TABERNAS: Historia Del Turismo
Enviado por vlzphoenix • 22 de Abril de 2014 • 846 Palabras (4 Páginas) • 327 Visitas
TABERNAS
La taberna es el centro social por excelencia a lo largo de toda la Edad Media. Definirla como aquel lugar donde la gente iba a beber resultaría algo muy simple. De hecho, es curioso constatar que en la sociedad feudal la taberna es banal, esto es, pertenecía al señor que se encargará de poner precio y proporcionar el vino que allí se beba. No es de extrañar que éste fomente la asistencia a las tabernas de las gentes de ciudad o aldea que estén bajo su jurisdicción. La taberna, de hecho, se convertiría muy pronto, en firme competidora de la iglesia como centro de reunión, lo que hará que los eclesiásticos censuren y desaprueben estos establecimientos de vicio donde se daba rienda suelta a los juegos de azar y las borracheras.
El marco físico
La taberna era propia de aldeas y ciudades si bien en éstas últimas se puede constatar un gran número de ellas. Era frecuente que en el medio rural estos establecimientos perteneciesen al señor local, pero en las grandes aglomeraciones la propiedad de los locales correspondía a los concejos, la oligarquía urbana o incluso en no pocos casos a la misma iglesia.
Por lo que podemos saber, la taberna estaría formada por tres dependencias caracterizadas por su función. Aquélla destinada a la venta al por menor del vino, conteniendo, por tanto, los instrumentos de medida necesarios a tal fin, al lado los barriles y tinajas permaneciendo en un lugar visible el precio de los distintos caldos, y en último lugar, el espacio reservado para las mesas y bancas donde la clientela pudiese sentarse para comer, beber y jugar, es muy posible que al lado de esta estancia estuviese la cocina. En torno a estas dependencias se ubicaría la bodega y algunas camas.
El horario de apertura al público de la taberna sería de sol a sol. Sólo permanecería cerrada los domingos y días de fiesta hasta que concluyese la Misa Mayor. Esto se puede apreciar claramente en una disposición del concejo de Écija en la que la pena por tal infracción era de 200 maravedíes y cárcel para el tabernero.
Su multifuncionalidad
Parece ser que las reglamentaciones municipales a las que estaban sometidos los taberneros tenían alguna similitud en ciertas ciudades del sur peninsular en las postrimerías del siglo XV. De este modo, el tabernero tenía prohibido suplantar con su negocio las actividades de otros establecimientos.
En consecuencia, no podía dar albergue más de tres días seguidos ya que de esa función se encargaban los mesones. No obstante, parece ser que en Écija la diferencia entre tabernas y mesones era nula y esta medida estaría destinada a evitar que la gente sin vivienda declarada, "vagabundos" y "holgazanes", hiciesen de la taberna su hogar sin preocuparse de buscar un oficio.
Tampoco la taberna podía suplantar la función de las casas de mancebía acogiendo prostitutas, aunque éstas
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