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Reformas económicas y políticas de felipe V en el siglo XVIII, españa


Enviado por   •  9 de Octubre de 2011  •  Trabajo  •  992 Palabras (4 Páginas)  •  1.033 Visitas

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D) EL RÉGIMEN MINISTERIAL BORBÓNICO

Felipe V inició su reinado con un sistema polisinodial de escasa eficiencia y mucho desprestigio. Los asuntos habían circulado en la etapa anterior con agobiante lentitud por la red de Consejos y secretarías reales. Las sesiones de cada Consejo no bastaban para atender con la fluidez de¬seable el acopio de consultas y documentos, cuyo examen se eternizaba con sutilezas legales propias de los letrados allí presentes, mientras los papeles eran a menudo reexpedidos a los interesados y otros tribunales para precisar cualquier extremo poco claro. Tanto en el caso de reyes trabajadores y buró¬cratas como Felipe II, obsesionado él mismo por examinar cada cuestión, como en el de los monarcas que abandonaron el despacho, el resultado fue el mismo: dilación en resolver los asuntos, atrofia del aparato y progresivo descontento. Mientras los Consejos se enzarzaban en puntillosas y largas disputas por proble¬mas de dignidad y rango, no fue infrecuente que quienes pretendían algo, o estaban a la espera de una determinada resolución, se trasladaran a la Corte para intentar localizar su expediente y agilizarlo por procedimientos más o menos lícitos. La insólita complejidad de toda aquella maquinaria venía de antiguo. Oigamos cierta reflexión de un contemporáneo sobre las peripecias de un asunto en la segunda mitad del siglo XVI:

"¿En qué razón cabía el laberinto de Creta que había?. Que el negociante daba su memorial a Juan Ruiz; Juan Ruiz a Su Majestad o hacía relación el rey a Juan Ruiz; Juan Ruiz a Gasol; Gasol a Villela; Villela para sacar la relación; Villela a Gasol; Gasol a la Junta: la Junta a Gasol; Gasol a Juan Ruiz; Juan Ruiz a Su Majestad; Su Majestad a don Cristóbal de Mora; don Cristóbal a Juan Ruiz; Juan Ruiz a Gasol; Gasol a la parte. ¡Que aun para referirlo es largo, cuanto más para pasar por ello!".

A las alturas del XVIII tal sistema resultaba inviable, si bien no era fácil suprimirlo de raíz por su misma complejidad y hasta por sus connotaciones con un pasado glorioso. Felipe V y sus sucesores optaron por arbitrar una reforma paulatina. Consistió ésta en dejar en un segundo plano a los Conse¬jos, vaciándolos de contenido, y construir progresivamente una estructura paralela de individuos responsables de materias idénticas. Y como frente al repudiado régimen de los Consejos, colegial y poco operativo, existía ya ese secretario del Despacho, unipersonal y eficiente, la solución fue simple: potenciar al secretario del Despacho a costa de unos Consejos que subsisten cada vez con menores atribuciones, e ir dividiendo aquel único departamento hasta arbitrar un sistema de secretarios del Despa¬cho que entiendan de los sectores de la administración antes encomen¬dados a los Consejos. Ahora bien, dado el viejo prestigio de los secretarios de Estado y los oscuros antecedentes del secretario del Des¬pacho, los sucesores de éste reciben el título de aquéllos, presentándose esos nuevos rectores de la administración central del XVIII como Se¬cretarios de Estado y del Despacho.

1. Las Secretarías de Estado y del Despacho.

La secretaría del Despacho Universal deja de serlo en 1705. Un decreto de 11 de julio de ese año la divide

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