NORMA INEN 2349
Enviado por carloshuugo • 15 de Febrero de 2015 • 5.616 Palabras (23 Páginas) • 1.045 Visitas
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NTE INEN 2349 (2003) (Spanish): Revisión técnica vehicular. Procedimientos
INSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACIÓN
Quito - Ecuador
NORMA TÉCNICA ECUATORIANA NTE INEN 2 349:2003
REVISIÓN TÉCNICA VEHICULAR. PROCEDIMIENTOS.
Primera Edición
ROAD VEHICLES TECHNICAL INSPECTION . PROCEDURES. First Edition
DESCRIPTORES: Vehículos automotores, ensayos, inspección. MC 08.09-301
CDU: 629.119;725.382
CIIU: 7191
ICS: 43.020
CDU: 629.119 ;725.382 CIIU: 7191
ICS: 43.020 MC 08.09-301
3.1.10 VIN: Acrónimo inglés derivado de “Vehicle Identification Number”, es decir, Número de Identificación Vehicular. Corresponde al número único asignado por el fabricante del automotor, como identificación del vehículo. Se aplica únicamente a los modelos más recientes y reemplaza al número de chasis.
4. DISPOSICIONES GENERALES
4.1 Las Organizaciones Operadoras de los Centros de Revisión y Control Vehicular, cuando sea aplicable, deben obtener una certificación de cumplimiento de especificaciones técnicas de sus equipos en base a las Recomendaciones Internacionales de la Organización Internacional de Metrología Legal, OIML, expedida por la casa fabricante o propietaria del diseño o por un organismo acreditado en el país de origen para dicho efecto.
Los procedimientos de evaluación base para certificar los equipos de medición a ser utilizados y los requerimientos técnicos a cumplir por los equipos se establecen en las siguientes Recomendaciones Internacionales OIML: R 23, R 55, y R 88.
4.2 Las Organizaciones Operadoras debe solicitar al fabricante de los equipos y presentar ante la autoridad competente el certificado de su exactitud y de su incertidumbre; certificación que debe estar avalada o emitida por un organismo acreditado.
4.3 La autoridad competente podrá, en cualquier momento, verificar la legalidad de las certificaciones presentadas por las organizaciones operadoras, sobre el cumplimiento de lo establecido en esta norma, así como el adecuado funcionamiento de los equipos.
4.4 Con excepción de la inspección visual del vehículo y la detección de holguras, todas las pruebas de revisión deben ser automáticas, computarizadas e íntegramente realizadas por equipo mecatrónico. Los resultados deben ser instantáneamente procesados por una central computarizada, en función de las mediciones efectuadas por cada uno de los equipos de la línea. El centro deberá disponer de los adecuados niveles de seguridad, que impidan la alteración o manipulación de los resultados de una o de varias revisiones.
4.5 Los resultados de la inspección visual y de holguras, así como la identificación del vehículo serán documentados electrónicamente a través de terminales de computadora convenientemente dispuestos en la línea de revisión.
4.6 Los resultados totales de la revisión no deben ser conocidos por el propietario del vehículo ni tampoco por ninguno de los miembros del personal de los centros hasta finalizada la revisión integral del automotor.
4.7 La identificación del vehículo y el control legal del mismo deben ser realizados exclusivamente por un representante de la autoridad de tránsito competente o su delegado.
4.8 Los certificados de revisión vehicular y todos los resultados, incluidos los de las inspecciones visuales, deben ser automáticamente impresos en un formulario diseñado y provisto a los Centros por la autoridad competente. Cualquier rasgo caligráfico, tachón, borrón o alteración presente en el certificado de revisión lo invalidará.
5. MÉTODO DE ENSAYO
5.1 Equipamiento.
5.1.1 Con excepción del equipo descrito en el numeral 5.1.1.13, todas las líneas de inspección de los
Centros de Revisión y Control Vehicular deben contar al menos con el siguiente equipamiento:
5.1.1.1 Banco de pruebas para deriva dinámica (Side Slip Tester), con las siguientes características:
PARAMETRO REQUERIMIENTO
Tipo Automática, de placa metálica deslizante y empotrada a ras del piso
Rango mínimo de medición De -15 a +15 m. km -1
Velocidad aproximada de paso 4 km.h -1
Capacidad mínima portante 1 500 kg para vehículos livianos
8 000 kg para vehículos pesados
Valor de una división de escala (resolución) 1 m.km -1
5.1.1.2 Banco de pruebas para suspensiones, que debe medir automáticamente al menos la eficiencia de las suspensiones delantera y posterior en porcentaje y la amplitud máxima de oscilación en resonancia de cada una de las ruedas, en milímetros, con las siguientes características (exceptuando las líneas para vehículos pesados):
PARAMETRO REQUERIMIENTO
Tipo De doble placa oscilante y empotrada a ras del piso, de amplitud y frecuencia de oscilación variables automáticas
Ancho de vía del vehículo 850 mm mínimo interno
2 000 mm máximo externo
Capacidad portante mínima 1 500 kg por eje
Valor de una división de escala (resolución) 1% en la eficiencia; 1 mm en la amplitud
5.1.1.3 Banco de pruebas para frenos, que permita medir automáticamente
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