ANALISIS DE RESOLUCIONES JUDICIALES – TAREA Nº 2
Enviado por christyanleo • 9 de Enero de 2016 • Documentos de Investigación • 1.042 Palabras (5 Páginas) • 139 Visitas
ANALISIS DE RESOLUCIONES JUDICIALES – TAREA Nº 2
- Generalidades
Los jueces para determinar la norma aplicable en un caso dado tienen que apreciar y fijar los hechos aportados al proceso que sustentan las pretensiones procesales propuestas.
Las normas finalmente tienen vigencia en el tiempo y en el espacio, en un caso judicial lo primero que hacen los jueces es determinar la materia jurídica en controversia, una vez determinada la materia en controversia, el siguiente paso consiste en establecer el derecho objetivo aplicable al caso justiciable.
Los jueces al emitir una sentencia pueden incurrir en errores y en vicios, la sentencia será igualmente nula o invalida si ella está viciada por estar afecta de alguna causal de nulidad de orden procesal.
El error en la aplicación de la norma jurídica la encontramos igualmente en la errónea interpretación de la misma por equivocación o por ignorancia inexcusable del juez. La lectura de la norma en este supuesto es contraria a su letra configurándose así una perfecta violación de la norma.
- Interpretación de la Normas Jurídicas
No puede existir ningún orden jurídico sin función interpretativa, porque las normas están destinadas a ser cumplidas y, en su caso, aplicado. Ahora bien, las normas generales Constitución, Leyes. Reglamentos - hablan del único modo que pueden hablar: en términos relativamente generales y abstractos. En cambio, en la vida humana, en las realidades sociales en las cuales se debe cumplir y, en su caso, aplicar las leyes, son siempre particulares y concretas.
Hay que resaltar es la función del Juez la cual siempre debe de ser creadora en múltiples dimensiones por ser este "... una pieza esencial e indescartable del orden jurídico positivo, por cuanto este no solo consta de leyes sino también de la función jurisdiccional. El juez si bien es cierto debe obediencia a las leyes, pero las leyes no puede operar por sí solas, sino únicamente a través de la interpretación que se las dé. Y, como se verá, el Juez debe interpretar las leyes siempre en un sentido de justicia, es decir razonablemente".
- Planeamiento del tema
PRIMERO es saber cuáles son las normas existentes. Para dilucidar esta primer nivel nos sirve la teoría de las fuentes del Derecho.
SEGUNDO nivel de problemas que consiste en saber qué dicen esas normas jurídicas. A este efecto nos sirve la teoría de la norma jurídica.
TERCERO que consiste en averiguar exactamente qué quiere decir la norma. Este nivel debe ser abordado mediante la teoría de interpretación.
- Elementos que debe tener presente en el procedimiento interpretativo
La teoría de la interpretación jurídica, de esta manera, es parte de la teoría general del derecho destinada a desentrañar el significado último del contenido de las normas jurídicas cuando su sentido normativo no queda claro a partir del análisis lógico – jurídico interno de la norma.
- Las antinomias jurídicas
- Nociones Fundamentales
El derecho en su sentido más amplio se dice que no tiene vacíos; la legislación, como derecho positivo, es la que tiene vacíos.
Se conceptúa a la antinomia jurídica como la situación en que dos normas legales que pertenecen a un mismo ordenamiento y tiene el mismo ámbito de validez son incompatibles entre sí.
Se habla de antinomias cuando en un ordenamiento jurídico existen normas incompatibles y se afirma que el derecho no admite antinomias ya que rige el principio de compatibilidad.
- Criterios de solución
- Criterio cronológico, en caso de conflicto entre normas provenientes de fuentes jerárquicamente equiparadas, es decir, dispuestas sobre el mismo plano, la norma creada con anterioridad en el tiempo debe considerarse abrogada tácitamente, y por tanto, ceder ante la nueva.
- Criterio jerárquico, ante la colisión de normas provenientes de fuentes ordenadas de manera vertical o dispuestas en grados diversos en la jerarquía de las fuentes, la norma jerárquicamente inferior tiene la calidad de subordinada y, por tanto, debe ceder en los casos en que se oponga a la ley subordinante.
- Criterio de especialidad, ante dos normas incompatibles, una general y la otra especial (o excepcional), prevalece la segunda, el criterio se sustenta en que la ley especial substrae una parte de la materia regida por la de mayor amplitud, para someterla a una reglamentación diversa (contraria o contradictoria). En la época contemporánea, la doctrina, la ley y la jurisprudencia han incrementado la lista con otros tres criterios.
- Criterio de prevalencia, este mecanismo requiere necesariamente de una regla legal, donde se disponga que ante conflictos producidos entre normas válidas pertenecientes a subsistemas normativos distintos, debe prevalecer alguna de ellas en detrimento de la otra, independientemente de la jerarquía o especialidad de cada una.
- La integración del derecho
- Conceptos básicos
En nuestro ordenamiento jurídico la constitución del estado establece el principio de no dejar de administrar justicia por vacío o deficiencia de la ley. El Código Civil señala que los jueces no pueden de dejar de administrar justicia por defecto o deficiencia de la ley.
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