Articulos 25 Al 28 Constitucion Mexicana
Enviado por laalybarbosa • 2 de Febrero de 2015 • 415 Palabras (2 Páginas) • 551 Visitas
Articulo 25:
El artículo 25 nos menciona de una garantía de seguridad jurídica, nos habla que al estado le corresponde garantizar la soberanía nacional y régimen democrático, también menciona que el desarrollo económico debe ser con responsabilidad, del sector público, social y privado para impulsar otras áreas. Con respecto a la de igualdad bajo criterios de equidad y productividad se impulsara a las empresas sociales y privadas de acuerdo a los intereses y beneficio general de los recursos productivos cuidando su conservación y medio ambiente.
Artículo 26:
Este Artículo menciona que el estado debe realizar un sistema de planeación de desarrollo democrático para el crecimiento de la economía y democracia política y cultural del estado. Con diferentes sectores de la sociedad, el estado debe recoger las demandas de la sociedad para que las incorpore al plan que son sujetos a la esfera de administración publica federal, para esto el ejecutivo estará a cargo y será quien negocie con las entidades federativas; también se debe exhortar al particular para que participe en el plan.
Artículo 27:
Este artículo se refiere a que las tierras y aguas comprendidas dentro de los limites del territorio nacional corresponden todo al estado. Puede concederle a los particulares una propiedad privada y deberá regularla según el interés publico, hacer expropiaciones e indemnizar al ciudadano por tal hecho, se dictaran medidas para los asentamientos humanos en zonas urbanas y rurales. Le corresponden a la nación también el dominio de los recursos naturales de las plataformas continentales, yacimientos, metales, piedras preciosas, combustibles petróleos, materias nucleares, etc. El gobierno federal tiene la facultad de señalar reservas ecológicas o suprimirlas, también debe de abastecer de luz eléctrica a la nación. Pueden adquirir tierras de la nación los mexicanos por nacimiento, naturalizados, asociaciones religiosas, instituciones de beneficencia publica, sociedades mercantiles, bancos y estados o distrito federal. Se prohíben latifundios y deberá fomentar la actividad agropecuaria y forestal en la población campesina.
Artículo 28:
En este artículo queda prohibido lo que es el monopolio y los estancos, y habrán consecuencias ante ellas. Las leyes tendrán bases para fijar los precios de estas y para que los precios no incrementen. Existirá un banco que sera federal para el Estado. No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: correos, telégrafos y radiotelegrafía; petróleo y los demás hidrocarburos; petroquímica básica; minerales radioactivos y generación de energía nuclear; electricidad; puentes internacionales; puertos, aeropuertos y las actividades que expresamente señalen las leyes que expida el Congreso de la Unión.
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