Don Quijote de la Mancha. Miguel de Cevantes
Enviado por hugopanqueva • 21 de Noviembre de 2012 • Reseña • 4.306 Palabras (18 Páginas) • 658 Visitas
Miguel de Cervantes
El ingenioso hidalgo don quijote de la Mancha
Parte I
Don Quijote de la Mancha Parte I
Miguel de Cevantes
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Tasa
Yo, Juan Gallo de Andrada, escribano de Cámara del Rey, nuestro señor, de los que residen en
su Consejo, certifico y doy fe que, habiendo visto por los señores dél un libro intitulado El
ingenioso hidalgo de la Mancha, compuesto por Miguel de Cervantes Saavedra, tasaron cada
pliego del dicho libro a tres maravedís y medio el cual tiene ochenta y tres pliegos, que al dicho
precio monta el dicho libro docientos y noventa maravedís y medio, en que se ha de vender en
papel; y dieron licencia para que a este precio se pueda vender, y mandaron que esta tasa se
ponga al principio del dicho libro, v no se pueda vender sin ella. Y para que dello conste, di la
presente en Valladolid, a veinte días del enes de deciembre de mil v seiscientos v cuatro años.
JUAN GALLO DE ANDRADA
Testimonio de las erratas
Este libro n« tiene cosa digna que no corresponda a su original: en testimonio de lo haber
correcto di esta fe. En el Colegio de la Madre de Dios de los Teólogos de la Universidad de Alcalá,
en primero de diciembre de 1604 años.
EL, LICENCIADO FRANCISCO MURCIA DE LA LLANA
EL REY
Por cuanto por parte de vos, Miguel de Cervantes, nos fue fecha relación que habíades
compuesto un libro intitulado El ingenioso hidalgo de !a Mancha, el cual os había costado mucho
trabajo y era muy útil y provechoso, nos pedistes y suplicantes os mandásemos dar licencia y
facultad para le poder imprimir, y previlegio por el tiempo que fuésemos servidos, o como la
nuestra merced fuese; lo cual visto por los del nuestro Consejo, por cuanto en el dicho libro se
hicieron las diligencias que la premática últimamente por nos fecha, sobre la impresión de los
libros, dispone; fue acordado que debíamos mandar dar esta nuestra cédula para vos, en la dicha
razón, y nos tuvímoslo por bien. Por la cual, por os hacer bien y merced, os damos licencia y
facultad para que vos, o la persona que vuestro poder hubiere; y no otra alguna, podáis imprimir
el dicho libro, intitulado El ingenioso hidalgo de la Mancha, que desuso se hace mención, en todos
estos nuestros reinos de Castilla, por tiempo y espacio de diez años, que corran y se cuenten
desde el dicho día de la data desta nuestra cédula; so pena que la persona o personas que, sin
tener vuestro poder, lo imprimiere o vendiere, o hiciere imprimir o Vender, por el mesmo caso
pierda la impresión que hiciere, con los moldes y aparejos della, y más incurra en pena de
cincuenta mil maravedís, cada vez que lo contrario hiciere. La cual dicha pena sea la tercia parte
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para la persona que lo acusare, y la otra tercia parte para nuestra Cámara, y la otra tercia parte
para el juez que lo sentenciare. Con tanto que todas las veces que hubiéredes de hacer imprimir el
dicho libro, durante el tiempo de los dichos diez años, le traigáis al nuestro Consejo, juntamente
con el original que en él fue visto, que va rubricado cada plana y firmado al fin del de Juan Gallo
de Andrada, nuestro escribano de Cámara de los que en él residen, para saber si la dicha
impresión está conforme el original; o traigáis fe en pública forma de como por corretor nombrado
por nuestro mandado, se vio y corrigió la dicha impresión por el original, y se imprimió conforme
a él, y quedan impresas las erratas por él apuntadas, para cada un libro de los que así fueren
impresos, para que se tase el precio que por cada volume hubiéredes de haber. Y mandamos al
impresor que así imprimiere el dicho libro, no imprima el principio ni el primer pliego dél, ni
entregue más de un solo libro con el original al autor, o persona a cuya costa lo imprimiere, ni
otro alguno, para efeto de la dicha corrección y tasa, hasta que antes y primero el dicho libro esté
corregido y tasado por los del nuestro Consejo; y estando hecho, y no de otra manera, pueda
imprimir el dicho principio y primer pliego, y sucesivamente ponga esta nuestra cédula y la
aprobación, tasa y erratas, so pena de caer e incurrir en las penas contenidas en las leyes y
premáticas destos nuestros reinos. Y mandamos a los del nuestro Consejo y a otras cualesquier
justicias dellos, guarden y cumplan esta nuestra cédula y lo en ella contenido. Fecha en
Valladolid, a veinte y seis días del mes de setiembre de mil y seiscientos y cuatro años.
YO EL REY
Por mandado del Rey nuestro señor:
JUAN DE AMEZQUETA
Al duque de Béjar
MARQUÉS DE GIBRALEÓN, CONDE DE BENALCÁZAR Y BAÑARES,
VIZCONDE DE LA PUEBLA DE AECOCER, SEÑOR DE LAS VILLAS
DE CAPILLA, CURIEL Y BURGUILLOS
En fe del buen acogimiento y honra que hace Vuestra Excelencia a toda suerte de libros, como
príncipe tan inclinado a favorecer las buenas artes, mayormente las que por su nobleza no se
abaten al servicio y granjerías del vulgo, he determinado de sacar a luz al Ingenioso Hidalgo don
Quijote ele la Mancha, al abrigo del clarísimo nombre de Vuestra Excelencia, a quien, con el
acatamiento que debo a tanta grandeza, suplico le reciba agradablemente en su protección, para
que a su sombra, aunque desnudo de aquel precioso ornamento de elegancia y erudición de que
suelen andar vestidas las obras que se componen en las casas de los hombres que saben, ose
parecer seguramente en el juicio de algunos que, no continiéndose en los límites de su ignorancia,
suelen condenar con más rigor y menos justicia los trabajos a jenos~ que, poniendo los ojos la
prudencia de Vuestra Excelencia en in] buen deseo, tío que no desdeñará la cortedad de tan
humilde servicio.
MIGUEL DE CERVANTES SAAVEDRA
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Prólogo
Desocupado lector: sin juramento, me podrás creer que quisiera que este libro, como hijo del
entendimiento, fuera el más hermoso, el más gallardo y más discreto que pudiera imaginarse.
Pero no he podido yo contravenir la orden de naturaleza, que en ella cada cosa engendra su
semejante. Y así, ¿qué podría engendrar el estéril y mal cultivado ingenio mío sino la historia de
un hijo seco, avellanado, antojadizo y lleno de pensamientos varios y nunca imaginados de otro
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