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Factores Sociales Y Decisiones Judiciales


Enviado por   •  21 de Octubre de 2014  •  2.373 Palabras (10 Páginas)  •  248 Visitas

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FACTORES SOCIALES Y DECISIONES JUDICIALES

“Decisiones judiciales como telón de un escenario, de influencias y filtros sociales, ó como el pilar de una nueva perspectiva humanista del campo jurídico”.

En la cultura jurídica Colombiana, es común suponer que los jueces son objetivos, neutrales, y racionales al momento de cualquier decisión judicial, gracias a trasplantes teóricos realizados por los juristas locales, de teorías Europeas como: la exegesis Francesa, y el conceptualismo Alemán, consolidando un “Clasicismo”, ó “Formalismo”[1], argumentando de esta manera que los funcionarios públicos, basan sus decisiones en la lectura exegética[2], es decir que son meramente descriptivos, y no hacen ningún tipo de interpretación, ó valoración, de las normas pertenecientes al ordenamiento jurídico.

Los jueces no cuentan con una discrecionalidad judicial[3], pues como ya lo mencione en el párrafo anterior, estos únicamente deben limitar sus facultades, a cumplir con las disposiciones contenidas en las normas jurídicas, defendiendo de esta manera la tesis del Estado liberal, cuando argumenta, que la rama judicial goza de racionalidad, y que el ordenamiento jurídico es completo; Después de describir el principal trasplante teórico en el que se vio inmerso Colombia, y toda Latinoamérica, continuare explicando como esta oleada formalista, no fue acogida en totalidad, pues no respondía a las necesidades locales, debido a su perspectiva ilusoria, de que las normas por si solas, sin ningún tipo de interpretación, regularían las conductas sociales.

Partiendo de la nueva necesidad, generada por los juristas locales, debido al fracaso prácticamente inminente de los trasplantes realizados, se llega a la conclusión, de que deben trasplantarse teorías capaces de adaptarse a un contexto determinado, en este caso se opta por un “Antiformalismo[4]”, una corriente critica de origen Europeo, la cual determina en sus textos, que los jueces son los encargados de crear Derecho, pues este no se encuentra contenido en códigos “muertos”, son los funcionarios públicos, pertenecientes a la rama judicial, los encargados de interpretar las normas del ordenamiento, completando y resolviendo sus vacios, lagunas y antinomias, a través de principios generales del derecho[5], equidad, jurisprudencia y doctrina, pues ya no se idealiza la ley como única fuente vinculante para la actividad judicial, pues también existen otros criterios.

La actividad judicial, consiste básicamente, en el dictamen constante de resoluciones por parte de los jueces, en materias ordinarias, y materias polémicas "Derechos Sociales”, estas sentencias, pueden ser para conceder prestaciones en sentido estricto, ó que impliquen un pago de lo debido; dejando de lado el sentido material de las decisiones judiciales, entrare a determinar la influencia, de los factores sociales en este “activismo”, pues a pesar de que existen principios generales, doctrina y jurisprudencia, es inevitable que los jueces al momento de dictar fallo, no plasmen ideologías, prejuicios, ó intereses “Factores sociales”, debido a que estos han ayudado a la consolidación de una personalidad jurídica, que se encuentra intrínseca en los funcionarios.

La personalidad jurídica, constituida a partir de la influencia de ideologías, ya sean de carácter político, religioso, económico, entre otras, de contextos culturales, y aspectos personales, como la consolidación de una profesión, la conformación de una familia, y el estrato social, incide de manera constante en la resolución de un caso concreto, que afectara el devenir social. La sociedad no puede suponer, que existe una neutralidad y racionalidad en los jueces, pues ninguna doctrina jurídica, puede resolver las tensiones valorativas al interior de estos, es decir que al momento de dictar sentencia, siempre buscaran mantener, y conservar las posturas, que han afianzado en el transcurso de sus vidas, más conocidas como su “Status Quo”[6].

Después de una breve contextualización, de cuales han sido las teorías predominantes en Colombia, tras los trasplantes efectuados por los juristas locales, motivados por las necesidades de regulación social, explicare a partir de la corriente critica “Law and Society”, conformada principalmente por sociólogos, pero caracterizada también por sustentar sus teorías en estudios interdisciplinarios, como se ha determinado que no existe una realidad objetiva, externa a los sujetos, la cual no es susceptible de ser “conocida, evaluada, medida, y descrita tal como sucede con los hechos naturales” (Villegas, 2001 p.8).

El juez no puede separar la interpretación, en la cual cabe la valoración, de la creación del Derecho, pues esta disciplina no se limita únicamente, a regular conductas sociales a través de códigos, que han sido determinados para materias especificas, esta es una disciplina completa, donde los contextos son importantes para la elección y aplicación de una norma. No existe una realidad independiente de los sujetos, donde las normas pertenecientes al ordenamiento, no estén bajo una latente interpretación, pues es ilusorio pensar que en las reglas de una determinada sociedad, no influyen valoraciones y mediciones. Un ejemplo de esto, es el momento en que un juez, recibe en su tribunal un caso concreto entre particulares, debido a un conflicto de carácter legal que se presento entre ellos, y que debe ser resulto por la autoridad competente, es allí donde el funcionario publico, encargado de actuar bajo un marco de funciones, busca resolver este conflicto, asegurándose de conservar el principio de equidad, logrando determinar a través de un análisis de los hechos, cuales son a su parecer las normas, que lograran especificar el camino de esta tensión, resolviendo de una manera “justa” entre las partes.

La palabra justicia, es vaga, ambigua y emotiva, no se tiene un significado específico en el campo jurídico para esta expresión gramatical, a pesar de que a nivel general, es descrita por la [7]Real Academia Española “Una de las cuatro virtudes cardinales, que inclina a dar a cada uno lo que le corresponde o pertenece”. Esta expresión es utilizada de manera constante por los jueces, al momento de dictar sentencia, y terminar con un proceso, con frases como: “Era lo mas justo para el caso”, “No podía haber tomado una decisión mas justa”, “De no tomar estas medidas, no seria justo para una de las partes”, entre otras; la expresión justicia, traslapa las intenciones, prejuicios y vivencias de los jueces, pues al momento de analizar los hechos, y presentar sus consideraciones, exteriorizan las finalidades que buscan con la resolución del conflicto,

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