEDAGOGÍA EN HISTORIA Y GEOGRAFÍA
“ROL E IMPORTANCIA DE LOS INQUILINOS EN LOS SIGLOS XVII Y XVIII”
Paula Constanza Troncoso Ortega.
Palabras clave: Inquilinos – Haciendas – Canon– Prestamos – Fanega – Estancias – Encomienda – Denominación – Asentamiento – Lanzamiento.- |
A mediados del siglo XVII se produjo un auge en el incremento demográfico de la población de mestizos libres y la población indígena tuvo un gran descenso; esto conlleva que los estancieros buscaran estrategias para la inclusión de personal en el sistema productivo, esto dio origen al inquilinaje que permitió a los estancieros tener el control de los limites de sus tierras y además les garantizaban mano de obra para las distintas faenas. Dependiendo de su comportamiento y desempeño, los inquilinos podían llegar a ser mayordomos.
Según el autor Claudio Gay, al inquilino se le asignaban fanegas para que pudiera cultivar sus propios productos o criar sus propios animales, así mismo trataba de consolidar una familia, teniendo una plena libertad de movimiento, diferenciándose en estos sentidos de los peones o vagabundos que eran trabajadores más esporádicos. Los inquilinos tenían contratos verbales con el estanciero o el hacendado, este contrato podía acabar con ocho días de anticipación, o al momento de renovarlos esto podía hacerse de forma inmediata.
El inquilino era un arrendatario en las tierras del estanciero o hacendado y debía pagar un canon, que podía ser en trigo, legumbres, trabajo o dinero, Gay subraya las diversidades que hay en el pago y el monto de los cánones, ya que estas “varían en las regiones y en los distintos fundos”, (Gongora 1960).
A veces se tiende a confundir el indio de encomienda con el estanciero, para esto hay distintas posturas, como la de Claudio Gay, quien recalca una equivocación al relacionar estos dos términos, teniendo el apoyo de Don Diego Barros Arana, quien agrega que: “estos indígenas que se quedaron en las haciendas se mezclaron con los mestizos que tomaban el grueso de la población rural”, esto parece sugerir en cierto sentido que “el inquilinaje es la ultima transformación de la encomienda que se podría haber originado antes de la abolición oficial entre 1781 - 1791”. Tenemos también la observación, totalmente distinta y además considerada errónea, que hace Domingo Amunátegui Solar, ya que identifica al inquilino con el indio de estancia. (Gongora 1960).
A finales del siglo XVIII hay documentación que nos permite tener una visión más clara de la institución del inquilinaje; por ejemplo tenemos la denominación, que se encuentra aplicada en una ocasión hacia 1630 a los arrendatarios de las estancias jesuíticas, este término nace bajo la edad media y figura en las formulas notariales y en sus clausuras finales de garantía, el vendedor se constituye en “inquilino tenedor y precario poseedor”. En la segunda mitad del siglo XVIII este término se encuentra de manera abundante.
Así mismo los asentamientos de los inquilinos, a mediados del siglo XVII estos se asentaban en linderos o extremo de las estancias o haciendas (lejos de las casas de los estancieros o hacendados). Las tierras sembradas por los inquilinos, van variando de acuerdo a las regiones o fundos, en algunas estancias el terreno oscila entre una a tres cuadras, aunque en la mayoría de las estancias son muy pocas tierras (una fanega= a un cuarto de cuadra); el ganado con el que contaban servía para el talaje de las haciendas, hacia 1769 el talaje o herbaje se cobraba en las haciendas, se pagaban alrededor de dos reales por cabeza de vacuno, y al parecer el ganado menor no parece pagar derecho alguno por su herbaje (Gongora 1960); el canon, que era la obligación principal del inquilino podía ser descontado de salario, o bien pagado con especias o servicio.
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