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Contabilidad De Tributos 1


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2014  •  7.742 Palabras (31 Páginas)  •  273 Visitas

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UNIVERSIDAD CATOLICA LOS ANGELES

CHIMBOTE

CONTABILIDAD DE TRIBUTOS I

ESCUELA PROFESIONAL DE ADMINISTRACION

CICLO VII

DOCENTE:

C.P.C. EDWIN ARROYO ROSALES

ALUMNO:

OSCAR MANUEL RAMIREZ DE LA CRUZ

TOCACHE – PERU

I UNIDAD DE APRENDIZAJE

CODIGO TRIBUTARIO

PLAN DE APRENDIZAJE 01

Actividad 1: Tarea

A través de la lectura del Texto de Contabilidad de Tributos I, los alumnos analizarán las Normas Preliminares establecidas en el Código Tributario, vigente para el ejercicio fiscal 2009 y 2010.

Desarrollo de la Actividad 1:

TITULO PRELIMINAR DE NORMA DE CÓDIGO TRIBUTARIO

Vigente para el ejercicio fiscal 1999– 2010,

NORMA I: CONTENIDO

El presente Código establece los principios generales, instituciones, procedimientos y normas del Ordenamiento Jurídico– Tributario.

NORMA II: AMBITO DE APLICACIÓN

Este Código rige las relaciones jurídicas originadas por los tributos. Para estos efectos, el término genérico tributo comprende:

a. Impuesto: Es el tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa en favor del contribuyente por parte del Estado.

b. Contribución: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales.

c. Tasa: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el estado de un servicio público individualizado en el contribuyente. No es tasa el pago que se recibe por un servicio de origen contractual.

Las tasas son:

1. Arbitrios: Son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público.

2. Derechos: Son tasas que se pagan por la prestación de un servicio administrativo público o el uso o aprovechamiento de bienes públicos.

3. Licencias: Son tasas que gravan la obtención de autorizaciones específicas para la realización de actividades de provecho particular sujetas a control o fiscalización. El rendimiento de los tributos distintos a los impuestos no debe tener un destino ajeno al de cubrir el costo de las obras o servicios que constituyen los supuestos de la obligación.

Las aportaciones al Seguro Social – ESSALUD y a la Oficina de Normalización Previsional –

ONP se rige por las normas de este código, salvo en aquellos aspectos que por su naturaleza requieran normas especiales, los mismos que serán señalados por Decreto Supremo.

CLASIFICACIÓN ADOPTADA POR CÓDIGO TRIBUTARIO NACIONAL.

IMPUESTO:

Tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa a favor del contribuyente por parte del estado.

CONTRIBUCIÓN:

TRIBUTO, cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales.

TASA:

Tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el estado de un servicio público individualizado en el contribuyente.

NORMA III: FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO

Las fuentes del Derecho Tributario son:

- Las disposiciones constitucionales;

- Los tratados internacionales aprobados por el Congreso y ratificados por el Presidente de la República;

- Las leyes tributarias y las normas de rango equivalente;

- Las leyes orgánicas o especiales que norman la creación de tributos regionales o municipales

- Los derechos supremos y las normas reglamentarias

- La jurisprudencia.

- Las resoluciones de carácter general emitidas por la Administración Tributaria; y

- La doctrina jurídica. Son normas de rango equivalente a la ley, aquéllas por las que conforme a la Constitución se puede crear, modificar, suspender o suprimir tributos y conceder beneficios tributarios. Toda referencia a la ley se entenderá referida también a las normas de rango equivalente.

FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO

Tributario

Medios o vehículos generadores a través de los cuales se pueden insertar normas jurídicas en el sistema tributario

Disposiciones Constitucionales

Tratados internacionales aprobados por el Congreso y ratificados por el Presidente de la República. Leyes Tributarias y Normas de Rango Equivalente

FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO OBLIGATORIO.- Leyes orgánicas o especiales que norman la creación de tributos regionales o municipales.

- Decretos Supremos y Normas Reglamentarias

- Resoluciones de carácter general emitidas por la Administración Tributaria

- Jurisprudencia de observancia obligatoria.

FUENTES DE DERECHO REFERENTE

- Doctrina Jurisprudencia no emitida con carácter de observancia obligatoria

NORMA IV: PRINCIPIO DE LEGALIDAD, RESERVA DE LA LEY

Sólo por Ley o por Decreto Legislativo, en caso de delegación, se puede:

a) Crear, modificar y suprimir tributos; señalar el hecho generador de la obligación tributaria, la base para su cálculo y la alícuota; el acreedor tributario el deudor tributario y el agente de retención o percepción, sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 10°;

b) Conceder exoneraciones y otros beneficios tributarios.

c) Normar los procedimientos jurisdiccionales, así como los administrativos en cuanto a derechos o garantías del deudor tributario.

d) Definir las infracciones y establecer sanciones

e) Establecer privilegios, preferencias y garantías para la deuda tributaria

f) Normar formas de extinción de la obligación tributaria distintas a las establecidas en este Código. Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley. Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas se regula las tarifas arancelarias.

NORMA V: LEY DE PRESUPUESTO Y CRÉDITOS SUPLEMENTARIOS

La Ley Anual de Presupuesto del Sector Público y las leyes que aprueban créditos suplementarios no podrán contener normas sobre materia tributaria.

NORMA VI:

...

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