Legislacion Comercial
Enviado por leon7oscar • 28 de Junio de 2014 • 1.927 Palabras (8 Páginas) • 1.572 Visitas
TITULOS VALORES
Problema:
El día 13 de Mayo del presente año, usted va de paseo, por la carretera se presenta una colisión de vehículos, conducidos por el conductor del vehículo, al que llamaremos No.1, Sr. Florindo Flórez, quien sufrió maltrato en su mano derecha, además de varios daños materiales en su automotor, causados por el vehículo No. 2, de propiedad de Pepito Pérez, quien asume la responsabilidad por todos los daños causados y está muy nervioso.
Los daños se estiman en $10.000.000. Como Pepito no tiene efectivo, pero demuestra que puede responder, le solicitan a usted, que está observando los hechos, les diligencie una letra de cambio en su totalidad por dicho valor, más los intereses de plazo y los de mora, en donde también se deje escrito lo relacionado con la figura del protesto.
El pago total del valor acordado es el 15 de Septiembre del mismo año, dadas las circunstancias, no portan letras de cambio impresas, por lo que usted deber hacerla en una hoja en blanco, en forma clara, reflejando los datos suministrados de forma completa. A partir del material propuesto se deberá desarrollar un cuadro comparativo que recoja los aspectos más relevantes en torno a las características de la investigación cuantitativa y la investigación cualitativa.
ASPECTOS RELEVANTES
CUANTITATIVOS CUALITATIVOS
1. Daños totales $10.000.000. Fecha de pago.
2. Intereses de Mora
3. Daños al automotor.
4. Daños mano derecha.
a) ¿Qué es un título valor y cuáles los requisitos generales?
R.T.A:
Documento representativos y especiales que representan derechos y propiedades sobre un bien o dinero, da fluidez al movimiento de patrimonio la actividad económica y del comercio en general, este tipo de documento tiene requisitos esenciales como:
• La legitimación
• La incorporación
• La autonomía
• La circulación
• La indivisibilidad
• La legalidad
• La necesidad
En Colombia los requisitos generales para que se expida un título valor son:
• La medición del derecho que en el titulo se incorpora.
• La firma de quien lo crea
b) ¿Cuántas partes intervienen en la letra de cambio; cómo se denominan las partes y a qué se obligan?
R.T.A:
En una letra de cambio intervienen 2 partes las cuales se denominan:
Girador, da la orden de pago y elabora el documento, el Girado, el cual acepta la orden de pago firmando el documento lo que lo compromete a pagar.
c) ¿Qué son los intereses, quién los fija a nivel nacional; cuántas clases hay, cómo se cobran?
R.T.A
Los intereses es el monto ganado por realizar un préstamo, en el caso de la letra de cambio depende del monto pero según la ley no puede superar la tasa de usura, esta tasa es fijada por el mercado financiero pero quien certifica esta tasa es la superintendencia financiera.
Existen 4 tipos de interés y son:
El interés simple, es el que se obtiene cuando los intereses que se producen lo hacen a partir del capital inicial.
El interés compuesto, es el que se obtiene cuando los intereses producidos se suman periódicamente al capital inicial, por lo que reproducen su ganancia.
El interés nominal, es el porcentaje acordado entre el acreedor y el tomador de un préstamo, que deberá agregar al capital el segundo.
El interés real, es el que resta del nominal la tasa de inflación, por lo que mide el poder adquisitivo de los ingresos con respecto a los intereses. En tanto el interés nominal será siempre positivo, el interés real puede ser un interés negativo, lo que le trae al inversor una rentabilidad negativa, cosa que puede derivar en consecuencias negativas para la economía.
Estos intereses se cobran dependiendo de lo que se haya pactado en las cláusulas del título valor.
d) ¿Para qué sirven las fechas en el título valor?
R.TA:
Las fechas de un título valor nos permite estipular los tiempos en que se va a generar la deuda, cuando se va a cancelar el préstamo, que cantidad de intereses se van a generar, adicional es requisito indispensable para que el titulo valor sea válido.
e) ¿Qué es el protesto en la letra de cambio y en el cheque y cómo se realiza?
R.T.A
Para que en la letra de cambio se haga uso del protesto es necesario que el creador de la letra o cualquiera de los tenedores inserte en se contenido la palabra protesto, de los contrario no es necesario hacer el protesto en la letra. El protesto es una diligencia notarial que se hace con el fin de hacer constar que no se ha querido aceptar o pagar una letra de cambio por parte del obligado principal, todo esto para que se pueda iniciar acción en contra de los obligados secundarios.
Si el protesto no se hace con intervención del notario produce caducidad de las acciones de regreso, es decir, las acciones que se tienen en contra de los obligados secundarios, por ejemplo: la obligación del avalista. ¿En qué lugar se debe hacer el protesto?, el protesto se debe hacer en el mismo lugar que se debe presentar la letra para su aceptación o para su pago.
El protesto se puede hacer por dos razones, primero por la no aceptación de la letra de cambio, en este caso se debe hacer antes del vencimiento de la letra; y segundo por falta de pago, el cual se debe hacer dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento.
El protesto en los cheques hace referencia a la anotación que el librado o la cámara de compensación ponga en el título, de haber sido presentado éste en tiempo y no pagado total o parcialmente, surte los efectos del protesto.
Forma en que los bancos deben proceder cuando el tenedor de un cheque lo presenta para su protesto.
(…) damos respuesta a sus inquietudes relativas al protesto de cheques, especialmente en lo tocante al propósito que persigue esta gestión y cuáles son sus efectos.
De modo específico y respecto de los cheques el artículo 727 del C.C establece que la anotación que el librado o la cámara de compensación ponga en el título, de haber sido
...