ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Tratado De Versalle


Enviado por   •  17 de Junio de 2013  •  26.425 Palabras (106 Páginas)  •  412 Visitas

Página 1 de 106

TRATADO DE VERSALLES - 28 de Junio de 1919

Los Estados Unidos de América, el Imperio Británico, Francia, Italia y el Japón, Potencias designadas en el presente Tratado como las principales Potencias aliadas y asociadas; Bélgica, Bolivia, el Brasil, China, Cuba, el Ecuador, Grecia, Guatemala, Haití, Hedjaz, Honduras, Liberia, Nicaragua, Panamá, el Perú, Polonia, Portugal, Rumania, el Estado Servio-Croata-Esloveno, Siam, Checo-Eslovaquia y el Uruguay, que constituyen con las susodichas principales Potencias, las Potencias aliadas y asociadas, por una parte; y Alemania, por otra parte;

Considerando que a petición del Gobierno imperial alemán se concedió un armisticio a Alemania el II de noviembre de 1918 por las principales Potencias aliadas y asociadas, a fin de poder celebrar con ella un Tratado de Paz;

Considerando que las Potencias aliadas y asociadas están igualmente deseosas de que la guerra a que sucesivamente fueron arrastradas, directa o indirectamente, y que tuvo su origen en la declaración de guerra dirigida e1 ,28 de julio de 1914 por Austria-Hungría a Servia, en las declaraciones de guerra dirigidas por Alemania el r de agosto de 1914 a Rusia y el 3 de agosto de 1914 a Francia, y en la invasión de Bélgica, sea reemplazada por una paz sólida, justa y duradera;

Las altas Partes Contratantes han nombrado los representantes siguientes:

(Siguen los nombres y calidades de los plenipotenciarios)

Los cuales habiendo cambiado entre si sus plenos poderes, y habiéndoles hallado en buena y debida forma, han convenido las disposiciones siguientes:

A partir de la entrada en vigor del presente Tratado cesará el estado de guerra. Desde este momento, y a reserva de las disposiciones del presente Tratado, se reanudarán las relaciones oficiales de las Potencias aliadas y asociadas con Alemania o con cualesquiera de los Estados alemanes.

PARTE PRIMERA

Pacto de la Sociedad de las Naciones

LAS ALTAS PARTES CONTRATANTES,

Considerando que para fomentar la cooperación entre las naciones y para garantirles la paz y la seguridad, importa:

Aceptar ciertos compromisos de no recurrir a la guerra;

Mantener a la luz del día relaciones internacionales, fundadas sobre la justicia y el honor;

Observar rigurosamente las prescripciones del Derecho internacional, reconocidas de aquí en adelante como regla de conducta efectiva de los Gobiernos;

Hacer que reine la justicia y respetar escrupulosamente todas las obligaciones de los tratados en las relaciones mutuas de los pueblos organizados;

Adoptan el presente Pacto, que instituye la Sociedad de las Naciones.

ARTÍCULO 1°

Serán miembros originarios de la Sociedad de las Naciones aquellos de los firmantes cuyos nombres figuren en el anexo al presente Pacto, así como los Estados, igualmente nombrados en el anexo, que se hayan adherido al presente Pacto sin ninguna reserva, por una declaración depositada en la Secretaría, dentro de los dos meses siguientes a la entrada en vigor del Pacto, y de la cual se hará la correspondiente notificación a los demás miembros de la Sociedad.

Todo Estado, Dominio o Colonia que se gobierne libremente y que no esté designado en el anexo, podrá llegar a ser miembro de la Sociedad si se declaran en favor de su admisión dos terceras partes de la Asamblea, a condición de que de garantías efectivas de su intención sincera de observar sus compromisos internacionales y de que acepte el reglamento establecido por la Sociedad en lo que concierne a sus armamentos y fuerzas militares, navales y aéreas.

Todo miembro de la Sociedad, mediante aviso dado con dos años de antelación, podrá retirarse de la Sociedad a condición de haber cumplido hasta el momento todas sus obligaciones internacionales, comprendidas las del presente Pacto.

ARTÍCULO 2°

La acción de la Sociedad, tal como queda definida en el presente Pacto, se ejercerá por una Asamblea y por un Consejo auxiliado por una Secretaría permanente.

ARTÍCULO 3°

La Asamblea se compondrá de representantes de los miembros de la Sociedad.

Se reunirá en épocas fijas, y en cualquier otro momento si las circunstancias lo exigen, en el lugar de residencia de la Sociedad a cualquier otro lugar que se designe.

La Asamblea entenderá de todas las cuestiones que entren en la esfera de actividad de la Sociedad o que afecten a la paz del mundo.

Cada miembro de la Sociedad no podrá tener más de tres representantes en la Asamblea, y no dispondrá de más de un voto.

ARTÍCULO 4°

El Consejo se compondrá de representantes de los Estados Unidos de América, del Imperio Británico, de Francia, de Italia y del Japón, así como de representantes de otros cuatro miembros de la Sociedad. Estos cuatro miembros serán designados libremente por la Asamblea y en las épocas que estime convenientes. Hasta la primera designación de la Asamblea, los representantes de Bélgica, del Brasil, de España y de Grecia serán miembros del Consejo.

Con la aprobación de la mayoría de la Asamblea, el Consejo podrá designar otros miembros cuya representación, en lo sucesivo, sea permanente en el Consejo. Con la misma aprobación podrá aumentar el número de miembros de la Sociedad, que habrán de ser elegidos por la Asamblea para estar representados en el Consejo.

El Consejo se reunirá cuando las circunstancias lo exijan, y por lo menos una vez al año, en el lugar de residencia de la Sociedad o en cualquier otro punto que se designe.

El Consejo entenderá de todas las cuestiones que entren dentro de la esfera de actividad de la Sociedad o que -afecten a la paz del mundo.

Todo miembro de la Sociedad que no esté representado en el Consejo, queda invitado a enviar al mismo un representante siempre que se discuta en el Consejo cualquier cuestión que le afecte particularmente.

Cada miembro de la Sociedad representado en el Consejo dispondrá solamente de un voto y no tendrá más que un representante.

ARTÍCULO 5°

Salvo disposición expresa en contrario del presente pacto, las decisiones de la Asamblea o del Consejo se tomarán por unanimidad de los miembros representados en la reunión.

Las cuestiones de procedimiento que se presenten en las reuniones de la Asamblea o del Consejo, inclusive la designación de las Comisiones encargadas de hacer informaciones acerca de puntos particulares, serán reguladas por la Asamblea o por el Consejo y resueltas por la mayoría de los miembros de la Sociedad representados en la reunión.

La primera reunión de la Asamblea y la primera, reunión del Consejo tendrán lugar previa convocatoria del presidente de los Estados Unidos de America.

ARTÍCULO 6°

La Secretaria permanente estará

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (169 Kb)
Leer 105 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com