Épocas De La Jurisprudencia En México
Enviado por michmani • 2 de Septiembre de 2012 • 747 Palabras (3 Páginas) • 1.772 Visitas
ÉPOCAS DE LA JURISPRUDENCIA EN MÉXICO
Las Épocas son periodos que reflejan cambios en el esquema formal de organización o marco teórico en el ámbito jurídico reflejados en la manera de formar jurisprudencia. El comienzo de cada Época obedece generalmente a reformas constitucionales y acontecimientos de relevancia histórica que tienen impacto en el sistema judicial mexicano.
Las Épocas de la Jurisprudencia se dividen en dos grandes periodos antes y después de 1917. El período comprendido entre la Primera y Cuarta Época, es decir, del 1º de Enero de 1871 hasta el año de 1914 pertenece a la Jurisprudencia Histórica y actualmente los criterios contenidos en éste período son inaplicables, producto de la entrada en vigor de la Constitución de 1857.
Por otro lado el Segundo Periodo refiere a la Jurisprudencia Aplicable, comienza a partir de la Quinta Época extendiéndose hasta nuestros días, la Décima Época tomando como base la Constitución de 1917.
La importancia del Semanario Judicial de la Federación en relación a la institución de la jurisprudencia es precisamente que en este se da la publicación de las tesis jurisprudenciales y las ejecutorias que las forman.
Esta publicación es mensual y se compone de tres partes:
1. Primera: Contiene las tesis y ejecutorias del Pleno y de las Salas de la Suprema Corte.
2. Segunda: Las tesis y ejecutorias correspondientes a los Tribunales Colegiados de Circuito.
3. Tercera: Los acuerdos del Tribunal del Pleno y del Consejo de la Judicatura Federal.
PRIMER PERIODO JURISPRUDENCIAL
Primera Época
Tuvo un periodo de vigencia del 1º de Enero de 1871 gracias al Decreto Presidencial del 8 de Diciembre de 1870, el motivo por el cual dejo de aplicarse fueron las razones administrativas y financieras, así como por incidentes históricos como el levantamiento de Tuxtepec encabezado por Porfirio Díaz.
Segunda Época
Inició con la reaparición del Semanario Judicial de la Federación el 1º de Enero de 1881 y el motivo de su finalización: una Reforma de restructuración de la SCJN en Diciembre de 1889, y la problemática que se presentó cuando los fallos de la Suprema Corte de Justicia entraron en crisis debido al crecimiento poblacional que incidió en los juicios y al desarrollo económico que también incrementó los procesos judiciales.
Tercera Época
Entró materialmente en vigencia el 1º de Enero de 1890 y culminó el 31 de Diciembre de 1897; en virtud de las reformas del 6 de Octubre de 1897 en que se derogaron los artículos 47 y 70 de la Ley de Amparo de 1882, suprimieron la institución de la jurisprudencia.
Cuarta Época
Periodo de vigencia material principia el
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