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EL JURISTA Y EL SIMULADOR DEL DERECHO


Enviado por   •  4 de Junio de 2014  •  1.570 Palabras (7 Páginas)  •  245 Visitas

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NECESIDAD DEL DERECHO COMO ORDEN NORMATIVO DE LA SOCIEDAD Y DEL ESTADO.

El Derecho es considerado, en si mismo una abstracción de su variado y su variable contenido, no infraestructura ni superestructura de la sociedad, puesto que, en su dimensión formal no esta sujeto ni al tiempo ni al espacio.

El Estado surge como persona moral y suprema y omnicomprensiva, y en la cual se estructura toda sociedad humana. Esta estructuración la forma y sistematiza el Derecho para hacer posible la vida social dentro del orden normativo que establece y en el que existen y actúan, sin excepción los órganos de gobierno.

SEMBLANZA DEL JURISTA

El jurista es un garante de la sociedad en cuanto que debe de procurar que en ella imperen la justicia y la seguridad. Esta procuración se manifiesta en diferentes quehaceres.

Para cumplir con su insigne y excelso cometido social, el jurista debe de ser libre, no debe de estar vinculado permanentemente con algún sector publico. El abogado no debe de ser asalariado de nadie. No debe de tener patrón que lo instruya en lo que debe de hacer. No es un trabajador s no un profesionista que dirige la cliente en los casos en los que este ha solicitado su patrocinio.

Las cualidades morales del jurista es la honestidad que en su sentido amplio equivale a no ser corrupto. La corrupción entraña:

 Deshonestidad

 Ineficacia dolosa

 Ineptitud

 Engaño o falacia

 Desvió de conducta

 Adulación y servilismo

 Complicidad y Encubrimiento

 Indiferencia y Apatía.

Debe de tener un hondo sentido de Justicia. La Justicia social entraña un concepto y una situación que consiste en una síntesis armónica y de respetabilidad reciproca entre los intereses particulares del individuo. La libertad del hombre es uno de los valores sin los cuales el ser humano se convierte en un ente servil y abyecto, pero que no hay que olvidar que el hombre que vive en sociedad, que esta permanentemente en contacto con los demás miembros de la colectividad a que pertenece que es parte integrante de grupos sociales de diferente índole y que se encuentra en relaciones continuas con ellos.

La cultura Jurídica entraña un Ciencia y un Arte.

EL DERECHO COMO CIENCIA

En la ciencia, como la acción del saber, implica conocimiento general y abstracto de las cosas in general. El conocimiento de la Ley Positiva solo es un aspecto de la ciencia jurídica. Esta comprende la historia de las instituciones del Derecho, es decir, su gestación fáctica e ideológica a través de la vida de los pueblos y de la humanidad.

El Derecho se vincula estrechamente con:

Historia Economía

Filosofía Política

Sociología Otras disciplinas humanísticas

La Ciencia del Derecho en general es el conjunto de conocimientos científicos sobre los posibles aspectos de lo jurídico a saber; el humano traducido en sus aspectos de derecho positivo legal, consuetudinario o doctrinarios el derecho deontológico-natural o racional y el divino.

EL DERECHO COMO ARTE

El Arte Jurídico importa un quehacer, un actuar para tratar de conseguir estos dos primordiales objetivos: la bondad y la justicia. Estos elementos son esenciales en su dimensión de vivencias y sentimientos que alimentan constantemente el sentido de la Fe en el Derecho. La lucha del Derecho no seria posible sin la Fe. Es ella la que propicia la excelencia del Jurista. El Derecho es un Arte Dinámico, no Estático.

EL DERECHO COMO MORAL

Son los principios éticos del Derecho que imponen deberes a su artificio. No dañar a otro, es también postulado moral del Derecho. El otro es un bien común. Lo que la prohibición ordena es que la ley no damnifique a nadie en detrimento de la justicia o que el poder publico del Estado o los particulares no lesionen a sujeto alguno contra el orden jurídico. Dar a cada quien lo que merece que puede resumirse en tratar igual a los iguales y desigual a los desiguales.

EL JURISCONSULTO

La sabiduría del Derecho se adquiere con el constante estudio y con la constante experiencia en el cultivo de esta disciplina, lo cual es evidente. Sin estudiar ni practicar el juarista paulatinamente deja de serlo, para solo conservar los grados académicos. Las buenas leyes en general, son obra de los jurisconsultos, que son sus artificios. En cambio las malas leyes, contradictorias, vagas y confusas, provienen de criterios excesivamente especializados que, aunque conozcan el árbol, su estrecho campo epistemológico reimpide ver el bosque.

El jurisconsulto debe ser un critico de la legislación. Esta labor es inherente a sus funciones. Quien no tenga una arraigada vocación jurídica motor incansable de a actuación del jurisconsulto, quien sea victima del pesimismo y de la indeferencia o quien carezca de arrojo y decisión para enfrentar los problemas con los que cotidianamente tropieza esa actuación, no puede

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