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Organizacion Economica Del Estado


Enviado por   •  27 de Junio de 2014  •  2.374 Palabras (10 Páginas)  •  564 Visitas

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INTRODUCCIÓN

EN MI TRABAJO LES VOY A HABLAR CON TODO LO RELACIONADO CON LA ORGANIZACIÓN ECONOMICA DEL ESTADO DE MEXICANO.

LA ORGANIZACIÓN ECONOMICA ACTUAL DEL ESTADO MEXICANO ES EL RESULTADO DE LA EVOLUCION HISTORICA QUE CULMINA EN LA DECADA DE LOS OCHENTAS ESPECIFICAMENTE EN 1983AÑO EN QUE SE REFORMA LA CARTA MAGNA INTRODUCIENDO UN MARCO REGULATORIOECONOMICO, EXPRESO BASADO EN TRES PARADIGMAS ESENCIALES.

EL DERECHO ECONOMICO COMO UN DERECHO DE SINTESIS Y POR SU CARÁCTER INSTRUMENTAL ENCUENTRA SU MATRIZ CONCEPTUAL EN LA CARTA FUNDAMENTAL.

EN NUESTRO ORDEN INTERNO INTERNACIONAL TRES PRINCIPIOS INSPIRAN LA NORMATIVA ECONOMICA: LA RECTORIA ECONOMICADEL ESTADO (ARTÍCULOS 25-27)

LA ECONOMIA MIXTA: (ARTÍCULOS 5, 11, 16, 25, 28)

Y LA PLANEACION DEMOCRATICA (ARTÍCULO 26).

ORGANIZACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO

Entendemos por organización; una asociación distribuida para un fin determinado, la organización económica del estado mexicano es regida por la ley orgánica de la administración pública federal; que de acuerdo con dicha ley esta organización se divide en 7 secretarias de estado.

1. Secretaría de Agricultura y recursos Hidráulicos: encargada de todo lo relacionado con la producción silvícola, agrícola, ganadera, apícola y forestal.

2. Secretaría de Comercio y Fomento Industrial: encargada del comercio exterior y la industria nacional.

3. Secretaría de Desarrollo Social: encargada de velar por un mejor desarrollo de la población, donde busca una mejor calidad de vida.

4. Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal: encargada de conservar o administrar los bienes de propiedad originaria, los recursos naturales no renovables, los de dominio público y uso común.

5. Secretaría de Hacienda y Crédito Público: encargada de coordinar y proyectar la planeación nacional del desarrollo, realizar el cobro de impuestos, calcular ingresos de organismos públicos, utilizar el crédito razonablemente etc.

6. Secretaría de Pesca: encargada de la política pesquera, conservar y fomentar el desarrollo de la flora y fauna marina, fluvial y lacustre, entre otros.

7. Secretaría de Turismo: se encarga de programar el desarrollo turístico, coordinarlo con los estados y municipios que conforman las entidades federativas del país, así como autorizar precios en zonas turísticas.

CONSTITUCIONALIZACIÓN DEL DERECHO ECONÓMICO EN MÉXICO

La Constitucionalización se refiere al fundamento jurídico que nuestra carta magna designa a las normas jurídicas que fundamentan el derecho.

El derecho económico se basa en la constitución política de los estados unidos mexicanos, que data de 1917.

La cual fundamenta la Ley orgánica de la administración pública federal, que es aquella que da el respaldo al derecho económico.

Por mencionar algunos artículos constitucionales que fundamentan el derecho económico son:

ARTÍCULO 3 CONSTITUCIONAL

La educación será nacional, tomando en cuenta el aprovechamiento de los recursos naturales, asegurando la independencia económica. la democracia es un sistema de vista fundado en constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo.

• Este punto es importante ya que la organización del estado debe ser democrática, es decir que inclina a todos los sectores sociales.

Sin democracia económica no puede existir democracia educativa y política.

ARTÍCULO 5 CONSTITUCIONAL

Libertad de empleo, toda persona tiene derecho a desempeñar el empleo que más le agrade o sea apto para tal, siempre y cuando sea lícito. limitando sus ganancias sólo en el caso que así lo marque una resolución judicial.

Es importante, ya que el derecho económico regula las relaciones entre el comerciante y el estado o bien entre los comerciantes; para lo cual es necesario que la población esté integrada de entes económicos mentes activos, y para obtener estos resultados, es necesario que las personas tengan una actividad laboral, en las cuales sean hábiles, de su agrado y lícita, con una remuneración, que es la que va a dar inicio al círculo del consumo de bienes y servicios.

ARTÍCULO 11 CONSTITUCIONAL

TODO HOMBRE TIENE DERECHO PARA ENTRAR EN LA REPUBLICA, SALIR DE ELLA, VIAJAR POR SU TERRITORIO Y MUDAR DE RESIDENCIA, SIN NECESIDAD DE CARTA DE SEGURIDAD, PASAPORTE, SALVOCONDUCTO U OTROS REQUISITOS SEMEJANTES. EL EJERCICIO DE ESTE DERECHO ESTARA SUBORDINADO A LAS FACULTADES DE LA AUTORIDAD JUDICIAL, EN LOS CASOS DE RESPONSABILIDAD CRIMINAL O CIVIL, Y A LAS DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA, POR LO QUE TOCA A LAS LIMITACIONES QUE IMPONGAN LAS LEYES SOBRE EMIGRACION, INMIGRACION Y SALUBRIDAD GENERAL DE LA REPUBLICA, O SOBRE EXTRANJEROS PERNICIOSOS RESIDENTES EN EL PAIS.

ARTÍCULO 25 CONSTITUCIONAL

Este artículo nos plantea el desarrollo social y económico de la nación para garantizar que este sea integral y se fortalezca en su régimen democrático, mediante el fomento del crecimiento económico y del empleo y una más justa distribución del y la riqueza.

ARTÍCULO 26 CONSTITUCIONAL

Se establece que la rectoría estatal debe ejercerse a través de la técnica de planeación, concebida como un ejercicio democrático y participativo que contempla las vertientes obligatorias para la administración pública federal, en esquema de coordinación para armonizar soberanías estatales con los objetivos federales y finalmente lineamientos de concertación para inducir a los sectores social y privados hacia metas de desarrollo nacional integradas.

Es decir, economía mixta, rectoría estatal y planeación democrática, son los pilares en torno a los cuales se desarrolla una amplia proliferación de legislación económica que da sustancia al derecho económico mexicano.

ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL

El artículo 27 constitucional nos señala que son propiedad originaria de la nación las tierras y aguas que se encuentren en el territorio nacional, quien se encuentra facultada para transmitir el dominio de estas a los particulares constituyendo de esta manera la propiedad privada.

El estado cuenta además con entre sus atribuciones con la facultad expropiadora la que solo puede ejercitarse por causa de utilidad pública mediante su respecta indemnización.

ARTÍCULO 28 CONSTITUCIONAL

Quedan prohibidos los monopolios las prácticas monopólicas los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes.

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