ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Tratados De Velasco


Enviado por   •  11 de Enero de 2015  •  408 Palabras (2 Páginas)  •  183 Visitas

Página 1 de 2

1836 Tratados de Velasco

14 Mayo 1836

Articulo 1o

El Gral. Ant. Lopez de Santa Anna se conviene en no tomar las

armas ni influir en que se tomen contra el Pueblo de Tejas

durante la actual contienda de Independencia.

Articulo 2o

Cesaran inmediatamente las hostilidades por mar y tierra entre

las tropas Mejicanas y Tejanas.

Articulo 3o

Las tropas Mejicanas evacuaran el territorio de Tejas, pasando

al otro lado del Rio Grande del Norte.

Articulo 4o

El Ejercito Mejicano en su retirada, no usara de las propiedades

de ninguna persona sin su consentimiento y justa

indemnización, tomando solamente los artículos precisos para

su subsistencia no hallándose presente los dueños y remitiendo

al Gral. del Ejercito tejano o a los comisionados para el arreglo

de tales negocios, la nota del valor de la propiedad consumida, el

lugar donde se tomo, y el nombre del dueño si se supiere.

Artículo 5o

Que toda propiedad particular incluyendo ganados, caballos,

negros esclavos, o gente contratada de cualquier denominación

q. haya sido aprehendida por una parte del Ejercito Mejicano, o

que se hubiere refugiado en dicho Ejercito desde el principio de

la ultima invacion, sera devuelta al Comandante de las fuerzas

Tejanas, o a las personas que fueren nombradas por el Gobierno

de Tejas para recibirlas.

Articulo 6o

Las tropas de ambos Ejércitos beligerantes no se pondrán en

contacto, y a este fin el Gral. Tejano cuidara q. entre los dos

campos medie una distancia de cinco leguas por lo menos.

Articulo 7o

El Ejercito Mejicano no tendrá mas demora en su marcha, q. la

precisa para lebantar sus hospitales, trenes, etc. y pasar los rios,

considerándose como una infracción de este convenio la demora q. sin justo motivo se notare.

Articulo 8o

Se remitira por expreso violento este convenio al Gral. de

Division Vicente Filisola y al Gral. T. J. Rusk, Comte del Ejercito

de Tejas, para q. queden obligados a cuanto les pertenece y q.

poniendose de acuerdo convengan en la pronta y debida

ejecucion de lo estipulado.

Articulo 9o

Que todos los prisioneros tejanos q. hoy se hayan en poder del

Ejercito mejicano, o en el de alguna de las autoridades del

Gobno. de Mejico, sean inmediatamente puestos en livertad y se

les den pasaportes para regresar a sus casas, debiendose

tambien poner en libertad por parte del Gobno. de Tejas, un

numero correspondiente de prisioneros Mejicanos del mismo

rango y graduacion y tratando al resto de dichos prisioneros

Mejicanos q. queden en poder del Gobno. de Tejas con toda la

debida humanidad, haciendose

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com