TRANSMISION DE OBLIGACIONES CESIÓN DE DERECHOS
Enviado por Maru Monroy • 29 de Febrero de 2016 • Apuntes • 2.786 Palabras (12 Páginas) • 916 Visitas
TRANSMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES |
CESIÓN DE DERECHOS |
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CONTENIDO
- PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
- Problema
- HIPÓTESIS
- JUSTIFICACIÓN
- MARCO DOCTRINAL
- Rafael de Pina
- Manuel Borja Soriano
- Manuel Bejarano Sánchez
- Naturaleza Jurídica
- Derechos que pueden ser cedidos
- Derecho inalienable
- La cesión del contrato
- Forma y efectos de la Cesión de Derechos
- MARCO JURÍDICO
- CÓDIGO CIVIL FEDERAL: TÍTULO TERCERO: DE LA TRANSMISIÓN DE LAS OBLIGACOINES. CAPÍTULO I: DE LA CESIÓN DE DERECHOS
- Artículo 2029
- Artículo 2030
- Articulo 2031
- Artículo 2032
- Artículo 2033
- Artículo 2034
- Artículo 2035
- Artículo 2036
- Artículo 2037
- Artículo 2038
- Artículo 2039
- Artículo 2040
- Artículo 2041
- Artículo 2042
- Artículo 2043
- Artículo 2044
- Artículo 2045
- Artículo 2046
- Artículo 2047
- Artículo 2048
- Artículo 2049
- Artículo 2050
- RESULTADO
- CONCLUSIONES
- ANEXOS
- Mapas
- Ejemplo de la Cesión de Derechos
- BIOGRAFÍA
- PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Isaac Lucio Piña tiene un hijo enfermo, quien para curarse requiere de una operación costosa, desafortunadamente el señor Lucio no tiene dinero ni posee más bienes que el bien inmueble donde vive y un terreno ejidal en Lindero Yeche.
El señor se encuentra en un dilema, pues si vende su casa dejaría sin hogar a su familia y hasta donde sabe no puede vender su terreno por pertenecer su terreno al régimen ejidal
Problema
¿Cómo puede hacer el Sr. Isaac para conseguir dinero a cambio de su terreno? Isaac ha consultado un abogado, mismo que expone “Si hace un contrato de Cesión de Derechos, podrá usted obtener de forma contractual cierta cantidad de dinero a cambio de su terreno.
- HIPOTESIS
Si el Sr. Isaac hace un contrato de Cesión de Derechos, entonces puede ceder sus derechos parcelarios a cambio de un dinero de forma contractual.
- JUSTIFICACIÓN
La Cesión de Derechos debe ser entendida como una forma de Transmitir las Obligaciones en el Derecho Civil. Su relevancia va encaminada a la forma en cómo un sujeto puede transmitir la obligación mediante la Cesión de Créditos, ya sea para evitar extinguir la obligación o de prever el resultado de la relación jurídica entre los sujetos originales.
Se pretende que cada sujeto entienda que una Cesión de Derechos se puede llevar a cabo mediante un contrato, como el de compraventa por ejemplo, y que se obtiene de éste algún beneficio en caso de existir la necesidad[1].
Así mismo se pretende lograr que los alumnos comprendan la Cesión de Derechos como una forma de transmitir las obligaciones y de qué manera va a generarse dicha cesión, esto a través del conocimiento que la doctrina y el marco legal nos definen. También se trata de lograr que el alumno haga un estudio profundo que le permita ir más allá de comprender el tema, es decir, que encuentre esa forma de llevar a cabo, en la práctica, una Cesión de Derechos como representante de alguna de los sujetos de la obligación.
- MARCO DOCTRINAL
- Rafael de Pina
Se habla de Cesión de Créditos cuando el acreedor (cedente) transfiere a otro (cesionario) los que tenga contra su deudor […] la cesión de un crédito comprende la de todos los derechos accesorios, como la fianza, hipoteca, prenda o privilegio, salvo aquellos que son inseparables de la persona del cedente.[2]
- Manuel Borja Soriano
Es un contrato por el cual el acreedor, llamado cedente, transmite los derechos que tienen en contra de su deudor a un tercero, llamado cesionario. Es donde el acreedor es subsistente a substituido por el adquiriente del crédito; pero queda subsistiendo, , ahora sí, el crédito mismo.
- Manuel Bejarano Sánchez
- Naturaleza jurídica
La Cesión de Derechos una vez que se define que es el acto jurídico cambiante, también asume la esencia de varios contratos y depende el contrato, depende su naturaleza. Por ejemplo, la compraventa por ejemplo, es un contrato en el cual uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o derecho y el otro, a su vez, se obliga a pagar por ello un precio cierto en dinero y que no obstante el requisito del precio en dinero debe existir, está constituida en dinero y valor de otra cosa[3]. También podemos hablar de la permuta que se refiere a que cada uno de los contratantes se obliga a dar una cosa por otra, es decir, si la parte en numerario fuere inferior[4]. Entonces la donación también es una forma de ceder derechos y se refiere a la transmisión de una parte o de la totalidad de los bienes[5].
- Derechos que pueden ser cedidos
Las especies de derechos que pueden ser cedidos y son los siguientes: en globo que es el que cede ciertos derechos y cumple con responder la legitimidad del todo en general, pero no está obligado al saneamiento de cada una de las partes, salvo en el caso de evicción del todo o de la mayor parte; y hereditario que es el que cede el derecho a una herencia, sin enumerar las cosas que de ésta se compone, sólo está obligado a responder de su calidad de heredero. También se dice que se pueden ceder los derechos que no sean reales y ni personales.
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